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02/10/2025

COMISIÓN CONTRA LA VIOLENCIA AL DEPORTE DE LAS ILLES BALEARS

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

Órgano de asesoramiento y consulta para prevenir cualquier tipo de acción o manifestación de violencia, racismo, xenofobia o intolerancia, o que pueda generarla, como consecuencia de actividades o competiciones deportivas en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

 

Funciones

  1. Elaborar informes y estudios sobre las causas y efectos de la violencia, el racismo y la xenofobia en el deporte.
  2. Recoger, analizar y publicar anualmente los datos sobre violencia, racismo y xenofobia en las competiciones deportivas celebradas en las Illes Balears, una vez disociados los datos de carácter personal que se relacionen.
  3. Promover acciones de prevención de la violencia en el deporte y divulgarlas mediante campañas de publicidad y colaboración ciudadana.
  4. Proporcionar a las federaciones, clubes y otras entidades deportivas de las Illes Balears, así como a los organizadores de competiciones deportivas, los datos y recomendaciones que puedan facilitar la prevención de la violencia en el deporte.
  5. Instar a los ayuntamientos y federaciones deportivas de las Illes Balears a adoptar códigos éticos que promuevan los valores en el deporte, a publicarlos en sus páginas web y a hacerlos firmar a los deportistas, entrenadores, técnicos y, en general, a las personas que intervienen en las actividades y competiciones que organizan.
  6. Informar de los proyectos normativos que regulen materias que estén directamente relacionadas con el ámbito de sus funciones.
  7. Proponer a las autoridades competentes, a las federaciones deportivas de las Illes Balears y al Tribunal del Deporte de las Illes Balears la incoación de expedientes disciplinarios y sancionadores en materia de violencia deportiva.
  8. Arbitrar las medidas que tiendan a impedir la entrada a los espectáculos y competiciones deportivas de personas que puedan provocar situaciones de violencia de tipo individual o colectivo en cualquiera de sus formas, tales como presentar síntomas aparentes de encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas o de cualquier tipo de drogas o sustancias similares, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears, y lo establecido en la normativa vigente en materia de seguridad ciudadana y orden público.
  9. Promover la cooperación y colaboración con el Estado, las comunidades autónomas y resto de organismos y administraciones públicas en relación con las medidas y actuaciones encaminadas a la prevención de comportamientos violentos en la práctica del deporte. 
  10. Impulsar protocolos de actuación para prevenir e intervenir en casos relacionados con la violencia en el deporte. 
  11. Cualesquiera otras funciones que le sean atribuidas.

 Composició

  1. Presidencia: la persona titular de la consejería competente en materia de deportes.
  2. Vicepresidencia: la persona titular de la dirección general competente en materia de deportes.
  3. Secretaría: una persona vocal designada por la presidencia de la Comisión.
  4. Vocalías: 

    La persona titular de la gerencia de la Fundación para el Deporte Balear.

    Una persona representante de la dirección general competente en materia de deportes.

    Una persona representante a propuesta de cada uno de los consejos insulares.

    Una persona miembro a propuesta de la Federación de Entidades Locales de las Illes Balears.

    Una persona representante del Tribunal del Deporte de las Illes Balears, a propuesta de la persona que ocupa la presidencia del Tribunal.

    Una persona representante de la Federación de Fútbol de las Illes Balears, a propuesta de la Federación.

    Una persona representante de la Federación de Básquet de las Illes Balears, a propuesta de la Federación.

    Una persona representante de deportes individuales, a propuesta de la Asamblea Balear del Deporte.

    Una persona representante de deportes de equipo, a propuesta de la Asamblea Balear del Deporte.

    Una persona representante de la dirección general competente en emergencias, a propuesta de la persona titular de la dirección general.

    Una persona representante de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a propuesta de la Delegación del Gobierno.

Creación y funcionamiento

Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears (solo disponible en versión catalana)

Decreto 12/2019, de 28 de febrero, por el que se regula la Comisión contra la Violencia en el Deporte de las Illes Balears (solo disponible en versión catalana)