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19/05/2022

COMISIÓN DE COGESTIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN PARA LA PESCA PROFESIONAL ARTESANAL EN LAS AGUAS INTERIORES DE ISLAS PITIUSAS

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural

El objeto es incrementar la colaboración y el flujo de información entre la Administración, el sector pesquero implicado en esta pesquería, el sector científico y las ONG de conservación de la naturaleza.

 

Funciones

  1. Funciones consultivas.

 Composició

  1. Presidencia: una persona representante de los pescadores de artes menores de las Pitiusas.
  2. Secretaría: una persona de las dos personas representantes de la dirección general competente en materia de pesca.
  3. Vocalías:

    Dos personas representantes de la dirección general competente en materia de pesca.

    Una persona representante de la Cofradía de Pescadores de Ibiza.

    Una persona representante de la Cofradía de Pescadores de Sant Antoni de Portmany.

    Una persona representante de la Cofradía de Pescadores de Formentera.

    Una persona representante de la Federación Balear de Cofradías de Pescadores.

    Una persona representante del Consejo Insular de Ibiza.

    Una persona representante del Consejo Insular de Formentera.

    Una persona representante de la dirección general competente en espacios naturales.

    Una persona representante del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

    Una persona representante del Grupo de Acción Local de Pesca.

    Una persona experta con conocimiento del sector pesquero y los recursos pesqueros locales, nombrada por la persona titular de la dirección general competente en materia de pesca.

    Una persona representante de las entidades conservacionistas de carácter estatal.

    Una persona representante de la entidad del sector pesquero artesanal LIFE.

Creación y funcionamiento

Decreto 15/2022, de 16 de mayo, por el que se establece un Plan de Gestión para la Pesca Profesional Artesanal en las Aguas Interiores de las islas Pitiusas y se modifica el Decreto 38/2018, de 16 de noviembre, por el cual se establece la Reserva Marina de la Punta de Sa Creu y se regulan las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas (solo disponible en versión catalana)