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18/01/2008

ASAMBLEA DEL DEPORTE Y La ACTIVIDAD FÍSICA DE LAS ILLES BALEARS

Consellería de Turismo, Cultura y Deportes

Órgano de participación global de las instituciones, el sector deportivo y la ciudadanía, en la configuración y desarrollo de la política de la actividad física y el deporte, que asesora en materia deportiva al Gobierno de las Illes Balears.

 

Funciones

Pleno

  1. Debatir y estudiar cuestiones relacionadas con el deporte.
  2. Asesorar sobre cualquier cuestión que en materia deportiva le plantee la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  3. Elaborar informes o estudios sobre cuestions deportivas a solicitud dela Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o a iniciativa propia.
  4. Trasladar sugerencias y propuestas de actuación a la Administración deportiva de las Illes Balears.
  5. Informar sobre las disposiciones normativas que regulen materias relativas al deporte, cuando así se le solicite.
  6. Emitir un informe sobre la constitución de las agrupaciones y federaciones deportivas de las Illes Balears, cuando así se le solicite.
  7. Emitir un informe para la calificación de una actividad como modalidad deportiva, cuando así se le solicite.
  8. Aprobar una memoria anual que recoja la actividad desarrollada por la Asamblea, la situación deportiva de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las oportunas recomendaciones.
  9. Proponer la creación de nuevos premios deportivos, que otorgará al Gobierno de las Illes Balears, así como las bases de las convocatorias y los candidatos.
  10. Designar a los tres miembros del Tribunal Balear del Deporte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 186 b) de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Illes Balears. 
  11. Ejercer las funciones que en virtud de otras disposiciones se le atribuyan.

Junta directiva

  1. Elaborar los informes y los estudios que se tienen que someter, para aprobarlos, al Pleno de la Asamblea.
  2. Elaborar la memoria anual de la actividad de la Asamblea, que tiene que someterse a la aprobación del Pleno de la Asamblea.
  3. Ejecutar los acuerdos del Pleno de la Asamblea.
  4. Emitir informes previos o recomendaciones en relación con cualquier cuestión que sea competencia del Pleno de la Asamblea.

 

 Composición

Pleno

  1. Presidencia: la persona titular de la consejería competente en materia de deportes del Gobierno de las Illes Balears.
  2. Vicepresidencia: la persona titular de la dirección general competente en materia deportiva.
  3. Secretaría: una persona miembro de la Asamblea, designada por la presidencia de la Asamblea.
  4. Vocalías:

    Una persona representante a propuesta de cada uno de los consejos insulares.

    Las personas que se encargan de la presidencia de las federaciones deportivas inscritas en el Registro de entidades deportivas de las Illes Balears.

    Una persona miembro a propuesta de la Federación de Entidades Locales de las Illes Balears.

    Una persona miembro a propuesta de la Asociación de Municipios de las Illes Balears.

    Una persona representante de la Asociación de Empresarios de Instalaciones Deportivas de Mallorca (AEIEM-PIMEM).

    Las personas miembros de la Junta Directiva de la Asamblea.

    Una persona representante por cada isla de los deportistas federados en las Illes Balears, que será designada por el presidente de la Asamblea de entre las tres que propongan los consejos insulares.

    Una persona representante de un club deportivo de cada isla, que será designada por el presidente de la Asamblea de entre las tres que propongan los consejos insulares.

    Una persona representante del Tribunal Balear del Deporte.

    Una persona representante de cada una de las consejerías competentes en materia de turismo, de educación, de cultura y de interior.

    La persona que se encarga de la presidencia de la Comisión contra la Violencia en el Deporte de las Illes Balears.

    La persona que se encarga de la presidencia de la Comisión Antidopaje del Deporte de las Illes Balears.

    La persona que se encarga de la presidencia de la Comisión de Medicina Deportiva y de Investigación Científica de las Illes Balears.

    Una persona representante del Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte de las Illes Balears. 

Junta Directiva

  1. Presidencia: la persona que ocupa la presidencia de la Asamblea.
  2. Vicepresidencia: la persona que ocupa la vicepresidencia de la Asamblea.
  3. Secretaría: la persona que ocupa la secretaríade la Asamblea.
  4. Vocalías: nueve personas vocales, designadas por el presidente de entre las administraciones y sectores vinculados al mundo del deporte.

Comisiones sectoriales

El presidente de la Asamblea podrá constituir las comisiones sectoriales que considere oportunas, determinando su composición y duración.

Creación y funcionamiento

Decreto 9/2008, de 18 de enero, por el que se regulan la Asamblea Balear del Deporte, la Comisión Antidopaje del Deporte de las Illes Balears y la Comisión de Medicina Deportiva y de Investigación Científica de las Illes Balears (solo disponible en versión catalana)

Enlaces de interés: