Cuerpo superior. Información complementaria de los criterios de valoración para el tercer ejercicio

En relación al comunicado sobre los criterios de valoración del tercer ejercicio del cuerpo superior, publicado el día 8 de octubre de 2020 en el Portal del opositor de la CAIB, el Tribunal estima oportuno completarlo con el siguiente acuerdo:

"Los aspectos establecidos en las bases que se deben tener en cuenta para valorar el ejercicio práctico consistentes en: capacidad de análisis y de raciocinio, sistemática y claridad de ideas, e interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, se valorarán de manera conjunta sin atribuir una puntuación específica a cada uno de ellos, dado que están íntimamente relacionados entre sí y no es posible separarlos en la valoración de un caso práctico."