Relación definitiva de personas aspirantes que han aprobado la fase de oposición de las pruebas selectivas del cuerpo auxiliar para el turno promoción interna y plazo de presentación de méritos

 

En fecha 4 de abril 2019, se hace pública la relación definitiva de personas aprobadas en la fase de oposición de las pruebas selectivas para acceder al cuerpo auxiliar, por el turno de promoción interna, de la Administración general CAIB. Según el punto 14 de las bases específicas, las relaciones de aspirantes que hayan superado el concurso oposición quedará determinada por la suma de la puntuación obtenida en el conjunto de los ejercicios obligatorios y eliminatorios de la fase de oposición y de la valoración de los méritos correspondientes a la fase de concurso. Los méritos que se valorarán en la fase de concurso del concurso oposición para el ingreso, por el turno de promoción interna, son los que se indican en el anexo 3 de la convocatoria. La acreditación de los méritos se hará en la forma establecida en la base 11.2.1 de las bases generales. Dentro del plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente que se publique esta lista (hasta el 14 de abril), los aspirantes que formen parte deberán acreditar ante el tribunal los méritos que se indiquen para la fase de concurso, mediante la presentación de documentos originales o fotocopias compulsadas en el registro general de la consejería competente en materia de función pública, de la EBAP o de acuerdo con cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Los méritos se acreditarán y se valorarán siempre con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (17/11/2017).En ningún caso se podrán valorar méritos que no hayan sido presentados de acuerdo con la forma establecida, durante este plazo. Por otra parte, la Administración puede emitir un certificado de los méritos que figuren en el servicio de registro de personal de los aspirantes que hayan prestado servicios en la Administración CAIB, el cual se incorporará en sus expedientes de valoración de los méritos de la fase de concurso, siempre que la persona interesada los haya alegado.