Comisión Interdepartamental de Inversiones Estratégicas

Es un órgano colegiado de gobernanza, creado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2021, que tiene por objeto la coordinación, el asesoramiento, el seguimiento y la información de los proyectos de inversiones estratégicas que lleve a cabo el Gobierno de las Islas Baleares y que actualmente se adscribe a la Consellería de Economía, Hacienda e innovación, a través de la Dirección General de Fondos Europeos (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de septiembre de 2023).


Las principales funciones de esta comisión son:

  • Proponer y debatir los términos y criterios en cuanto a la selección de propuestas de inversiones estratégicas.
  • Favorecer la coordinación y la difusión de la información para impulsar los proyectos y llevarlos a cabo.
  • Realizar el seguimiento del estado de ejecución de los proyectos e identificar los obstáculos y las incidencias que hayan podido surgir y promover la resolución.
  • Compartir la información resultante de la interlocución con otras administraciones públicas, instituciones y agentes económicos o sociales que deben intervenir en el proceso.
  • Cualquier otra función de interés interdepartamental para la consecución de su objeto.

La preside la directora general de Fondos Europeos y forman parte como vocales el director general de Presupuestos y Financiación, el interventor general, un abogado o abogada de la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma y un secretario o secretaria general de cada consellería.

Ejercerá la Secretaría de esta Comisión el funcionario o funcionaria del cuerpo superior de la consellería competente en materia de fondos europeos que designe la Presidencia de la Comisión. El secretario o secretaria no forma parte de la Comisión pero participa con voz y sin voto.

En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el presidente o la presidenta será sustituido por el director o directora general competente en materia de presupuestos y, si no está, por el secretario o secretaria general de la consellería competente en materia de fondos europeos.

Los vocales pueden ser suplidos, en caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, por un funcionario o funcionaria con rango mínimo de jefe de servicio que designe el titular de la vocalía correspondiente, con la comunicación previa al secretario o secretaria de la Comisión.

La presidenta, por iniciativa propia o a propuesta de cualquier de los miembros, puede convocar, en calidad de asistentes, con voz pero sin voto, al personal de la dirección general competente en materia de fondos europeos que considere; los directores de los proyectos para la gestión de los fondos, altos cargos o directivos bajo la responsabilidad de los cuales se desarrollen y que sean objeto de discusión a la sesión correspondiente; así como los expertos u otras personas que, por su rango orgánico o representativo, se considere necesario o conveniente que participen, de acuerdo con las materias que se tienen que tratar.