¿QUÉ HACEMOS?

  •  Determinar e identificar a las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista en las Illes Balears que fueron ejecutadas, que desaparecieron o se exiliaron, o que sufrieron represión, así como a sus familiares.

  •  Confeccionar el censo de víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista.

  • Elaborar un censo de personas desaparecidas para permitir su localización y, si procede, su identificación.

  • Elaborar mapas de las zonas del territorio de las Illes Balears donde se localicen o se presuma que se pueden encontrar restos de las víctimas y ponerlos a disposición de todas las personas interesadas.

  • Analizar las posibilidades técnicas de intervención en las fosas de la Guerra Civil y de la dictadura franquista y emitir un informe técnico que se hará público y se presentará a los familiares y representantes de las personas desaparecidas.

  • En caso de inviabilidad de intervención en una fosa, emprender las medidas necesarias para preservarla legalmente, señalizar su localización e identificar con una placa conmemorativa a las personas que presuntamente están enterradas allí.

  • Instar a los consejos insulares competentes a iniciar el expediente de declaración de las fosas como bienes de interés cultural o bienes catalogados según las circunstancias de cada fosa.

  • Impulsar secciones de la memoria democrática en los archivos gestionados por la Consejería de Cultura con el objetivo de recuperar, conservar y divulgar la memoria democrática de la II República, la Guerra Civil, la dictadura, la represión franquista, la resistencia y el exilio durante el periodo de 1931 a 1983.

  • Aprobar, con carácter anual, un programa para la adquisición, la copia, la digitalización o suscripción de convenios sobre los documentos referidos a la memoria democrática de las Illes Balears.

  • Denunciar ante Fiscalía la existencia de indicios de la comisión de posibles crímenes contra la humanidad de naturaleza imprescriptible, por el carácter masivo o sistemático que presente el hallazgo de los restos humanos con signos de violencia en las fosas de la Guerra Civil y de la dictadura franquista.

  • Crear el Catálogo de Espacios e Itinerarios de Memoria y Reconocimiento Democráticos de las Illes Balears con el objeto de inscribir los espacios, inmuebles o parajes que reúnan las características establecidas en el artículo 10 de la Ley 2/2018.

  • Establecer la identidad gráfica de los Espacios e Itinerarios de Memoria y Reconocimiento Democráticos para su señalización y difusión oficial.

  • Promover medidas de reparación a las víctimas de la represión mediante la elaboración de estudios, publicaciones, jornadas, homenajes, así como la construcción de monumentos u otros elementos, en su recuerdo y reconocimiento.

  •  Facilitar a los familiares que lo soliciten la gestión y obtención del certificado de reparación y reconocimiento personal.

  •  Impulsar el 29 de octubre como fecha para el recuerdo del nacimiento del movimiento democrático preautonomista en las Illes Balears, actas de reconocimiento y homenaje con el objetivo de mantener su memoria y reivindicar los valores democráticos y la lucha por la libertad.

  •  Promover proyectos de investigación y divulgación para avanzar en el estudio y el conocimiento científico de la memoria democrática de las Illes Balears.

  •  Incluir contenidos y realizar actividades curriculares y extracurriculares sobre la memoria democrática en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la enseñanza de personas adultas.

  • Incoar procedimientos sancionadores por las acciones u omisiones tipificadas como infracciones por el título VI de la Ley 2/2018.

  • Impulsar la inscripción de defunción de las víctimas desaparecidas, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

  • Examinar la desaparición forzada de niños durante la Guerra Civil y la dictadura franquista, impulsar los procedimientos legales que permiten investigar y conocer toda la verdad sobre estos delitos calificados por la Comisión de Naciones Unidas en su informe sobre personas desaparecidas como de lesa humanidad, y dotar a las víctimas de cobertura jurídica, psicológica y asistencial.