QUÉ TENÉIS QUE TENER EN COMPTE ANTES DE MATRICULAROS A UN CURSO DE MONITOR/A O DE DIRECTOR/A DE TIEMPO LIBRE
1. Que el centro sea una escuela de educación de tiempo libre reconocida por la Dirección General de Deportes y Juventud o para|por el consejo insular correspondiente.
Podéis consultar la lista actualizada de escuelas que están reconocidas en este enlace (escuelas de educadores de tiempo libre reconocidas)
http://www.caib.es/sites/joventut/ca/normativa_i_documents_dinteres-44079/
Pensad que la formación en cualquier otro centro no reconocido, sea público o privado, NO TENDRÀ VALIDEZ para poder ejercer en las actividades de tiempo libre de las Islas Baleares ni de otras comunidades autónomas.
En caso de duda sobre algún curso o centro en concreto, poneos en contacto con el consejo insular de vuestro territorio.
2. Que la formación que os ofrezca la escuela se ajuste a la duración y a la programación oficial mínimas previstas para los cursos de monitor/a y de director/a.
El curso de monitor/a tiene la duración siguiente:
150 horas de formación teórica
160 horas de prácticas
Los contenidos del curso se tienen que ajustar a la programación oficial que encontraréis en este enlace
De su banda|lado, el curso de director/a tiene la duración siguiente:
200 horas de formación teórica
120 horas de prácticas
Los contenidos del curso se tienen que ajustar a la programación oficial que encontraréis en este enlace
3. Que las prácticas se ajusten a la normativa, tanto con respecto a las características como a su duración.
Una vez superada la parte teórica correspondiente, la normativa de juventud prevé dos modalidades de prácticas válidas por obtener los diplomas de monitor/a y de director/a:
Prácticas en actividades de tiempo libre puntuales, como campamentos, rutas o campos de trabajo o escuelas de verano, con la duración mínima que establezca la escuela. En todos los casos, además de los requisitos específicos para cada actividad, se tienen que haber realizado un mínimo de 160 horas (monitor/a) y de 120 horas (director/a). ESTAS ACTIVIDADES TIENEN QUE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS PARA QUEDAR SUJETOS EN EL DECRETO 23/2018, de 6 de julio, por|para el cual se despliega parcialmente la Ley 10/2006, de 20 de julio, integral de la juventud I ESTAR COMUNICADAS EN EL CONSEJO INSULAR RESPECTIVO. Cualquier práctica que se haga una actividad no declarada o no sujeto a la normativa no se considerará válida por obtener el diploma correspondiente.
Podéis consultar las actividades declaradas al enlace
Prácticas en la actividad continuada en un casal, club de recreo|centro de recreo, asociación o movimiento de tiempo libre, durante un mínimo de 160 horas (monitor/a) o de 120 horas (director/a). ESTAS ACTIVIDADES TIENEN QUE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS PARA QUEDAR SUJETOS EN EL DECRETO 23/2018, de 6 de julio, por|para el cual se despliega parcialmente la Ley 10/2006, de 20 de julio, integral de la juventud I ESTAR COMUNICADAS EN EL CONSEJO INSULAR RESPECTIVO.
En ningún caso son válidas las prácticas en comedores escolares, actividades extraescolares, salidas escolares y actividades que no queden sujetas al Decreto 23/2018.
Es muy importante que, antes de hacer ninguna práctica, consultéis con la escuela si se ajusta a los criterios de la normativa y a los criterios del mismo centro, dado que será el centro el cual decidirá si sois aptos o no para obtener el diploma correspondiente.
También es importante que comprobéis si la actividad donde queréis hacer las prácticas está debidamente comunicada a la Dirección General de Deportes y Juventud y que a la declaración responsable correspondiente FIGURÁIS COMO MONITOR/A O DIRECTOR/A EN PRÁCTICAS.
En caso de duda, poneos en contacto con la misma escuela o con el consejo insular respectivo.
4. Que la escuela es la que tiene que enviar a los consejos insulares la información necesaria para consideraros aptos.
Es responsabilidad del escuela remitir al consejo insular respectivo la información siguiente para tramitar vuestro diploma de monitor/a o de director/a:
Nombre, linajes y DNI
Fecha de nacimiento
Titulación que ha permitido el acceso al curso
Curso y fechas de realización de la parte teoricopràctica.
Lugar|Sitio y fechas de realización de las prácticas e indicación del director/en titulat/da que las ha evaluado y certificado.
Una vez recibida la información, el consejo insular respectivo tiene que realizar las tareas de comprobación pertinentes y, una vez vista su adecuación, expedir los diplomas correspondientes. OS RECORDAMOS QUE LA EXPEDICIÓN DE LOS DIPLOMAS POR PARTE DE JOVENTUT NO ES AUTOMÁTICA y que antes de expedirles el organismo competentl hace una serie de comprobaciones,