ÓRGANOS COLEGIADOS EN MATERIA DE JUVENTUD

COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL DE POLÍTICAS DE JUVENTUD

- El Pleno

- Comisión Técnica Permanente

- Comisión para la creación del Plan Estratégico

CONFERENCIA INTERINSULAR EN MATERIA DE JUVENTUD

- Conferencia interinsular

- Comisión Interinsular

- Grupo Técnico Permanente

 

COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL DE POLÍTICAS DE JUVENTUD

Marco normativo:

- Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de las Islas Baleares.

- Decreto 39/2013, de 26 de julio, por el cual se regula la organización y el funcionamiento de la Comisión interdepartamental para la elaboración de políticas de juventud

El artículo 19.1 de la Ley 5/2022 establece que la Comisión interdepartamental de políticas de juventud, adscrita a la consejería competente en materia de juventud, es el órgano específico de coordinación, consulta y propuesta en el ámbito de la planificación, la programación y la ejecución de las políticas que, en materia de juventud, son competencia y promueve el Gobierno de las Islas Baleares desde las consejerías y la IBJOVE de acuerdo con sus competencias.

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El Pleno

FUNCIONES:

Arte. 19.2 de la Ley 5/2022:

La Comisión interdepartamental de políticas de juventud tiene como funciones, además de las que reglamentariamente se le puedan atribuir, las siguientes:
a) Proponer las líneas de actuación en materia de juventud del Gobierno de las Islas Baleares.
b) Aprobar la propuesta de Pla estratégico de políticas de juventud del Gobierno de las Islas Baleares y elevarla, por medio de la consejería competente en materia de juventud, a la aprobación del Consejo de Gobierno.
c) Impulsar la acción del Gobierno de las Islas Baleares en materia de juventud y sensibilizar las diferentes áreas del Gobierno de las Islas Baleares de la necesidad de llevar a cabo políticas para la gente joven y de orientarlas según las especificidades del colectivo.
d) Facilitar la coordinación de las actuaciones en el seno de la Administración de la comunidad autónoma y la de esta con el resto de administraciones y agentes implicados en políticas de juventud.
e) Crear e impulsar comisiones técnicas de trabajo, según las líneas de actuaciones, para ejecutar políticas de juventud. En todo caso, en el seno de la Comisión interdepartamental tiene que haber una comisión técnica específica para la elaboración del Plan estratégico de políticas de juventud del Gobierno de las Islas Baleares, que tiene como función la elaboración de la propuesta de Pla estratégico de políticas de juventud del Gobierno de las Islas Baleares. En esta comisión técnica tienen que participar también el Consejo de la Juventud de las Islas Baleares, los departamentos de juventud de los cabildos , la Federación de Municipios de las Islas Baleares y los otros organismos que acuerde el Pleno de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud.
f) Asegurar la aplicación correcta de las políticas de juventud que se hagan desde las consejerías.

 

MIEMBROS:

El Pleno está integrado por los miembros siguientes:
a) La presidencia de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud de las Islas Baleares.
b) Las vicepresidencias de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud de las Islas Baleares.
c) La secretaría.
d) Veintitrés vocales en representación de las consejerías y de los organismos implicados en el cumplimiento de los principios y los objetivos de la Ley de políticas de juventud de las Islas Baleares, concretamente:
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de cultura.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de formación profesional.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de universidad.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de familias.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de servicios sociales.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de infancia y adolescencia.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de educación.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de salud pública.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de salud mental.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de trabajo.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de sectores primarios.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de vivienda.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de transportes.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de derechos y de diversidad.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de participación y voluntariado.
—1 vocal en representación de la consejería competente en materia de deportes.
—1 vocal de la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de política lingüística.
—1 vocal del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares.
—1 vocal del Instituto Balear de la Mujer.
—1 vocal del Instituto para la convivencia y el éxito escolar.
—1 vocal del Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares.
—2 vocales en representación del Consejo de la Juventud de las Islas Baleares

Día 17 de febrero de 2023 se dictó resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la cual se nombraron las persones miembros del Pleno de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud. Ha quedado constituido de la siguiente manera:

PRESIDENCIA
Consejera de Asuntos Sociales y Deportes

VICEPRESIDENCIA PRIMERA
Directora general de Infancia, Juventud y Familias

VICEPRESIDENCIA SEGUNDA
Director del Instituto Balear de la Juventud

SECRETARÍA
Ninguno del Servicio de Juventud, 

VOCALÍAS:

Vocalía en materia de participación y voluntariado: directora general de Participación, Transparencia y Voluntariado

Vocalía corresponent al Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears: directora gerent

Vocalía en materia de derechos y diversidad: director general de Coordinación, Relaciones con el Parlamento, Derechos y Diversidad

Vocalía en materia de trabajo: directora general de Trabajo y Salud Laboral

Vocalía correspondiente al Servicio de Ocupación de las Islas Baleares: directora general del SOIB

Vocalía en materia de familias: directora general de Infancia, Juventud y Familias

Vocalía en materia de infancia y adolescencia: directora general de Infancia, Juventud y Familias

Vocaía en materia de servicios sociales: directora general de Servicios Sociales

Vocalía en materia de deportes: director general de Deportes

Vocalía en materia de educación: secretario general de la Consejería de Educación y Formación Profesional

Vocalia en materia de formación profesional: secretario general de la Consejería de Educación y Formación Profesional

Vocalía correspondiente al Instituto para la convivencia y el éxito escolar: secretario general de la Consejería de Educación y Formación Profesional

Vocalía en materia de salud pública: directora general de Salud Pública

Vocalía en materia de salut mental: coordinador autonómico de Salut Mental de las Illes Balears

Vocalía en materia de cultura: directora general de Cultura

Vocalía en materia de universidad: director general de Política Universitaria e Investigación

Vocalía en materia de política lingüística: directora general de Política Lingüística

Vocalía en materia de sectores primarios: director general de Políticas para la Soberanía Alimentaria

Vocalía en materia de vivienda: gerente del Ibavi

Vocalía en materia de transportes: director general de Movilidad y Transporte Terrestre

Vocalía del Instituto Balear de la Mujer, directora de l‘IBDONA

2 Vocalías del Consejo de la Juventud de las Islas Baleares

 SESIONES:

1a reunión celebrada día 3 de febrero de 2023

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Comisión Técnica Permanente

La Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de las Islas Baleares, modifica el título del Decreto 29/2013, de 26 de julio, que pasa a denominarse Decreto 39/2013, de 26 de julio, por el cual se regula la organización y el funcionamiento de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud.

La Ley 5/2022, de 8 de julio también modifica varios artículos y crea, a su artículo 8, la Comisión técnica permanente como grupo de trabajo de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud y como órgano colegiado para apoyarle.

El artículo 8 del Decreto 39/2013 queda modificado de la manera siguiente:


"Artículo 8
La Comisión técnica permanente y otras comisiones técnicas


1. Se crea la Comisión técnica permanente como grupo de trabajo de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud y como órgano colegiado para apoyarle.


2. La Comisión técnica permanente tiene las funciones siguientes:
a) Preparar las reuniones de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud.
b) Recibir propuestas e iniciativas.
c) Elevar propuestas en temas específicos.
d) Confeccionar informes técnicos y específicos.
e) Llevar a cabo las tareas de investigación necesarias para confeccionar los informes técnicos.
f) Proponer el plan de ejecución de las actuaciones que se lleven a cabo.
g) Proponer el calendario de las sesiones de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud.


3. La Comisión técnica permanente está integrada por los miembros siguientes:
a) La presidencia, que tiene que ser ejercida por la persona titular de la jefatura de juventud de la dirección general competente en materia de juventud del Gobierno de las Islas Baleares.
b) La vicepresidencia, que tiene que ser ejercida por una persona técnica del Instituto Balear de la Juventud designada por la dirección de este organismo.
c) Una persona técnica del Instituto Balear de la Juventud designada por el director o la directora de este organismo; y una persona técnica de cada consejería u organismo con representación en el Pleno indicados al apartado 2 del artículo 5 anterior.
d) El secretario o la secretaria, que tiene que ser un miembro de entre los anteriores, nombrado por la persona titular de la dirección general competente en materia de juventud.


4. La Comisión técnica permanente puede invitar a sus reuniones de trabajo técnicos o técnicas otros departamentos y personas expertas cualificadas.


5. En caso de ausencia de cualquier miembro de la Comisión técnica permanente, lo tiene que suplir una persona designada por la persona que representa a cada entidad u organismo con representación.


6. La Comisión interdepartamental de políticas para la juventud puede crear aquellas otras comisiones técnicas interdepartamentales necesarias para impulsar las acciones del Plan estratégico de políticas para la juventud del Gobierno de las Islas Baleares. Las comisiones técnicas interdepartamentales tienen la composición siguiente:

a) La presidencia la ejerce la persona titular de la jefatura del Servicio de Juventud de la dirección general competente en materia de juventud.
b) La vicepresidencia la ejerce una persona técnica del Instituto Balear de la Juventud designada por la dirección de este organismo.
c) Las vocalías. El acuerdo del Pleno de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud por el cual se crea cada comisión técnica interdepartamental tiene que establecer las consejerías que formarán parte.
d) La secretaría la ejerce una persona adscrita en la dirección general competente en materia de juventud o al IBJOVE."

Día 20 de febrero de 2023 se dictó Resolución de la directora general de Infancia, Juventud y Familias por la cual se nombran las personas miembros de la Comisión Técnica Permanente y de la Comisión técnica para la elaboración del plan estratégico de políticas de juventud del Gobierno de las Islas Baleares (ambas órganos internos de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud).
Ha quedado constituido de la siguiente manera:

COMISIÓN TÉCNICA PERMANENTE

PRESIDENCIA: Jefe del Servicio de Juventud
VICEPRESIDENCIA: técnica en políticas de juventud del IBJove
SECRETARÍA y VOCAL: tècnica en políticas de juventud del IBJove
VOCALÍAS:
Instituto Balear de la Juventud, técnica en políticas de juventud del IBJove
Vocalía en materia de participación y voluntariado, jefe del Departamento de Coordinación de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática
Vocalía correspondiente al Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears (IDI), Gestora de proyectos del IDI
Vocalía en materia de derechos y diversidad, jefe del Servicio de Coordinación y Atención a la Diversidad Sexual y de Género
Vocalía en materia de trabajo, jefe del Departamento de Gestión Administrativa y Jurídica del SOIB
Vocalía correspondiente al Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, jefe del Departamento de Orientación e Intermediación del SOIB
Vocalía en materia de familias, jefa de servicio de Familias
Vocalía en materia de infancia y adolescencia, jefa de servicio de justicia juvenil
Vocalía en materia de servicios sociales, jefe de servicio de Servicios Sociales
Vocalía en materia de deportes, jefe del Servicio de Planificación y Formación
Vocalía en materia de educación, asesor docente (coordinación de Secretaría General)
Vocalía en materia de formación profesional, asesor docente (coordinación de Secretaría General)
Vocalía correspondiente al Instituto para la convivencia y el éxito escolar, asesor docente (coordinación de Secretaría General)
Vocalía en materia de salud pública, técnica de implantación de programas de la OSMIB
Vocalía en materia de salud mental, coordinadora autonómica PADIB
Vocalía en materia de cultura, técnica Bibliotecaria
Vocalia en materia de universidad, jefe del Servicio de Universidad
Vocalía en materia de política lingüística, asesor lingüístico del Servicio de Fomento del Uso del Catalán
Vocal en materia de sectores primarios, jefe de Negociado de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación
Vocalía en materia de vivienda, trabajador social / Área social IBAVI, de la Consejería de Movilidad y Vivienda
Vocalía en materia de transportes, jefe del Departamento de Transportes
Instituto Balear de la Mujer, jefa de sección y del Instituto Balear de la Mujer
Consejo de la Juventud de las Islas Baleares, un vocal
Consell de Mallorca, No se prevén
Consell de Menorca, No se prevén
Consell de Ibiza, No se prevén
Consell de Formentera, No se prevén
Federación de Entidades Locales de las Islas Baleares, No se prevén

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Comisión para la creación del Plan Estratégico

De acuerdo con la Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de las Islas Baleares y a la modificación de los artículos 9 y 10 del Decreto 39/2013, de 26 de julio, se crea la comisión para la creación del plan estratégico en materia de juventud.

El artículo 9 del Decreto 39/2013 queda modificado de la manera siguiente:
"Artículo 9
Comisión técnica para la elaboración del Plan estratégico de políticas de juventud del Gobierno de las Islas Baleares


1. Se crea la Comisión técnica para la elaboración del Plan estratégico de políticas de juventud del Gobierno de las Islas Baleares para cumplir las funciones previstas en el apartado 2.e) del artículo 19 de la Ley de políticas de juventud de las Islas baleares.


2. La Comisión técnica para la elaboración del Plan estratégico de políticas de juventud del Gobierno de las Islas Baleares tiene que tener la composición siguiente:


a) La presidencia, que tiene que ser ejercida por la persona titular de la jefatura del Servicio de Juventud de la dirección general competente en materia de juventud del Gobierno de las Islas Baleares.
b) La vicepresidencia, que tiene que ser ejercida por una persona técnica del Instituto Balear de la Juventud designada por la dirección de este organismo.
c) Una persona técnica del Instituto Balear de la Juventud designada por el director o la directora de este organismo; dos personas técnicas especializadas en juventud en representación de cada cabildo; dos personas técnicas especializadas en juventud en representación de la Federación de Entidades Locales de las Islas Baleares; y dos persones representantes del Consejo de la Juventud de las Islas Baleares.
d) Las otras personas representantes otras consejerías u organismos que, si procede, establezca el Pleno de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud.
e) El secretario o la secretaria, que tiene que ser miembro de entre los anteriores, nombrado por la persona titular de la dirección general competente en materia de juventud."

Día 20 de febrero de 2023 se dictó Resolución de la directora general de Infancia, Juventud y Familias por la cual se nombran las personas miembros de la Comisión Técnica Permanente y de la Comisión técnica para la elaboración del plan estratégico de políticas de juventud del Gobierno de las Islas Baleares (ambas órganos internos de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud).
Ha quedado constituido de la siguiente manera:

COMISIÓN TÉCNICA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE POLÍTICAS DE JUVENTUD DEL GOBIERNO DE LAS ILLES BALEARS

PRESIDENCIA jefe del Servicio de Juventud
VICEPRESIDENCIA técnica en políticas de juventud del IBJove
SECRETARÍA y VOCAL tècnica en políticas de juventud del IBJove
VOCALÍAS
Instituto Balear de la Juventud, técnica en políticas de juventud de la IBJove
Vocalía en materia de derechos y diversidad, jefe del Servicio de Coordinación y Atención a la Diversidad Sexual y de Género
Vocalía en materia de trabajo, jefe del Departamento de Gestión Administrativa y Jurídica del SOIB
Vocalía correspondiente al Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, jefe del Departamento de Orientación e Intermediación del SOIB
Vocalía en materia de familias, jefa de servicio de Familias
Vocalía en materia de infancia y adolescencia, jefa de servicio de justicia juvenil
Vocalía en materia de servicios sociales, jefe de servicio de Servicios Sociales
Vocalía en materia de deportes, ninguno del Servicio de Planificación y Formación
Vocalía en materia de educación, asesor docente (coordinación de Secretaría General)
Vocalía en materia de formación profesional. asesor docente (coordinación de Secretaría General)
Vocalía correspondiente al Instituto para la convivencia y el éxito escolar, asesor docente (coordinación de Secretaría General)
Vocalía en materia de salud pública, técnica de implantación de programas de la OSMIB
Vocalía en materia de salud mental, coordinadora autonómica PADIB
Vocalía en materia de cultura, técnica Bibliotecaria
Vocalía en materia de universidad, jefe del Servicio de Universidad
Vocalía en materia de política lingüística, asesor lingüístico del Servicio de Fomento del Uso del Catalán
Vocal en materia de sectores primarios, jefe de Negociado de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación
Vocalía en materia de vivienda, trabajador social / Área social IBAVI, de la Consejería de Movilidad y Vivienda
Vocalía en materia de transportes, jefe de Departamento de Transportes
Instituto Balear de la Mujer, jefa de sección y del Instituto Balear de la Mujer
Consejo de la Juventud de las Islas Baleares, vicepresidente y vocal
Cabildo de Mallorca, jefe de la Dirección Insular de Participación y Juventud del Consejo de Mallorca y técnica superior del Servicio Insular de Juventud
Cabildo de Menorca, técnica de Juventud del CI de Menorca y técnica del Instituto de la Juventud de Menorca
Cabildo de Ibiza, gerente del campamento de Sa Cala de Jondal y técnico del Departamento de Juventud y auxiliar administrativa del Departamento de Juventud
Cabildo de Formentera, técnica de Juventud y director de ocio y tiempo libre del Casal de Jóvenes de Formentera
Federación de Entidades Locales de las Islas Baleares, regidora del Ayuntamiento de Banyalbufar y secretaria general FELIB

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CONFERENCIA INTERINSULAR EN MATERIA DE JUVENTUD

 
Conferencia interinsular

Marco normativo:


- Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de las Islas Baleares.
- Reglamento de organización y régimen interno de la Conferencia interinsular en materia de juventud, aprobado por su Pleno en la sesión constitutiva de día 7 de noviembre de 2022

Artículo 22 de la Ley 5/2022:
Conferencia interinsular en materia de juventud

1. La Conferencia interinsular en materia de juventud es el instrumento de cooperación permanente entre el Gobierno de las Islas Baleares y los cabildos con funciones consultivas, decisorias y de coordinación en este ámbito.

2. En particular, la Conferencia tiene que ejercer, entre otras, las funciones siguientes:
a) Ser informada sobre los anteproyectos de ley y los proyectos de reglamento del Gobierno de las Islas Baleares, así como todos los instrumentos de programación y planificación de políticas, cuando afecten de manera directa el ámbito competencial de los cabildos o cuando así esté previsto en la normativa sectorial aplicable; así como de la propuesta del Plan estratégico de políticas de juventud del Gobierno de las Islas Baleares antes de que lo apruebe la Comisión interdepartamental de políticas de juventud, bien mediante el Pleno o bien mediante la comisión o los grupos de trabajo que se puedan crear al efecto.
b) Coordinar actuaciones y establecer planes específicos de cooperación en materia de juventud, procurando la supresión de duplicidades y la consecución de una mejor eficiencia de los servicios públicos.
c) Intercambiar información sobre las actuaciones programadas por el Gobierno de las Islas Baleares y los cabildos , en ejercicio de sus competencias, y que puedan afectar las otras administraciones.
d) Establecer mecanismos de intercambio de información, máxime de contenido estadístico.
e) Fijar los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos presupuestarios, si procede, como también su distribución a comienzos del ejercicio económico.
f) Armonizar los intereses propios de las instituciones participantes
g) Ponderar la totalidad de los intereses públicos implicados cuando una actividad o un servicio supere el ámbito de los intereses propios de los cabildos o incida y condicione, de manera relevante, el ejercicio de las competencias autonómicas.
h) Convenir parámetros de homogeneización técnica en los aspectos que correspondan.
y) Presentar informes y propuestas para la obtención de subvenciones de ámbito estatal.
j) Las otras que establezcan esta u otras leyes.

3. La Conferencia interinsular en materia de juventud está integrada por la persona titular de la consejería competente en materia de juventud del Gobierno de las Illes Balears, quién la preside; y por los consejeros y las consejeras competentes en materia de juventud de los cabildos de Mallorca, de Menorca, de Ibiza y de Formentera. También forman parte con voz, pero sin voto, el director o la directora general competente en materia de juventud, el director o la directora del IBJOVE y los directores o las directoras insulares competentes en materia de juventud de cada cabildo .

4. La Conferencia interinsular puede crear también grupos de trabajo, de carácter permanente o temporal, formados por personal técnico de las administraciones públicas que forman parte de esta conferencia, para llevar a cabo las tareas técnicas que los asigne la Conferencia interinsular. A estos grupos de trabajo podrán ser invitados expertos de reconocido prestigio en la materia a tratar. El director o la directora del grupo de trabajo, que tiene que ser una persona representando de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, puede solicitar, con el voto favorable de la mayoría de sus miembros, la participación de las organizaciones representativas de intereses afectados, para recaudar propuestas o formular consultas.

5. La Conferencia interinsular en materia de juventud tiene que elaborar el reglamento de organización y de funcionamiento interno, que se tiene que aprobar por acuerdo del órgano.

6. Sin perjuicio de aquello que establecen los apartados anteriores, se podrán crear otros instrumentos de colaboración, de composición bilateral o multilateral, con los cabildos o los entes que integran la administración local de las Islas Baleares, además de firmar convenios de colaboración.

 

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Comisión Interinsular

Miembros:

Presidenta, directora general de Infancia, Juventud y Familias del Gobierno de las Illes Balears
Secretario, jefe de servicio de Juventud del GOIB
Directora insular de Juventud, Hacienda y Gestión Económica del CI de Ibiza
Técnica en Juventud, en sustitución de la consejera de Juventud, Participación Ciudadana y Nuevas Tecnologías del CI de Formentera
Directora insular de Educación, Juventud y Deportes del CI de Menorca
Director insular de Participación y Juventud del CI de Mallorca

Sesiones
1a, día 15 de febrero de 2023 

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Grupo Técnico Permanente

Resolución de la directora general de Infancia, Juventud y Familias por la cual se nombran las  personas miembros del Grupo técnico, órgano interno de la Conferencia interinsular en materia de juventud de día 20 de febrero de 2023.

En representación de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, con el cargo de director, el jefe de servicio de Juventud
En representación del IBJove, una técnica de Juventud
En representación del Cabildo de Ibiza, gerente del campamento de Sa Cala de Jondal y técnico del Departamento de Juventud
En representación del Cabildo de Menorca, una técnica de Juventud
En representación del Cabildo de Formentera, una técnica de Juventud
En representación del Cabildo de Mallorca, una técnica superior de Juventud

Sesiones:
1a reunión: 3 de marzo de 2023