Cuando se hizo el estudio para la elaboración del II Plan de Igualdad, se detectó la conveniencia de facilitar la información de los permisos de conciliación diferenciando entre los que son retribuidos y los que no lo son, para así facilitar a las personas interesadas una búsqueda más adaptada a sus circunstancias y necesidades.

 

Por este motivo, el II Plan de Igualdad incluye esta acción que ahora se materializa, aprovechando la aprobación un nuevo Acuerdo que introduce novedades en materia de conciliación (Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de julio de 2017 por el cual se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Servicios Generales de 23 de junio de 2017 sobre condiciones de trabajo, vacaciones, permisos, licencias y otras medidas de conciliación (BOIB nº. 86, de 15 de julio).

 

Podéis consultar aquí la relación de derechos retribuidos derivados de la Conciliación