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Portal de Gobierno Abierto

Comisión Interdepartamental de Gobierno Abierto


Mediante el Decreto 47/2021, de 3 de diciembre se crea la  Comisión Interdepartamental de Gobierno Abierto.

Este órgano, que se adscribe a la Dirección General de Participación, Transparencia y Voluntariado, tiene como objetivos el impulso, coordinación y complementariedad de las acciones, recursos y actividades que, en la elaboración y ejecución de las políticas públicas en materia de transparencia, participación ciudadana, datos abiertos, rendición de cuentas y otras actuaciones de gobierno abierto, lleve a cabo la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el sector público instrumental que depende.

MIEMBROS DE LA COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL DEL GOBIERNO ABIERTO

Composición de la Comisión Interdepartamental

La presidencia, que ocupa a la persona titular de la dirección general competente en materia de transparencia (actualmente, Dirección General de Coordinación y Transparencia).

La vicepresidencia, que ocupa a la persona titular de la dirección general competente en modernización y administración digital (actualmente, Dirección General de Simplificación Administrativa, Modernización y Administración Digital).

Vocals:

- La persona titular de la dirección general competente en materia de coordinación (actualmente, Dirección General de Coordinación y Transparencia)

 - La persona titular de la dirección general competente en materia de archivos y gestión documental (actualmente, Dirección General de Simplificación Administrativa, Modernización y Administración Digital). Si este miembro coincide con el de la letra b), éste podrá designar a otra persona de la misma dirección general, con funciones en esta materia.

- La persona titular de la secretaría general de cada consejería.

- La persona titular de la dirección del Servicio de Salud de las Illes Balears (IB-SALUT).

- La persona titular de la dirección de Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB).

- La persona titular de la dirección de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB)

Ocupará la secretaría de esta Comisión, con voz pero sin voto, un funcionario o funcionaria designado por la presidencia de la Comisión entre el personal de su dirección general.

La persona titular de la vicepresidencia sustituye a la presidencia en caso de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otra causa justificada.

En casos de ausencia, enfermedad y, en general, cuando se dé alguna causa justificada, la vicepresidencia y los vocales podrán designar a otras personas para que asistan a las reuniones con plenas facultades para ejercer las funciones propias de estos miembros. La designación podrá realizarse entre personas funcionarias con dependencia orgánica de la vicepresidencia o del vocal de que se trate en cada caso, con rango mínimo de jefe de servicio, o entre las personas titulares de los órganos directivos de la consejería de que se trate.

En caso de ausencia o cualquier otro impedimento justificado de la persona que ocupe la secretaría, le suplirá la persona que determine la presidencia de la Comisión.

SESIONES Y ACTAS

Fecha Convocatoria Acta
23 de marzo de 2022 Convocatòria Convocatòria
22 de marzo de 2023 Convocatòria Convocatòria

 

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