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Instrucciones específicas del Plan de Formación de Voluntarios de Protección Civil 2024

Punto 1. Modalidades de inscripción a los cursos

En el caso de las actividades incluidas en el Plan de Protección Civil, teniendo en cuenta la especificidad de esta formación, el organismo que lo propone, en este caso, el jefe de la agrupación elaborará la lista de alumnos que cumplen los requisitos y los remitirá a la Dirección General de Emergencias quienes propondrán los destinatarios y su orden de prelación.

Punto 2. Presentación de documentación

2.1. Se tiene que rellenar el formulario de solicitud mediante enlace facilitado, incluida la dirección de correo electrónico, que es la herramienta que se utiliza para comunicar la admisión a los cursos de formación. Se tiene que escribir el código completo del curso. No se admitirá ninguna solicitud sin los datos de la Agrupación a la cual pertenece la persona.

2.2. Independientemente de lo que establecen los puntos anteriores, la actividad exige que la persona responsable de la Agrupación proponga al personal voluntario destinatario con el orden de prelación para ser admitidos en la formación.

2.3. La presentación de la solicitud para participar en este plan supone el conocimiento y la aceptación inequívocos del aspirante del tratamiento de los datos de carácter personal a cargo del órgano competente y únicamente para las finalidades establecidos. El tratamiento de la información facilitada en las solicitudes tendrá en cuenta las previsiones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.


Punto 3. Requisitos y condiciones preferentes

3.1. Cuando el plan de formación establezca persones destinatarias preferentes para la actividad formativa, la EBAP comprobará que las personas interesadas cumplen las condiciones preferentes.

3.2. Cuando el curso establezca un requisito excluyente para participar en la actividad formativa, no se admitirán las solicitudes de las personas interesadas que no lo cumplan.


Punto 4. Selección

4.1. Solamente serán admitidas las solicitudes que cumplan los requisitos que se establecen en estas instrucciones.

4.2. Si el número de solicitudes de una actividad determinada supera el número de plazas previstas, la EBAP hará la selección correspondiente.

4.3. La Dirección General de Emergencias e Interior facilitará un enlace al formulario de inscripción de cada acción formativa para que la persona responsable de la Agrupación la rellene con el listado de voluntariado con el orden de prelación que considere. Esta se deberá entregar con una antelación mínima de cuarenta días a la fecha prevista de impartición de la materia.

La Dirección General de Emergencias e Interior propondrá a la EBAP las personas voluntarias con derecho a la formación con una antelación mínima de treinta días a la fecha prevista para su impartición, así como la lista de espera correspondiente.

Los criterios de prelación de la selección son los siguientes:

1. Pertenecer al grupo de personas destinatarias del curso específico. 2. En igualdad de condiciones, no haber participado en otras actividades de la EBAP convocadas en 2022 y 2023. 3. La fecha de presentación de la solicitud. 4. No estar inmerso en la incoación de un expediente disciplinario.

4.4. Pueden ofrecerse cursos en que se tenga que superar una prueba de selección con unos criterios de evaluación determinados previamente.

4.5. Si hay cursos que coincidan parcial o totalmente en los horarios, las personas interesadas sólo serán admitidas a uno.

4.6. Además de los criterios de prelación, los alumnos se seleccionarán teniendo en cuenta las propuestas del jefe de la Agrupación y el hecho que la distribución territorial esté representada.


Punto 5. Curso básico de Protección Civil

5.1. El Curso básico de Protección Civil, de 32 horas, constará de dos partes, una teórica y una  práctica.

5.2. La parte teórica, que se llevará a cabo mediante la modalidad de autoaprendizaje es equivalente a 14 horas que corresponden a las materias siguientes:

- Normativa, coordinación y funcionamiento del voluntariado de Protección Civil. - Catalogación de riesgos municipales.

La EBAP ofrecerá el material didáctico en el espacio web EBAP en Abierto, en la página web (https://ebapenobert.caib.es/), para hacer posible el aprendizaje autónomo de las personas.

La EBAP convocará las pruebas de certificación de conocimientos (PCC), para acreditar la superación de esta parte de teoría. Estas pruebas consistirán en un examen tipo test (de entre 30 y 60 preguntas) con respuestas alternativas. Para superar la prueba teórica se tendrá que contestar correctamente el 50 % del total de las preguntas formuladas.

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En conformidad con el artículo 11 del Decreto 32/2019, de 10 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento del personal voluntario de Protección Civil de las Illes Balears, las personas que quieran formar parte de una Agrupación Municipal de voluntarios de Protección Civil tienen que enviar la solicitud de ingreso al ayuntamiento del cual dependa la agrupación del voluntariado.

Después de la entrevista personal con los responsables de la agrupación, es recomendable hacer firmar una declaración responsable de compromiso de permanencia y cumplimiento del que establecen los estatutos de la agrupación correspondiente. Cada corporación local puede establecer pruebas psicotécnicas o de otra índole, para comprobar la idoneidad de la persona aspirante.

Una vez comprobados los requisitos que establece el artículo 10 del mencionado decreto y la idoneidad del personal aspirante que han solicitado su incorporación, el municipio tiene que remitir la lista de aspirantes con la orden de prelación a la Dirección General de Emergencias e Interior, mediante el enlace al formulario que se facilitara, a fin de que se gestione la admisión en el curso básico con una antelación mínima de cuarenta días a la fecha prevista para el examen.

La Dirección General de Emergencias e Interior propondrá a la EBAP las personas aspirantes a voluntarias con derecho a realizar la PC en cada convocatoria con una antelación mínima de treinta días a la fecha prevista del examen.

5.3. Una vez superada la fase teórica, el aspirante a voluntario tendrá que realizar la fase práctica, equivalente a 18 horas de formación, consistentes en una serie de seminarios presenciales, y que son los siguientes:

  • Autoprotección e intervenciones en materia de tránsito
  • Incendios forestales
  • Técnicas de afrontamiento del estrés
  • Primeros auxilios y DESA
  • Comunicaciones

5.4. Los aspirantes que estén en posesión de una de las siguientes formaciones, estarán exentos de realizar las siguientes partes del curso básico:

  • La titulación de Formación Profesional de grado medio o superior de Técnico en Emergencias y Protección Civil. En este caso, las personas aspirantes quedarían exentas de realizar tanto la parte teórica como práctica del curso.
  • Los aspirantes en posesión de la titulación universitaria de Grado de Enfermería estarán exentos de llevar a cabo el taller de primeros auxilios y DESA.
  • Los aspirantes con la titulación de la Formación Profesional de grado medio de auxiliar de Enfermería estarán exentos de llevar a cabo el taller de primeros auxilios y DESA.
  • Los aspirantes que acrediten haber superado el Curso básico de capacitación para el acceso a la categoría de policía impartido por la EBAP estarán exentos de llevar a cabo el taller de autoprotección e intervenciones en materia de tránsito.
  • Los aspirantes que acrediten haber superado el Curso básico de capacitación para el acceso a la categoría de bombero impartido por el Ayuntamiento de Palma, el Consell de Mallorca, el Consell Insular de Menorca o el Consell Insular de Ibiza estarán exentos de llevar a cabo el taller de incendios forestales.
  • Los aspirantes del Cuerpo Ayudante Facultativo de Agentes de Medio Ambiente de las Illes Balears y que acrediten, como mínimo, con un año de experiencia, estarán exentos de llevar a cabo el taller de incendios forestales.
  • Los aspirantes que acrediten haber superado el Curso básico de Protección Civil impartido en otra Comunidad Autónoma. Se convalidarán los talleres prácticos superados en otra CCAA, exceptuando la parte teórica, la cual tendrán que realizar.
  • Los aspirantes con un grado de formación profesional en Emergencias y Protección Civil solo tendrán que realizar la parte teórica, que se llevará a cabo mediante la modalidad de autoaprendizaje.

5.5. La EBAP, para desarrollar mejor las funciones que tiene encargadas, puede suprimir cursos por necesidades puntuales que hayan surgido, o efectuar agrupaciones por islas del examen teórico y de la fase práctica siempre que las circunstancias lo aconsejen.