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Estructura del Gobierno de las Illes Balears

Organigrama y funciones (Información Histórica. Legislatura 2015-2019)

Administración > Organización > Organigrama y funciones

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De acuerdo con lo que dispone el Estatuto de autonomía, la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, y la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Illes Balears, establecen que corresponde al presidente determinar la composición del Gobierno y configurar la estructura de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Illes Balears

El artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunitat Autónoma de las Illes Balears establece las atribuciones de las secretarías generales. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, establece la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración autonómica, con determinación de las funciones o competencias materiales de cada órgano.

En el cuadro siguiente, por cada consejería, podréis encontrar las funciones de cada órgano (si quiere buscar por algún tema, puede hacerlo en este documento):

Conselleria de Innovación, Investigación y Turismo

Secretaría General

La Secretaría General es el órgano directivo encargado de la gestión de los servicios comunes, y también de las funciones de asesoramiento jurídico y de apoyo técnico.
Las atribuciones de las secretarías generales son las que recoge el artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears:

  • Prestar asistencia técnica y jurídica al consejero en el ejercicio de la potestad normativa y en la producción de los actos administrativos que corresponden al consejero, así como a otros órganos directivos de la conselleria, en su caso.
  • Informar sobre los proyectos de disposiciones generales tramitados por la conselleria, en los términos previstos en la Ley del Gobierno de las Illes Balears.
  • Elaborar el anteproyecto del estado de gastos y de la estimación de ingresos de la conselleria y de las entidades públicas dependientes, de manera coordinada con los directores generales.
  • Controlar, bajo la dirección superior del consejero, la gestión del presupuesto de la conselleria.
  • Ejercer, de acuerdo con las directrices fijadas por el consejero, el control de la eficacia y de la eficiencia de los órganos y de las unidades administrativas de la conselleria.
  • Gestionar, bajo la dirección del consejero, los recursos humanos de la conselleria.
  • Tener cuidado de las publicaciones técnicas de la conselleria, así como preparar compilaciones sistematizadas de las disposiciones normativas que afecten a la conselleria y proponer la reunion o la revisión de los textos normativos que se consideren oportunos.
  • Gestionar el registro general, los medios materiales y los servicios auxiliares, así como otros elementos organizativos.
  • Ejercer aquellas otras facultades y atribuciones que le corresponden de acuerdo con la legislación vigente.

Dirección General de Turismo

Impulso y fomento de la innovación, la investigación, el desarrollo y la transferencia del conocimiento; planificación y coordinación del sistema de innovación, ciencia y tecnología de las Illes Balears

Direcció General de Turisme

Promoción, difusión y comercialización de los productos y servicios turísticos; información estadística y estudios relativos al turismo; ordenación normativa general y planificación del sector turístico. Creación y desarrollo del producto turístico.

Dirección General de Desarrollo Tecnológico

Planificación y ordenación de los sectores de las comunicaciones y de las nuevas tecnologías de la información; sistemas de información, recursos tecnológicos y servicios informáticos y telemáticos de la Administración de la Comunidad Autónoma; planificación y ordenación de los sectores de las telecomunicaciones, radiodifusión televisiva y sonora; impulso y coordinación de la implantación de la Administración electrónica; seguridad de la información de los recursos tecnológicos.

Dirección General de Fondos Europeos

Gestión seguimiento, control, evaluación y comunicación de los fondos procedentes de la Unión Europea, Fondo FEDER, FSE y programas europeos. Coordinación de los incentivos regionales en las Illes Balears.

Conselleria de Presidencia

Secretaría General

La Secretaría General es el órgano directivo encargado de la gestión de los servicios comunes, así como de las funciones de asesoramiento jurídico y de apoyo técnico.
La Secretaría General de la Consejería de Presidencia, además, da asistencia y apoyo a la Presidencia de las Illes Balears y a la Secretaría del Consejo de Gobierno, se hace cargo de la gestión del Boletín Oficial de las Illes Balears y de la organización de los procesos electorales autonómicos, de conformidad con la legislación en la materia.
También tiene, como todas las secretarías generales, las atribuciones que el artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears les atribuye:

  • Prestar asistencia técnica y jurídica al consejero en el ejercicio de la potestad normativa y en la producción de los actos administrativos que corresponden al consejero, así como a otros órganos directivos de la conselleria, en su caso.
  • Informar sobre los proyectos de disposiciones generales tramitados por la conselleria, en los términos previstos en la Ley del Gobierno de las Illes Balears.
  • Elaborar el anteproyecto del estado de gastos y de la estimación de ingresos de la conselleria y de las entidades públicas dependientes, de manera coordinada con los directores generales.
  • Controlar, bajo la dirección superior del consejero, la gestión del presupuesto de la conselleria.
  • Ejercer, de acuerdo con las directrices fijadas por el consejero, el control de la eficacia y de la eficiencia de los órganos y de las unidades administrativas de la conselleria.
  • Gestionar, bajo la dirección del consejero, los recursos humanos de la conselleria.
  • Tener cuidado de las publicaciones técnicas de la conselleria, así como preparar compilaciones sistematizadas de las disposiciones normativas que afecten a la conselleria y proponer la reunion o la revisión de los textos normativos que se consideren oportunos.
  • Gestionar el registro general, los medios materiales y los servicios auxiliares, así como otros elementos organizativos.
  • Ejercer aquellas otras facultades y atribuciones que le corresponden de acuerdo con la legislación vigente.

Dirección General de Coordinación

Implementación, impulso, coordinación y seguimiento de los planes, proyectos y programas estratégicos del Gobierno; coordinación interdepartamental entre órganos de consejerías diversas; coordinación de las políticas en materia de igualdad; apoyo directo al consejero de Presidencia en el ejercicio de sus atribuciones; coordinación estratégica con el Gabinete de la Presidencia. Asimismo, asume la coordinación de las materias de carácter transversal.

Dirección General de Relaciones Institucionaes y Acción Exterior

Relaciones generales con el Gobierno del Estado y las comunidades autónomas; interlocución con los consejos insulares; proyección exterior de los intereses autonómicos; participación en la política internacional del Estado; relaciones con la Unión Europea; oficinas de representación; comunidades baleares en el exterior; relaciones con comunidades y entidades asociativas de residentes foráneos e interlocución con las casas regionales con sede en las Illes Balears; coordinación administrativa y organización de eventos de interés autonómico; acción cívica y relaciones con los grupos sociales, y también con las organizaciones religiosas; intervención administrativa en materia de asociaciones, fundaciones y colegios profesionales; Registro de Asociaciones; Registro Único de Fundaciones; Registro de Colegios Profesionales; reales academias, academias y otras corporaciones de derecho público; Registro de Academias; atención e información al ciudadano; relaciones institucionales y de colaboración con el poder judicial y con los órganos judiciales y la fiscalía radicados en las Illes Balears; relaciones con la Administración de Justicia y con los operadores jurídicos; impulso y coordinación del traspaso de funciones y servicios de los medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia; orientación jurídica; servicios de cooperación con la justicia

Dirección General de Relaciones con el Parlamento

Apoyo al Gobierno en las relaciones con el Parlamento; coordinación de la iniciativa legislativa y del ejercicio de los poderes normativos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma; coordinación del desarrollo normativo del Estatuto de autonomía; impulso de la normativa en materia de igualdad; coordinación de los procesos de transferencia de funciones y servicios; inventario general de órganos colegiados; registro de convenios y acuerdos; relaciones con el Consejo Consultivo y otros órganos estatutarios; relaciones con la Comisión Asesora de Derecho Civil.

Dirección General de Comunicación

Información sobre la actividad gubernamental y administrativa y relaciones con los medios informativos; régimen de prensa, radio y televisión; radio y televisión públicas; publicidad institucional; coordinación de las políticas de comunicación de las diversas consejerías.

Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno

Coordinación interdepartamental de medidas para impulsar la transparencia y el buen gobierno en la Administración; simplificación y racionalización de los procesos administrativos; coordinación y ordenación de los registros administrativos, incluidos los telemáticos; reconocimiento y análisis de la demanda y percepción de los usuarios y la ciudadanía; modernización y calidad de los servicios públicos, atención e información ciudadana; coordinación y gestión de la implantación de un sistema de gestión ética y socialmente responsable con la asunción del Sistema Balear de Responsabilidad Social Corporativa y de Empresas.

Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Representación y defensa en juicio de la Administración autonómica y de los entes dependientes; asesoramiento jurídico al Gobierno ya los órganos de la Administración en las materias o cuestiones de especial relevancia o trascendencia; coordinación de los servicios jurídicos de las consejerías y de las entidades dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma, así como coordinación de otros servicios de defensa judicial; otras competencias que le atribuye la legislación vigente en materia judicial, de asesoramiento jurídico y de elaboración normativa.
El Instituto de Estudios Autonómicos, que se adscribe a la Abogacía, ejerce las competencias: estudio, investigación y difusión legislativa en materia de autonomías territoriales, con atención preferente al derecho público las Illes Balears; asesoramiento a la Presidencia de las Illes Balears, especialmente en el ámbito del derecho estatutario, y apoyo en el desarrollo normativo del Estatuto de autonomía y en los procesos de transferencias de funciones y servicios, tanto del Estado a la Comunidad Autónoma como de ésta a los consejos insulares, cuando se le encomienden expresamente.

Conselleria de Hacienda y Administraciones Públicas

Secretaría General

La Secretaría General es el órgano directivo encargado de la gestión de los servicios comunes, así como de las funciones de asesoramiento jurídico y de apoyo técnico.
La Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas coordina, además, el procedimiento de elaboración de los planes estratégicos de subvenciones y sus modificaciones, y ejerce la tutela de los entes integrantes del sector público instrumental autonómico respecto de la legislación general y en materia de hacienda aplicable a estos entes.
También tiene, como todas las secretarías generales, las atribuciones que el artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears les atribuye:

  • Prestar asistencia técnica y jurídica al consejero en el ejercicio de la potestad normativa y en la producción de los actos administrativos que corresponden al consejero, así como a otros órganos directivos de la conselleria, en su caso.
  • Informar sobre los proyectos de disposiciones generales tramitados por la conselleria, en los términos previstos en la Ley del Gobierno de las Illes Balears.
  • Elaborar el anteproyecto del estado de gastos y de la estimación de ingresos de la conselleria y de las entidades públicas dependientes, de manera coordinada con los directores generales.
  • Controlar, bajo la dirección superior del consejero, la gestión del presupuesto de la conselleria.
  • Ejercer, de acordamb las directrices fijadas por el consejero, el control de la eficacia y de la eficiencia de los órganos y de las unidades administrativas de la conselleria.
  • Gestionar, bajo la dirección del consejero, los recursos humanos de la conselleria.
  • Tener cuidado de las publicaciones técnicas de la conselleria, así como preparar compilaciones sistematizadas de las disposiciones normativas que afecten a la conselleria y proponer la reunion o la revisión de los textos normativos que se consideren oportunos.
  • Gestionar el registro general, los medios materiales y los servicios auxiliares, así como otros elementos organizativos.
  • Ejercer aquellas otras facultades y atribuciones que le corresponden de acuerdo con la legislación vigente.
  • Coordinar el procedimiento de elaboración de los planes estratégicos de subvenciones y sus modificaciones, y ejercer tutela de los entes integrantes del sector público instrumental autonómico respecto de la legislación general y en materia de hacienda aplicable a estos entes

Dirección General de Presupuestos y Financiación

Impulso y coordinación de los procesos de preparación, de ejecución y de control de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma; financiación autonómica; control y seguimiento de la financiación afectada y del procedente de fondos europeos; ordenación del sistema de financiación autonómica, relaciones financieras con las haciendas territoriales; coordinación y seguimiento de la financiación de las transferencias de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma; apoyo a los procesos de descentralización territorial de competencias autonómicas; tutela presupuestaria de los entes integrantes del sector público instrumental autonómico.

Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

Tesorería general y endeudamiento; tutela financiera de los entes integrantes del sector público instrumental autonómico y, en su caso, de los entes locales; cajas de ahorros e instituciones de crédito cooperativo; sociedades de garantía recíproca; mediadores de seguros; mutualidades de previsión social. Asimismo, le corresponde el ejercicio de las funciones previstas en la legislación de patrimonio: preparación, tramitación y resolución de los expedientes patrimoniales previstos en las leyes; ordenación, gestión, inventario y defensa de los bienes y derechos de la Administración de la Comunidad Autónoma y de los organismos autónomos; obligaciones tributarias derivadas de la titularidad de los bienes; gestión de los riesgos de los bienes; inscripción y regularización de las titularidades catastrales y registrales de los bienes; depósito de los derechos de propiedad industrial; ordenación del parque móvil y gestión del parque móvil de servicios generales, así como las competencias en el ámbito material de la contratación pública. Se adscriben a esta Dirección General la Central de Contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la que depende el Registro de Contratos y Contratistas.

Dirección General del Función Pública y Administraciones Públicas

Planificación, dirección, coordinación y ejecución de la política general de personal; ordenación y gestión del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, excepto el personal docente y el personal estatutario al servicio de la sanidad pública autonómica; coordinación de la política de recursos humanos del sector público instrumental y de su personal; dirección y supervisión de las nóminas correspondientes al personal de los entes integrantes del sector público instrumental autonómico y, en general, tutela de estos entes respecto de la legislación aplicable en materia de personal; gestión, impulso y coordinación de las políticas y los planes de igualdad entre las mujeres y los hombres empleados públicos de los servicios generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del sector público instrumental autonómico; formación del personal de las administraciones públicas de las Illes Balears; inspección de calidad, organización y servicios; Registro General de Personal; prevención de riesgos laborales del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; organización territorial de la Comunidad Autónoma; relaciones con las instituciones de gobierno de las islas y de los municipios, relaciones de colaboración y cooperación con los entes territoriales; personal funcionario de Administración local con habilitación nacional que presta servicio a las corporaciones locales

Dirección General de Emergencias e Interior

Emergencias y protección civil; meteorología; actividades clasificadas; espectáculos; seguridad y policía autonómica; coordinación de policías locales.

Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Órgano adscrito a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas que ejerce las competencias que establece la legislación vigente de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la normativa de desarrollo reguladora de la organización y las funciones de este órgano. Asimismo, es el órgano responsable del mantenimiento, la custodia y la gestión de la información contenida en la base de datos de subvenciones de la Comunidad Autónoma.

Junta Superior de Hacienda de las Illes Balears

La Junta Superior de Hacienda de las Illes Balears es el tribunal económico de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y, en consecuencia, es el órgano competente para conocer y resolver las impugnaciones en vía económico. El ejercicio de esta función se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 20/2012, de 16 de marzo, por el que se regula la estructura de los órganos competentes para conocer y resolver las reclamaciones económico que se producen en el ámbito de la gestión económica, financiera y tributaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y las disposiciones dictadas para su desarrollo y aplicar estas normas.

Conselleria de Educación y Universidades

Secretaría General

La Secretaría General es el órgano directivo encargado de la gestión de los servicios comunes, así como de las funciones de asesoramiento jurídico y de apoyo técnico.
La Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidad lleva a cabo, además, la ordenación y la gestión del personal de administración y servicios en centros educativo
También tiene, como todas las secretarías generales, las atribuciones que el artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears les atribuye:

  • Prestar asistencia técnica y jurídica al consejero en el ejercicio de la potestad normativa y en la producción de los actos administrativos que corresponden al consejero, así como a otros órganos directivos de la conselleria, en su caso.
  • Informar sobre los proyectos de disposiciones generales tramitados por la conselleria, en los términos previstos en la Ley del Gobierno de las Illes Balears.
  • Elaborar el anteproyecto del estado de gastos y de la estimación de ingresos de la conselleria y de las entidades públicas dependientes, de manera coordinada con los directores generales.
  • Controlar, bajo la dirección superior del consejero, la gestión del presupuesto de la conselleria.
  • Ejercer, de acuerdo con las directrices fijadas por el consejero, el control de la eficacia y de la eficiencia de los órganos y de las unidades administrativas de la conselleria.
  • Gestionar, bajo la dirección del consejero, los recursos humanos de la conselleria.
  • Tener cuidado de las publicaciones técnicas de la conselleria, así como preparar compilaciones sistematizadas de las disposiciones normativas que afecten a la conselleria y proponer la reunion o la revisión de los textos normativos que se consideren oportunos.
  • Gestionar el registro general, los medios materiales y los servicios auxiliares, así como otros elementos organizativos.
  • Ejercer aquellas otras facultades y atribuciones que le corresponden de acuerdo con la legislación vigente.
  • Llevar a cabo la ordenación y la gestión del personal de administración y servicios en centros educativos

Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros

Planificación educativa; coordinación de las infraestructuras y de los servicios educativos; régimen orgánico y funcionamiento de los centros docentes; centros concertados y centros privados; educación a distancia no universitaria; gestión de títulos académicos y legalizaciones; escolarización a partir del segundo ciclo de educación infantil; ordenación de las enseñanzas; enseñanzas de régimen especial; gestión del GESTIB; evaluación y calidad del sistema educativo

Dirección General de Personal Docente

Ordenación y gestión del personal docente; primaria; secundaria; provisión de plazas; retribuciones; gestión de la nómina y relaciones con los centros concertados.

DDirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado

Formación profesional y relación del sistema educativo con la empresa; formación profesional básica; educación de personas adultas; formación permanente del profesorado; enseñanza del catalán y normalización lingüística en el ámbito educativo; concesión de la exención de la evaluación de la lengua y la literatura catalanas; gestión de los cursos y de las pruebas libres incluidos en el Plan de Formación Lingüística y Cultural y expedición de los certificados de notas y de capacitación incluidos en el Plan mencionado; fomento de las lenguas extranjeras y participación en programas internacionales

Dirección General de Política Universitaria y de Enseñanza Superior

Ordenación y gestión del sistema universitario; infraestructuras universitarias; relaciones con la comunidad universitaria; fomento de la investigación educativa; organización de las enseñanzas superiores no universitarios

Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa

Impulso y fomento de la innovación educativa; familia y participación, movimiento asociativo (de alumnos y de padres y madres); consejos escolares (autonómico, insulares, municipales y de centro); servicios y actividades complementarios; gestión de las becas y ayudas en el ámbito educativo no universitario; nuevas tecnologías aplicadas a la educación; materiales didácticos y libros de texto; atención a la diversidad; primera infancia; convivencia y éxito escolar.

Delegaciones territoriales de Educación de Menorca y de Ibiza y Formentera

Las delegaciones territoriales de Educación de Menorca y de Ibiza y Formentera, bajo la dependencia directa de la persona titular de la Consejería de Educación y Universidad, ejercen las funciones relativas a la coordinación administrativa en el ámbito educativo de las islas respectivas.
La Delegación Territorial de Ibiza y Formentera actuará en coordinación con la Delegación Territorial del Gobierno de las Illes Balears en Formentera, de acuerdo con el Decreto 24/2012, de 23 de marzo

Departamento de Inspección Educativa

La inspección educativa será ejercida bajo la dependencia directa de la persona titular de la Consejería de Educación y Universidad. El Departamento de Inspección Educativa es el órgano de la Consejería de Educación y Universidad al que se encomiendan el asesoramiento, la supervisión, la evaluación y el control de los centros docentes de enseñanza no universitaria, de los servicios y de los programas educativos del ámbito de competencia de la comunidad autónoma de las Illes Balears, bajo la dependencia directa de la persona titular de la Consejería.

Otros órganos adscritos

Asimismo, se integran en la Consejería de Educación y Universidad los siguientes órganos:

  • Instituto para la Convivencia y el Éxito Escolar
  • Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI)
  • Instituto de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo (IAQSE)
  • Instituto de Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears (IQPIB)
Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación

Secretaría General

La Secretaría General es el órgano directivo encargado de la gestión de los servicios comunes, y también de las funciones de asesoramiento jurídico y de apoyo técnico.
Las atribuciones de las secretarías generales son las que recoge el artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears:

  • Prestar asistencia técnica y jurídica al consejero en el ejercicio de la potestad normativa y en la producción de los actos administrativos que corresponden al consejero, así como a otros órganos directivos de la conselleria, en su caso.
  • Informar sobre los proyectos de disposiciones generales tramitados por la conselleria, en los términos previstos en la Ley del Gobierno de las Illes Balears.
  • Elaborar el anteproyecto del estado de gastos y de la estimación de ingresos de la conselleria y de las entidades públicas dependientes, de manera coordinada con los directores generales.
  • Controlar, bajo la dirección superior del consejero, la gestión del presupuesto de la conselleria.
  • Ejercer, de acuerdo con las directrices fijadas por el consejero, el control de la eficacia y de la eficiencia de los órganos y de las unidades administrativas de la conselleria.
  • Gestionar, bajo la dirección del consejero, los recursos humanos de la conselleria.
  • Tener cuidado de las publicaciones técnicas de la conselleria, así como preparar compilaciones sistematizadas de las disposiciones normativas que afecten a la conselleria y proponer la refundición o la revisión de los textos normativos que se consideren oportunos.
  • Gestionar el registro general, los medios materiales y los servicios auxiliares, así como otros elementos organizativos.
  • Ejercer aquellas otras facultades y atribuciones que le corresponden de acuerdo con la legislación vigente

Dirección General de Planificación y Servicios Sociales

Planificación de la política de servicios sociales; elaboración normativa en materia de servicios sociales; ordenación de la renta mínima de inserción; plan de servicios sociales comunitarios básicos y otros programas sociales, así como la tramitación y concesión de las ayudas y de los convenios que se derivan; prestaciones económicas; autorización, registro e inspección de servicios y centros de servicios sociales de ámbito suprainsular o autonómico; atención e integración social a la población

Dirección General de Dependencia

Atención y apoyo a personas con dependencia, personas con discapacidad, personas de la tercera edad y otros colectivos en situación de riesgo.

Dirección General de Menores y Familias

Aplicación de medidas de justicia juvenil; ordenación de la protección de menores; políticas de promoción y apoyo a las familias y unidades de convivencia; reinserción social; atención a las víctimas del delito.

Dirección General de Cooperación

Cooperación social y económica de carácter exterior; políticas de solidaridad y desarrollo humano en pueblos y países no desarrollados o en vías de desarrollo.

Oficina de Defensa de los Derechos del Menor

Órgano integrado en la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación que ejerce las competencias de defensa y promoción de los derechos de los menores; quejas sobre situaciones de amenaza y de vulneración de derechos. Al frente hay un director o una directora asimilado en rango a director general.

Conselleria de Salud

Secretaría General

La Secretaría General es el órgano directivo encargado de la gestión de los servicios comunes, y también de las funciones de asesoramiento jurídico y de apoyo técnico.
Las atribuciones de las secretarías generales son las que recoge el artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears:

  • Prestar asistencia técnica y jurídica al consejero en el ejercicio de la potestad normativa y en la producción de los actos administrativos que corresponden al consejero, así como a otros órganos directivos de la conselleria, en su caso.
  • Informar sobre los proyectos de disposiciones generales tramitados por la conselleria, en los términos previstos en la Ley del Gobierno de las Illes Balears.
  • Elaborar el anteproyecto del estado de gastos y de la estimación de ingresos de la conselleria y de las entidades públicas dependientes, de manera coordinada con los directores generales.
  • Controlar, bajo la dirección superior del consejero, la gestión del presupuesto de la conselleria.
  • Ejercer, de acordamb las directrices fijadas por el consejero, el control de la eficacia y de la eficiencia de los órganos y de las unidades administrativas de la conselleria.
  • Gestionar, bajo la dirección del consejero, los recursos humanos de la conselleria.
  • Tener cuidado de las publicaciones técnicas de la conselleria, así como preparar compilaciones sistematizadas de las disposiciones normativas que afecten a la conselleria y proponer la refundición o la revisión de los textos normativos que se consideren oportunos.
  • Gestionar el registro general, los medios materiales y los servicios auxiliares, así como otros elementos organizativos.
  • Ejercer aquellas otras facultades y atribuciones que le corresponden de acuerdo con la legislación vigente.
  • Competencia de instrucción de los procedimientos sancionadores y de financiación sanitario público.

Dirección General de Planificación, Evaluación y Farmacia

Planificación y ordenación sanitaria general y de la asistencia sanitaria; definición de la cartera de servicios y prestaciones sanitarias y sus indicadores de evaluación; políticas de calidad de la prestación sanitaria; la gestión, el mantenimiento y la evaluación periódica del Registro del Conjunto Mínimo de Datos de Alta Hospitalaria y Actividad Ambulatoria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; registro de profesionales sanitarios; ordenación farmacéutica; autorización y control de establecimientos y servicios de atención farmacéutica; autorización y control de actividades sanitarias de fabricación a medida de productos sanitarios y de distribución y venta de productos sanitarios; tramitación y resolución de los procedimientos de aplicación del índice corrector de los márgenes de las oficinas de farmacia correspondiente a las recetas u órdenes de dispensación de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente dispensados con cargo a los fondos públicos; control y mejora de la calidad de la prestación farmacéutica; control y vigilancia de medicamentos, productos sanitarios y demás productos farmacéuticos; iniciación y resolución de los procedimientos sancionadores en materias propias de su competencia.

Dirección General de Salud Pública y Participación

Promoción de la salud; vigilancia epidemiológica, análisis y evaluación del estado de salud de la población, de las enfermedades y del impacto en salud de las políticas públicas; promoción para la reducción de las desigualdades en salud por razón de género, de territorio, de clase social y de cultura para favorecer a los colectivos más desprotegidos; participación de los ciudadanos y ciudadanas, de los profesionales y de las asociaciones de pacientes; prevención de las enfermedades: vacunación, programas poblacionales de detección precoz de cáncer y otras enfermedades, lucha contra el tabaquismo, salud sexual y reproductiva, prevención del VIH, prevención y tratamiento de las drogodependencias; promoción de la salud y vigilancia epidemiológica en el ámbito laboral, así como el resto de actuaciones sanitarias en el ámbito de la salud laboral previstas en la normativa sanitaria; protección de la salud; salud ambiental, que incluye, entre otras, la vigilancia de la calidad del agua de consumo humano, de las aguas de baño y de la legionelosis; ordenación de los aspectos higiénicos y sanitarios de actividades no sanitarias; seguridad alimentaria y nutrición; control oficial y registros en materia de salud pública; vigilancia epidemiológica de las zoonosis; análisis químicos y microbiológicos de muestras de aguas y alimentos; iniciación y resolución de los procedimientos sancionadores en materias propias de su competencia; coordinación de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos.

Dirección General de Acretitación, Docencia e Investigación de Salud

Inspección, control, autorización y registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios; evaluación de la calidad asistencial y acreditación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios; iniciación y resolución de procedimientos sancionadores en materia de su competencia; explotación, gestión y evaluación de los registros y sistemas de información de su competencia; definición y desarrollo de políticas de formación sanitaria especializada; promoción de políticas de investigación y de información sanitarias; tutela y desarrollo de los procesos formativos de pregrado o postgrado de los profesionales de la salud y promoción de programas docentes de pregrado o postgrado, de acuerdo con la UIB y otras consejerías e instituciones formativas; acreditación de profesionales sanitarios, de formación sanitaria y de formación sanitaria especializada; coordinación del funcionamiento de la Fundación de Investigación Sanitaria de las Illes Balears Ramon Llull 15, del Comité de Ética de la Investigación de las Illes Balears, de la Biblioteca Virtual de Ciencias de la Salud de las Illes Balears y del Instituto de Investigación Sanitaria de Palma; coordinación de Trasplantes de las Illes Balears; gestión del Registro de Voluntades Anticipadas.

Dirección General de Consumo

Defensa de los derechos de las personas consumidoras y usuarias; control de mercado, inspección de consumo y red de alerta de productos peligrosos; información y orientación de los consumidores y usuarios para el adecuado ejercicio de sus derechos; tramitación de las denuncias y las reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias; desarrollo de tareas de mediación entre las personas consumidoras y las empresas; resolución de las controversias de consumo a través del arbitraje y fomento del Sistema Arbitral de Consumo, educación y formación a la ciudadanía en materia de consumo y formación continua al personal de las administraciones de consumo; gestión del registro de asociaciones de consumidores y apoyo y relación con estas; apoyo y coordinación del Consejo de Consumo, y ejercicio de la potestad sancionadora en materia de defensa de las personas consumidoras y usuarias.

Conselleria de Trabajo, Comercio e Indústria

Secretaría General

La Secretaría General es el órgano directivo encargado de la gestión de los servicios comunes, y también de las funciones de asesoramiento jurídico y de apoyo técnico.
Las atribuciones de las secretarías generales son las que recoge el artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears:

  • Prestar asistencia técnica y jurídica al consejero en el ejercicio de la potestad normativa y en la producción de los actos administrativos que corresponden al consejero, así como a otros órganos directivos de la conselleria, en su caso.
  • Informar sobre los proyectos de disposiciones generales tramitados por la conselleria, en los términos previstos en la Ley del Gobierno de las Illes Balears.
  • Elaborar el anteproyecto del estado de gastos y de la estimación de ingresos de la conselleria y de las entidades públicas dependientes, de manera coordinada con los directores generales.
  • Controlar, bajo la dirección superior del consejero, la gestión del presupuesto de la conselleria.
  • Ejercer, de acuerdo con las directrices fijadas por el consejero, el control de la eficacia y de la eficiencia de los órganos y de las unidades administrativas de la conselleria.
  • Gestionar, bajo la dirección del consejero, los recursos humanos de la conselleria.
  • Tener cuidado de las publicaciones técnicas de la conselleria, así como preparar compilaciones sistematizadas de las disposiciones normativas que afecten a la conselleria y proponer la reunion o la revisión de los textos normativos que se consideren oportunos.
  • Gestionar el registro general, los medios materiales y los servicios auxiliares, así como otros elementos organizativos.
  • Ejercer aquellas otras facultades y atribuciones que le corresponden de acuerdo con la legislación vigente ..

Dirección General de Trabajo, Economia Social y Salud Laboral

Promoción del empleo; gestión, fomento y difusión de los modelos de economía social y autoempleo, entre los que cabe destacar las sociedades cooperativas, las sociedades laborales y los autónomos, registros públicos de empresas y asociaciones empresariales de la economía social y del trabajo autónomo; mediación, arbitraje y conciliación de los conflictos laborales; apertura de centros de trabajo; calendarios laborales; relaciones laborales, dirección y organización de los registros relacionados con las relaciones laborales, seguridad y salud laboral; potestad sancionadora en materia de relaciones laborales, seguridad y salud laboral; estudio del medio laboral; vigilancia de la salud, la seguridad y la higiene en el trabajo, estadística de seguridad y salud laboral, ejecución de la legislación de salud laboral, control de accidentes laborales y enfermedades profesionales; prevención e investigación de riesgos y accidentes laborales; impulso y desarrollo de las políticas de igualdad en el ámbito laboral; fomento de las medidas de conciliación de la vida personal, de la familiar y de la laboral con las empresas; impulso, fomento y difusión de medidas de innovación y calidad en el ámbito laboral; negociación colectiva y control de la legalidad de los convenios colectivos.

Dirección General de Comercio y Empresa

Comercio interior; equipamientos comerciales; ferias; artesanía; cámaras de comercio; política de precios; fomento en materia de comercio y empresa; casinos, juegos y apuestas.

Dirección General de Política Industrial

Fomento de la actividad industrial, impulso del desarrollo empresarial, competitividad, innovación, comercialización y diseño del tejido empresarial; instalaciones eléctricas e industriales; sectores industriales; minas, seguridad industrial y nuclear, UDIT y coordinación de la inspección técnica de vehículos.

Dirección General de Empleo y Economia

Planificación y ordenación económicas generales; promoción de la economía productiva; análisis de coyuntura laboral, económica y estadística; planificación, gestión y coordinación de las políticas activas de empleo, información, orientación e intermediación en el mercado laboral; planes de subvenciones; fomento de empleo, actividad formativa ocupacional, desarrollo de la formación profesional para el empleo. Se adscribe a esta Dirección General la Escuela de Hostelería de las Illes Balears, que ejerce funciones de docencia universitaria en el campo de la hostelería, la restauración, la formación profesional en la familia profesional de la hostelería y el turismo, la formación de empresarias y empresarios y profesionales para la empresa, y el fomento de la investigación científica y técnica al servicio de estos estudios.

Conselleria de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca

Secretaría General

La Secretaría General es el órgano directivo encargado de la gestión de los servicios comunes, así como de las funciones de asesoramiento jurídico y de apoyo técnico.
La Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca tiene adscrita y gestiona,además, la Comisión de Precios, órgano colegiado asesor que ejerce comptencias y funciones en materia de intervención de precios de agua.
También tiene, como todas las secretarías generales, las atribuciones que el artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears les atribuye:

  • Prestar asistencia técnica y jurídica al consejero en el ejercicio de la potestad normativa y en la producción de los actos administrativos que corresponden al consejero, así como a otros órganos directivos de la conselleria, en su caso.
  • Informar sobre los proyectos de disposiciones generales tramitados por la conselleria, en los términos previstos en la Ley del Gobierno de las Illes Balears.
  • Elaborar el anteproyecto del estado de gastos y de la estimación de ingresos de la conselleria y de las entidades públicas dependientes, de manera coordinada con los directores generales.
  • Controlar, bajo la dirección superior del consejero, la gestión del presupuesto de la conselleria.
  • Ejercer, de acordamb las directrices fijadas por el consejero, el control de la eficacia y de la eficiencia de los órganos y de las unidades administrativas de la conselleria.
  • Gestionar, bajo la dirección del consejero, los recursos humanos de la conselleria.
  • Tener cuidado de las publicaciones técnicas de la conselleria, así como preparar compilaciones sistematizadas de las disposiciones normativas que afecten a la conselleria y proponer la refundición o la revisión de los textos normativos que se consideren oportunos.
  • Gestionar el registro general, los medios materiales y los servicios auxiliares, así como otros elementos organizativos.
  • Ejercer aquellas otras facultades y atribuciones que le corresponden de acuerdo con la legislación vigente.
  • Gestionar la Comisión de Precios, órgano colegiado asesor que ejerce competencias y funciones en materia de intervención de precios de agua .

Dirección General de Agricultura y Ganadería

Planificación, ordenación y fomento de los sectores agrícolas y ganaderos; gestión del agua para regadío; infraestructuras necesarias para la producción agraria (construcciones agrarias y de regadíos); explotaciones agrarias prioritarias; fomento agrario; vías pecuarias y pastos; denominaciones de origen; sanidad, bienestar y alimentación de los animales; sanidad vegetal; desarrollo rural; formación, capacitación, investigación y laboratorio agrario, registros interinsulares agrarios, semillas y plantas de vivero; coacción y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias

Dirección General de Pesca y Medio Marino

Ordenación pesquera; recursos marinos; cofradías de pescadores; enseñanzas náutico-pesqueros; pesca marítima en aguas interiores de las Illes Balears; acuicultura marina, marisqueo y buceo profesional; incoación y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias.

Dirección General de Recursos Hídricos

Planificación hidrológica, tarifas de agua; infraestructuras hidráulicas; dominio público hidráulico y régimen jurídico del agua; laboratorio del agua; suministro de agua y saneamiento de aguas residuales; incoación y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias.

Dirección General de Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos

Planes y programas de educación ambiental para la sociedad civil; actividades formativas en los espacios naturales protegidos; planificación de los sistemas de gestión de residuos y suelos contaminados; incoación y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias.

Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad

Biodiversidad, paisaje y recursos forestales; ordenación de recursos naturales; conservación y gestión de especies silvestres protegidas o invasoras; competencias autonómicas de caza, planificación, conservación y gestión de espacios naturales, ecosistemas marinos y terrestres; planificación y gestión forestal y de monte; prevención y extinción de incendios forestales; gestión de la sanidad forestal y defensa de los equilibrios biológicos de los ecosistemas forestales; planes y acuerdos nacionales e internacionales relativos a la biodiversidad; incoación y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias.

Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears

La Comisión Balear de Medio Ambiente (regulada por el Decreto 4/2018, de 23 de febrero, por el que se aprueban la organización, las funciones y el régimen jurídico de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears) es un órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears con independencia funcional, adscrito a la consejería competente en materia de medio ambiente y que actúa como órgano ambiental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en cuanto a los proyectos, planes o programas sujetos a la evaluación de impacto ambiental o la evaluación ambiental estratégica de su competencia.
Asimismo, la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears ha de ejercer las competencias relativas a las autorizaciones ambientales integradas, en las agendas locales 21 y al resto que le atribuya la legislación vigente y el mencionado Decreto.

Conselleria de Territorio, Energia y Movilidad

Secretaría General

La Secretaría General es el órgano directivo encargado de la gestión de los servicios comunes, así como de las funciones de asesoramiento jurídico y de apoyo técnico.
La Secretaría General de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad tiene atribuidas, además, las competencias y funciones en materia de intervención de precios de transporte urbano.
También tiene, como todas las secretarías generales, las atribuciones que el artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears les atribuye:

  • Prestar asistencia técnica y jurídica al consejero en el ejercicio de la potestad normativa y en la producción de los actos administrativos que corresponden al consejero, así como a otros órganos directivos de la conselleria, en su caso.
  • Informar sobre los proyectos de disposiciones generales tramitados por la conselleria, en los términos previstos en la Ley del Gobierno de las Illes Balears.
  • Elaborar el anteproyecto del estado de gastos y de la estimación de ingresos de la conselleria y de las entidades públicas dependientes, de manera coordinada con los directores generales.
  • Controlar, bajo la dirección superior del consejero, la gestión del presupuesto de la conselleria.
  • Ejercer, de acuerdo con las directrices fijadas por el consejero, el control de la eficacia y de la eficiencia de los órganos y de las unidades administrativas de la conselleria.
  • Gestionar, bajo la dirección del consejero, los recursos humanos de la conselleria.
  • Tener cuidado de las publicaciones técnicas de la conselleria, así como preparar compilaciones sistematizadas de las disposiciones normativas que afecten a la conselleria y proponer la reunion o la revisión de los textos normativos que se consideren oportunos.
  • Gestionar el registro general, los medios materiales y los servicios auxiliares, así como otros elementos organizativos.
  • Ejercer aquellas otras facultades y atribuciones que le corresponden de acuerdo con la legislación vigente.
  • Competencias y funciones en materia de intervención de precios de transporte urbano

Dirección General de Puertos y Aeropuertos

ordenación y planificación del transporte marítimo entre puertos o puntos de la comunidad autónoma sin conexión con otros puertos o puntos de otros ámbitos territoriales; intervención administrativa en materia de navegación y titulaciones náutico y en materias de su competencia; buceo recreativo; participación y seguimiento de la política de transporte aéreo; promoción y planificación de la participación de la Comunidad Autónoma en la gestión de los aeropuertos (cogestión aeroportuaria); infraestructuras portuarias de competencia autonómica y gestión del dominio público portuario; facultades y competencias que establece la normativa vigente en el ente Puertos de las Illes Balears

Dirección General de Ordenación del Territorio

Planificación general de la ordenación territorial y urbanística; cartografía; recuperación y mejora de infraestructuras territoriales; ordenación y protección del litoral; actuaciones en dominio público marítimo-terrestre; sistemas de información territorial; ordenación del litoral; autorizaciones y control de los vertidos de tierra al mar; intervenciones medioambientales en relación con las aguas costeras; autorizaciones y control de las actuaciones en zona de servidumbre de protección de la Ley de Costas en suelo rústico; informes y actuaciones relativos a planes, proyectos y obras en la costa incluido el dominio público marítimo-terrestre; incoación y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias.

Dirección General de Arquitectura y Vivienda

Planificación, ordenación, inspección y control de los transportes terrestres; incoación y resolución de los correspondientes expedientes sancionadores; políticas de movilidad; supresión de barreras arquitectónicas en los medios de transporte público de viajeros por carretera y ferrocarril; planificación, construcción, ordenación y gestión de las carreteras de titularidad autonómica y de otras infraestructuras públicas.

Direcció General d'Arquitectura i Habitatge

Fomento de la rehabilitación de inmuebles; viviendas de protección oficial; supresión de barreras arquitectónicas; control de la calidad de la edificación; arquitectura: proyectos y valoraciones.

Dirección General de Energia y Cambio Climático

Energías convencionales y alternativas; fomento y planificación de la eficiencia energética y utilización de energías renovables; ordenación energética; instalaciones eléctricas de alta tensión; redes de transporte y distribución de electricidad y gas; coordinación de actuaciones en materia de cambio climático; cumplimiento de los compromisos de reducción de emisión de gases de efecto invernadero; control de la contaminación atmosférica; inventario de emisiones; calidad del aire; laboratorio de la atmósfera; seguimiento de la evolución del clima; estadísticas energéticas y de cambio climático; y coordinación y control de las políticas energéticas de la Administración de la Comunitat Autónoma y de sus entidades instrumentales.

Conselleria de Cultura, Participación y Deportes

Secretaría General

La Secretaría General es el órgano directivo encargado de la gestión de los servicios comunes, y también de las funciones de asesoramiento jurídico y de apoyo técnico.
Las atribuciones de las secretarías generales son las que recoge el artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears:

  • Prestar asistencia técnica y jurídica al consejero en el ejercicio de la potestad normativa y en la producción de los actos administrativos que corresponden al consejero, así como a otros órganos directivos de la conselleria, en su caso.
  • Informar sobre los proyectos de disposiciones generales tramitados por la conselleria, en los términos previstos en la Ley del Gobierno de las Illes Balears.
  • Elaborar el anteproyecto del estado de gastos y de la estimación de ingresos de la conselleria y de las entidades públicas dependientes, de manera coordinada con los directores generales.
  • Controlar, bajo la dirección superior del consejero, la gestión del presupuesto de la conselleria.
  • Ejercer, de acuerdo con las directrices fijadas por el consejero, el control de la eficacia y de la eficiencia de los órganos y de las unidades administrativas de la conselleria.
  • Gestionar, bajo la dirección del consejero, los recursos humanos de la conselleria.
  • Tener cuidado de las publicaciones técnicas de la conselleria, así como preparar compilaciones sistematizadas de las disposiciones normativas que afecten a la conselleria y proponer la reunion o la revisión de los textos normativos que se consideren oportunos.
  • Gestionar el registro general, los medios materiales y los servicios auxiliares, así como otros elementos organizativos.
  • Ejercer aquellas otras facultades y atribuciones que le corresponden de acuerdo con la legislación vigente.

Dirección General de Cultura

Difusión y fomento de la cultura; promoción de la cultura balear en el exterior; cultura popular; libros y propiedad intelectual; bibliotecas, museos, archivos y equipamientos culturales; patrimonio histórico; archivos administrativos incluidos los telemáticos; patrimonio cultural; gestión del Registro de la Propiedad Intelectual; gestión del Protectorado de las fundaciones de carácter cultural; gestión del Registro de Bienes de Interés Cultural y del Catálogo General del Patrimonio Histórico de las Illes Balears; gestión del Centro de Publicaciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; gestión del Archivo General de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; dirección de la oficina de servicios Film Commission

Dirección General de Política Lingüística

Normalización de la lengua catalana; promoción y defensa de los derechos lingüísticos; certificación de los conocimientos de lengua catalana de la población adulta fuera de la enseñanza reglada mediante la organización y la gestión de pruebas, y reconocimiento de certificados equivalentes; homologación de los estudios de lengua catalana de la ESO y del bachillerato con los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana

Dirección General de Participación y Memória Democrática

Participación ciudadana; sensibilización cívica y social y apoyo al voluntariado; impulso y fomento de la participación y coordinación de las políticas de la memoria democrática y la gestión del censo de personas desaparecidas

Dirección General de Deportes y Juventud

Fomento de la actividad deportiva competitiva, de alto nivel y tecnificación; instalaciones e infraestructuras deportivas; impulso de la función social de la actividad física y del deporte en la dimensión educativa y formativa, la adquisición de hábitos saludables y mejora de la salud pública, y la generación de actitudes y compromisos cívicos y solidarios; reconocimiento de competiciones oficiales; reconocimiento, registro y control de las entidades deportivas; fomento de la actividad deportiva y del deporte y especialmente en el ámbito escolar y universitario, entre los sectores sociales vulnerables, del deporte adaptado y los deportes autóctonos; reconocimiento de nuevas modalidades y disciplinas deportivas; titulaciones deportivas y formación; ejercicio de la potestad sancionadora en materia administrativa deportiva; prevención y control del dopaje deportivo y la violencia en el deporte; distinciones deportivas; promoción de las actividades juveniles; turismo juvenil; actividades y formación de tiempo libre; participación y asociaciones juveniles; promoción de los jóvenes artistas; instalaciones juveniles; información juvenil; coordinación de políticas de juventud; análisis y estudio de la realidad de los jóvenes y programas de movilidad juvenil.

Consejo de la Juventud

El Consejo de la Juventud de las Illes Balears es el máximo órgano de canalización de la participación de la juventud en el desarrollo social, político, económico y cultural de las Illes Balears. Se configura como un órgano colegiado de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, pero no participa en la estructura orgánica no jerárquica de la misma, con lo cual queda garantizada su autonomía e independencia. Más información