Pasa 8. Pago de la subvención

Una vez se ha justificado de manera suficiente la realización de la actividad subvencionada, se ha acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que se ha otorgado la subvención y se haya realizado el informe técnico correspondiente, se iniciará el trámite para el pago de la subvención.

El pago de la subvención concedida puede ser total o parcial, de acuerdo con la justificación que se haya presentado.


1. Pago total de la subvención

Si se ha justificado totalmente la actividad subvencionada, la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático tramitará el pago total de la subvención. El ingreso en la cuenta bancaria del beneficiario se producirá una vez se hayan realizado todos los trámites correspondientes.

2. Pago parcial de la subvención

Si se ha justificado parcialmente la actividad subvencionada, la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático tramitará el pago parcial de la subvención. Previo a la tramitación del pago parcial de la subvención se notificará al beneficiario el importe de la subvención que se pagará y el importe que se desvinculará, así como la motivación del pago parcial. La notificación sobre el pago parcial de la subvención se realizará con el mismo procedimiento que el que se establece en el proceso de concesión —BOIB, carpeta ciudadana o carta certificada, según corresponda— (ver apartado notificación paso 4).

El ingreso de la subvención en la cuenta bancaria del beneficiario se producirá una vez se hayan realizados todos los trámites correspondientes.