INCORPORACIÓN DE NUEVOS VEHÍCULOS A LA AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE PÚBLICO

Transporte público discrecional de viajeros en autobús

Para la adscripción de nuevos vehículos a una autorización de transporte público de viajeros ya existente, así como la substitución de alguno de los ya adscritos.

En el supuesto de tramitación por parte de una gestoría/representante, se tendrá que presentar el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

REQUISITOS:

1. El vehículo tiene que estar matriculado en España y disponer de él en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.

2. La capacidad financiera de la empresa deberá ser suficiente en relación al número de vehículos resultante de la nueva adscripción.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

a) En el caso de que se disponga del vehículo/s mediante arrendamiento ordinario, deberá aportarse el contrato correspondiente con una empresa arrendadora.

b) El último Impuesto de Sociedades presentado por la empresa.

c) Documento de ingreso de la tasa.

d) Tasa Certificado. Sólo para vehículos con una capacidad superior a 9 plazas, incluida la del conductor, para la emisión del certificado para presentar ante la Jefatura Provincial de Tráfico para la matriculación y/o transferencia. (Art. 106 Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social).