SUBSTITUCIÓN DE UN VEHÍCULO ADSCRITO A UNA AUTORIZACIÓN DE ALQUILER DE VEHÍCULOS CON CONDUCTOR YA EXISTENTE.

Los vehículos que tienen adscritas las autorizaciones de alquiler de vehículos con conductor, se pueden substituir por otros, siempre que así lo autorice la administración.

En el caso de tramitación realizada por parte de una gestoría/representante, se deberá presentar el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

REQUISITOS:

1. EL vehículo substituto ha de cumplir todos los requisitos exigidos para la originaria expedición de la autorización.

2. La substitución del vehículo afecto a una autorización de alquiler de vehículos con conductor, está condicionada al pago de las sanciones pecuniarias impuestas a su titular mediante resolución que ponga fín a la vía administrativa, por infracciones de la legislación de transportes.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

a) En el caso de que se disponga del vehículo/s mediante arrendamiento ordinario, deberá aportarse el contracto correspondiente con una empresa arrendadora.

b) Documento de ingreso de la tasa.