Ayudas al transporte terrestre de mercancías y de viajeros, y al desguace de vehículos afectados por el conflicto en el Oriente Medio
Normativa reguladora
Orden 20/2026, de 3 de julio, del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad, por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueban las convocatorias de ayudas en el transporte terrestre previstas en el Decreto Ley 1/2026, de 1 de abril, por el cual se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica producida por los efectos de la guerra en el Oriente Medio .
BOIB n.º 85, de 7 de julio de 2026: Consultar la publicación al BOIB
Objeto
Esta Orden establece las bases reguladoras y aprueba siete convocatorias de ayudas destinadas a paliar el efecto perjudicial en el desarrollo de la actividad de transporte provocado por el incremento de los costes de los productos petrolíferos a consecuencia de la guerra en el Oriente Medio .
No son objeto de ayuda, en ninguna de las líneas, los vehículos eléctricos de cero emisiones de batería (BEV), de célula de combustible (FCEV) o de combustión de hidrógeno (HICEV).
Resumen de las 7 convocatorias (anexos)
Anexo 1 — Personas físicas titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías (MDP/MDL)
- Beneficiarios: personas físicas titulares, a 1 de abril de 2026, de una autorización vigente MDP o MDL domiciliada en las Illes Balears .
- Crédito: 1.000.000 €.
- Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 09/07/2026 a las 00:00 hasta el 29/07/2026 a las 23:59.
- Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
- Cuantía: importe fijo por vehículo según el tonelaje (MMA) y la isla de domiciliación. Importe máximo por solicitante: 16.500 €.
| MMA (t) | Mallorca | Menorca | Ibiza | Formentera | |
| MDL/MDP | x ≤ 3,5 | 1.000,00 € | 1.050,00 € | 1.050,00 € | 1.100,00 € |
| MDP | 3,5 < x ≤ 7,5 | 1.200,00 € | 1.260,00 € | 1.260,50 € | 1.320,00 € |
| MDP | 7,5 < x ≤ 12 | 1.600,00 € | 1.680,00 € | 1.680,00 € | 1.760,00 € |
| MDP | x > 12 | 2.000,00 € | 2.100,00 € | 2.100,00 € | 2.200,00 € |
Anexo 2 — Personas jurídicas titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías (MDP/MDL)
- Beneficiarios: personas jurídicas titulares, a 1 de abril de 2026, de una autorización vigente MDP o MDL domiciliada en las Illes Balears .
- Crédito: 4.600.000 €.
- Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 09/07/2026 a las 00:00 hasta el 29/07/2026 a las 23:59.
- Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
- Cuantía: importe fijo por vehículo según el tonelaje (MMA) y la isla de domiciliación. Importe máximo por solicitante: 160.000 €.
| MMA (t) | Mallorca | Menorca | Ibiza | Formentera | |
| MDL/MDP | x ≤ 3,5 | 1.000,00 € | 1.050,00 € | 1.050,00 € | 1.100,00 € |
| MDP | 3,5 < x ≤ 7,5 | 1.200,00 € | 1.260,00 € | 1.260,50 € | 1.320,00 € |
| MDP | 7,5 < x ≤ 12 | 1.600,00 € | 1.680,00 € | 1.680,00 € | 1.760,00 € |
| MDP | x > 12 | 2.000,00 € | 2.100,00 € | 2.100,00 € | 2.200,00 € |
Anexo 3 — Personas jurídicas que hacen transporte privado complementario de mercancías (CNAE división 46)
- Beneficiarios: personas jurídicas PYME, de alta a la división 46 de la CNAE (excepto vehículos de motor y motocicletas), que efectúen transporte privado complementario con vehículos propios, en arrendamiento financiero u ordinario.
- Crédito: 400.000 €.
- Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 13/07/2026 a las 00:00 hasta el 31/07/2026 a las 23:59.
- Pago: anticipo anticipado del 100%, sin necesidad de garantía.
- Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
- Cuantía: importe por vehículo según tonelaje e isla. Importe máximo por solicitante: 25.000 €.
| MMA (t) | Mallorca | Menorca /Ibiza | Formentera |
| x ≤ 3,5 | 525 € | 551 € | 580 € |
| x > 3,5 | 685 € | 720 € | 755 € |
Anexo 4 — Titulares de autorizaciones de transporte público de viajeros en autobús (transporte discrecional, VD)
- Beneficiarios: personas físicas o jurídicas titulares, a 1 de abril de 2026, de una autorización VD domiciliada en las Illes Balears y destinada al transporte discrecional.
- Crédito: 750.000 €.
- Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 09/07/2026 a las 00:00 hasta el 29/07/2026 a las 23:59.
- Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
- Cuantía: según número de plazas del vehículo e isla. Importe máximo por solicitante: 90.000 €.
| Mallorca | Menorca | Ibiza | Formentera | |
| Hasta 18 plazas | 275,00 € | 290,00 € | 290,00 € | 305,00 € |
| Más de 18 plazas | 385,00 € | 405,00 € | 405,00 € | 425,00 € |
Anexo 5 — Titulares de autorizaciones ordinarias de transporte público de viajeros en taxi (VT)
- Beneficiarios: titulares, a 1 de marzo de 2026, de autorizaciones ordinarias VT domiciliadas en las Illes Balears (quedan excluidas las autorizaciones de carácter temporal).
- Crédito: 500.000 €.
- Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 16/07/2026 a las 00:00 hasta el 05/08/2026 a las 23:59.
- Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
- Cuantía: por vehículo según la isla. Importe máximo por solicitante: 7.500 €.
| Mallorca | Menorca | Ibiza | Formentera |
| 200 € | 210 € | 210 € | 220 € |
Anexo 6 — Titulares de autorizaciones ordinarias de transporte público de viajeros en vehículos de arrendamiento con conductor (VTC)
- Beneficiarios: titulares de autorizaciones ordinarias VTC domiciliadas en las Illes Balears que hayan realizado actividad de transporte entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2026 (quedan excluidas las autorizaciones temporales).
- Crédito: 100.000 €.
- Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 16/07/2026 a las 00:00 hasta el 05/08/2026 a las 23:59.
- Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
- Cuantía: por vehículo según la isla. Importe máximo por solicitante: 7.500 €.
| Mallorca | Menorca | Ibiza |
| 130 € | 135 € | 135 € |
Anexo 7 — Desguace de vehículos pesados de transporte de mercancías y de autobuses
- Beneficiarios: personas físicas o jurídicas titulares de una autorización MDP, VD, MPC o VPC domiciliada en las Illes Balears , con vehículos (categoría M2, M3, N2 o N3) matriculados antes del 1 de julio de 2016, de su titularidad como mínimo los últimos dos años.
- Crédito: 2.500.000 €.
- Plazo de presentación: del 13/07/2026 a las 00:00 hasta el 11/09/2026 a las 23:59.
- Pago: anticipo del 100%, sin necesidad de garantía. Plazo para efectuar el desguace: 12 meses desde la notificación de la concesión.
- Incompatibilidad: esta ayuda es incompatible con otras subvenciones para la misma finalidad.
- Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
- Cuantía: por vehículo desguazado, según la categoría y la antigüedad (estándar Euro). Máximo 5 vehículos (personas físicas) o 30 vehículos (personas jurídicas) por solicitante.
| Categoría de vehículo |
Vehículo Euro V o EEV |
Vehículo Euro IV o Euro III | Vehículo Euro II o más antiguo |
| M2 | 20.000 € | 9.000 € | 4.000 € |
| M3 | 25.000 € | 12.000 € | 6.000 € |
| N2 | 12.000 € | 5.000 € | 2.500 € |
| N3, con masa máxima inferior a 16 toneladas | 15.000 € | 7.000 € | 3.000 € |
| N3, con masa máxima superior a 16 toneladas | 20.000 € | 10.000 € | 5.000 € |
Cuestiones comunes a todas las convocatorias
- Procedimiento de concesión: concurrencia no competitiva, por estricto orden de entrada de las solicitudes, hasta agotar el crédito asignado a cada convocatoria (sin comparación ni prelación entre solicitudes).
- Presentación de solicitudes: exclusivamente por vía telemática, mediante el trámite específico habilitado en la Sede Electrónica de la CAIB .
- Orden de entrada y enmiendas: la resolución de las solicitudes se hace por estricto orden de entrada en el registro. Si una solicitud tiene que ser enmendada o modificada (por ejemplo, para completar documentación o para variar el importe solicitado), la fecha que se tendrá en cuenta a efectos de la orden de prelación será la de la presentación de la enmienda o modificación, y no la de la solicitud inicial. Esto puede suponer la pérdida de la prioridad de entrada originaria.
- Una solicitud por beneficiario: solo se puede presentar una solicitud por beneficiario a cada convocatoria. Si se presenta una de nueva, hay que renunciar expresamente al anterior; en caso contrario, solo se tendrá en cuenta la primera solicitud registrada.
- Plazo de resolución: hasta 5 meses desde la entrada de la solicitud completa. Transcurrido ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada.
- Recursos: contra la resolución de concesión o denegación se puede interponer recurso potestativo de reposición (1 mes) o recurso contencioso-administrativo.
- Importe de subvención: importe fijo por vehículo (cuantía estimativa), no sujeto a comparación entre solicitudes.
- Exclusiones: Quedan excluidos los vehículos eléctricos de cero emisiones (BEV), de célula de combustible (FCEV) o de combustión de hidrógeno (HICEV). Todos los vehículos tienen que estar domiciliados en un municipio de las Illes Balears. Las empresas en crisis y aquellas sancionadas por normativa específica de igualdad y no-discriminación están excluidas.
Representación
- Las personas interesadas pueden presentar la solicitud directamente o mediante una persona representante.
- Cuando la solicitud se presente por medio de una persona representante, hay que acreditar la representación. Esta se puede justificar mediante el modelo de autorización de representación que figura a continuación de este texto o mediante cualquier otro medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, en conformidad con el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 32 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Descargar la autorización de la representación.- La representación se tendrá que acreditar durante la tramitación electrónica.
Dudas y consultas
Para cualquier duda o consulta relacionada con estas convocatorias, puede escribir a: ajudes.transport@dgmobil.caib.es
Este texto tiene carácter meramente informativo. El contenido íntegro y vinculante de las bases reguladoras y de las siete convocatorias se encuentra en la Orden 20/2026, publicada en el BOIB n.º 85, de 7 de julio de 2026.