Ayudas al transporte terrestre de mercancías y de viajeros, y al desguace de vehículos afectados por el conflicto en el Oriente Medio

Normativa reguladora

Orden 20/2026, de 3 de julio, del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad, por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueban las convocatorias de ayudas en el transporte terrestre previstas en el Decreto Ley 1/2026, de 1 de abril, por el cual se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica producida por los efectos de la guerra en el Oriente Medio .

BOIB n.º 85, de 7 de julio de 2026: Consultar la publicación al BOIB

Objeto

Esta Orden establece las bases reguladoras y aprueba siete convocatorias de ayudas destinadas a paliar el efecto perjudicial en el desarrollo de la actividad de transporte provocado por el incremento de los costes de los productos petrolíferos a consecuencia de la guerra en el Oriente Medio .

No son objeto de ayuda, en ninguna de las líneas, los vehículos eléctricos de cero emisiones de batería (BEV), de célula de combustible (FCEV) o de combustión de hidrógeno (HICEV).


Resumen de las 7 convocatorias (anexos)

Anexo 1 — Personas físicas titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías (MDP/MDL)

  • Beneficiarios: personas físicas titulares, a 1 de abril de 2026, de una autorización vigente MDP o MDL domiciliada en las Illes Balears .
  • Crédito: 1.000.000 €.
  • Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 09/07/2026 a las 00:00 hasta el 29/07/2026 a las 23:59.
  • Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
  • Cuantía: importe fijo por vehículo según el tonelaje (MMA) y la isla de domiciliación. Importe máximo por solicitante: 16.500 €.
MMA (t) Mallorca Menorca Ibiza Formentera
MDL/MDP x ≤ 3,5 1.000,00 € 1.050,00 € 1.050,00 € 1.100,00 €
MDP 3,5 < x ≤ 7,5 1.200,00 € 1.260,00 € 1.260,50 € 1.320,00 €
MDP 7,5 < x ≤ 12 1.600,00 € 1.680,00 € 1.680,00 € 1.760,00 €
MDP x > 12 2.000,00 € 2.100,00 € 2.100,00 € 2.200,00 €

Anexo 2 — Personas jurídicas titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías (MDP/MDL)

  • Beneficiarios: personas jurídicas titulares, a 1 de abril de 2026, de una autorización vigente MDP o MDL domiciliada en las Illes Balears .
  • Crédito: 4.600.000 €.
  • Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 09/07/2026 a las 00:00 hasta el 29/07/2026 a las 23:59.
  • Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
  • Cuantía: importe fijo por vehículo según el tonelaje (MMA) y la isla de domiciliación. Importe máximo por solicitante: 160.000 €.
MMA (t) Mallorca Menorca Ibiza Formentera
MDL/MDP x ≤ 3,5 1.000,00 € 1.050,00 € 1.050,00 € 1.100,00 €
MDP 3,5 < x ≤ 7,5 1.200,00 € 1.260,00 € 1.260,50 € 1.320,00 €
MDP 7,5 < x ≤ 12 1.600,00 € 1.680,00 € 1.680,00 € 1.760,00 €
MDP x > 12 2.000,00 € 2.100,00 € 2.100,00 € 2.200,00 €

Anexo 3 — Personas jurídicas que hacen transporte privado complementario de mercancías (CNAE división 46)

  • Beneficiarios: personas jurídicas PYME, de alta a la división 46 de la CNAE (excepto vehículos de motor y motocicletas), que efectúen transporte privado complementario con vehículos propios, en arrendamiento financiero u ordinario.
  • Crédito: 400.000 €.
  • Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 13/07/2026 a las 00:00 hasta el 31/07/2026 a las 23:59.
  • Pago: anticipo anticipado del 100%, sin necesidad de garantía.
  • Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
  • Cuantía: importe por vehículo según tonelaje e isla. Importe máximo por solicitante: 25.000 €.
MMA (t) Mallorca Menorca /Ibiza Formentera
x ≤ 3,5 525 € 551 € 580 €
x > 3,5 685 € 720 € 755 €

Anexo 4 — Titulares de autorizaciones de transporte público de viajeros en autobús (transporte discrecional, VD)

  • Beneficiarios: personas físicas o jurídicas titulares, a 1 de abril de 2026, de una autorización VD domiciliada en las Illes Balears y destinada al transporte discrecional.
  • Crédito: 750.000 €.
  • Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 09/07/2026 a las 00:00 hasta el 29/07/2026 a las 23:59.
  • Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
  • Cuantía: según número de plazas del vehículo e isla. Importe máximo por solicitante: 90.000 €.
Mallorca Menorca Ibiza Formentera
Hasta 18 plazas 275,00 € 290,00 € 290,00 € 305,00 €
Más de 18 plazas 385,00 € 405,00 € 405,00 € 425,00 €

Anexo 5 — Titulares de autorizaciones ordinarias de transporte público de viajeros en taxi (VT)

  • Beneficiarios: titulares, a 1 de marzo de 2026, de autorizaciones ordinarias VT domiciliadas en las Illes Balears (quedan excluidas las autorizaciones de carácter temporal).
  • Crédito: 500.000 €.
  • Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 16/07/2026 a las 00:00 hasta el 05/08/2026 a las 23:59.
  • Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
  • Cuantía: por vehículo según la isla. Importe máximo por solicitante: 7.500 €.
Mallorca Menorca Ibiza Formentera
200 € 210 € 210 € 220 €

Anexo 6 — Titulares de autorizaciones ordinarias de transporte público de viajeros en vehículos de arrendamiento con conductor (VTC)

  • Beneficiarios: titulares de autorizaciones ordinarias VTC domiciliadas en las Illes Balears que hayan realizado actividad de transporte entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2026 (quedan excluidas las autorizaciones temporales).
  • Crédito: 100.000 €.
  • Plazo de presentación: 15 días hábiles, del 16/07/2026 a las 00:00 hasta el 05/08/2026 a las 23:59.
  • Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
  • Cuantía: por vehículo según la isla. Importe máximo por solicitante: 7.500 €.
Mallorca Menorca Ibiza
130 € 135 € 135 €

Anexo 7 — Desguace de vehículos pesados de transporte de mercancías y de autobuses

  • Beneficiarios: personas físicas o jurídicas titulares de una autorización MDP, VD, MPC o VPC domiciliada en las Illes Balears , con vehículos (categoría M2, M3, N2 o N3) matriculados antes del 1 de julio de 2016, de su titularidad como mínimo los últimos dos años.
  • Crédito: 2.500.000 €.
  • Plazo de presentación: del 13/07/2026 a las 00:00 hasta el 11/09/2026 a las 23:59.
  • Pago: anticipo del 100%, sin necesidad de garantía. Plazo para efectuar el desguace: 12 meses desde la notificación de la concesión.
  • Incompatibilidad: esta ayuda es incompatible con otras subvenciones para la misma finalidad.
  • Enlace a la ficha del procedimiento a la Sede Electrónica: Accede a la solicitud
  • Cuantía: por vehículo desguazado, según la categoría y la antigüedad (estándar Euro). Máximo 5 vehículos (personas físicas) o 30 vehículos (personas jurídicas) por solicitante.
Categoría de vehículo 

Vehículo Euro V o EEV

Vehículo Euro IV o Euro III  Vehículo Euro II o más antiguo
M2 20.000 € 9.000 € 4.000  €
M3 25.000 € 12.000 € 6.000 €
N2 12.000 € 5.000 € 2.500 €
N3, con masa máxima inferior a 16 toneladas 15.000 € 7.000 € 3.000 €
N3, con masa máxima superior a 16 toneladas 20.000 € 10.000 € 5.000 €

Cuestiones comunes a todas las convocatorias

  • Procedimiento de concesión: concurrencia no competitiva, por estricto orden de entrada de las solicitudes, hasta agotar el crédito asignado a cada convocatoria (sin comparación ni prelación entre solicitudes).
  • Presentación de solicitudes: exclusivamente por vía telemática, mediante el trámite específico habilitado en la Sede Electrónica de la CAIB .
  • Orden de entrada y enmiendas: la resolución de las solicitudes se hace por estricto orden de entrada en el registro. Si una solicitud tiene que ser enmendada o modificada (por ejemplo, para completar documentación o para variar el importe solicitado), la fecha que se tendrá en cuenta a efectos de la orden de prelación será la de la presentación de la enmienda o modificación, y no la de la solicitud inicial. Esto puede suponer la pérdida de la prioridad de entrada originaria.
  • Una solicitud por beneficiario: solo se puede presentar una solicitud por beneficiario a cada convocatoria. Si se presenta una de nueva, hay que renunciar expresamente al anterior; en caso contrario, solo se tendrá en cuenta la primera solicitud registrada.
  • Plazo de resolución: hasta 5 meses desde la entrada de la solicitud completa. Transcurrido ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada.
  • Recursos: contra la resolución de concesión o denegación se puede interponer recurso potestativo de reposición (1 mes) o recurso contencioso-administrativo.
  • Importe de subvención: importe fijo por vehículo (cuantía estimativa), no sujeto a comparación entre solicitudes.
  • Exclusiones: Quedan excluidos los vehículos eléctricos de cero emisiones (BEV), de célula de combustible (FCEV) o de combustión de hidrógeno (HICEV). Todos los vehículos tienen que estar domiciliados en un municipio de las Illes Balears. Las empresas en crisis y aquellas sancionadas por normativa específica de igualdad y no-discriminación están excluidas.

Representación

  • Las personas interesadas pueden presentar la solicitud directamente o mediante una persona representante.
  • Cuando la solicitud se presente por medio de una persona representante, hay que acreditar la representación. Esta se puede justificar mediante el modelo de autorización de representación que figura a continuación de este texto o mediante cualquier otro medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, en conformidad con el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 32 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
  • Representa.pdf Descargar la autorización de la representación.
  • La representación se tendrá que acreditar durante la tramitación electrónica.

Dudas y consultas

Para cualquier duda o consulta relacionada con estas convocatorias, puede escribir a: ajudes.transport@dgmobil.caib.es


Este texto tiene carácter meramente informativo. El contenido íntegro y vinculante de las bases reguladoras y de las siete convocatorias se encuentra en la Orden 20/2026, publicada en el BOIB n.º 85, de 7 de julio de 2026.