Complemento de Alquiler para titulares de PNC: Requisitos 

 

Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan los requisitos siguientes:

 

a. Tener reconocida una pensión no contributiva de jubilación o de invalidez de la Seguridad Social en la fecha de la solicitud y en la de la resolución.

b. Carecer de vivienda en propiedad.

c. Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda en la fecha de la solicitud.

d. No tener relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda alquilada, ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.

e. Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en la vivienda alquilada.

 

Se entenderá que la vivienda es el domicilio habitual del pensionista cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un periodo mínimo de 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una Pensión No Contributiva (PNC), sólo tendrá derecho en este complemento aquél que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.