Protocolo de actuación a corto plazo por la superación del umbral de alerta de contaminantes de la atmósfera

El Procedimiento de Actuación a corto plazo, entre la Dirección General de Emergencias e Interior y la Dirección General de Energía y Cambio Climático, por la superación del umbral de alerta de contaminantes de la atmósfera establece un protocolo para llevar a cabo actuaciones inmediatas en caso de superación de los umbrales de alerta definidos en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, y por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

A los efectos del presente procedimiento se define como umbral de alerta aquel nivel a partir del cual una exposición de duración breve supone un riesgo para la salud humana que afecta al conjunto de la población y que requiere la adopción de medidas inmediatas por parte de las Administraciones competentes.

Cuando se haya detectado la superación de un umbral de alerta se activará la comunicación de la misma.

La información a la población incluirá:

- La información sobre la superación o superaciones observadas.
- Las previsiones para la tarde o el día o días siguientes.
- Las recomendaciones para la población.

Este protocolo se puede consultar en el siguiente enlace

Los informes de superaciones de umbrales de información y alerta se pueden consultar en el siguiente enlace