PROCESO CERRADO
(05/05/2023)
Las personas solicitantes de la ayuda al alquiler de 2021 que se detallan en el anexo disponen de un plazo de diez días hábiles, comprendido entre las 00:01 del 8 de mayo y las 23:59 del 19 de mayo de 2023, ambos incluidos, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida.
Una vez finalizado el plazo establecido, si no se ha realizado la subsanación, no se ha aportado la documentación requerida o es incorrecta, se entenderá que desiste de la solicitud y se archivará el expediente.
La subsanación de la deficiencia o la aportación de la documentación requerida deberá realizarse preferentemente de forma telemática a través del enlace siguiente:
*Será necesario indicar el número del expediente que figura en el anexo (PAV-xxxxx/2021) o (PAC-xxxxx/2021) |
También podrá aportarse la documentación presencialmente en:
- Oficinas de asistencia en materia de registros (formato PDF)
- Entidades locales de las Illes Balears integradas en SIR
Aportando el modelo de solicitud de deficiencias. (descarga aquí)
*Aquellas personas que tengan como deficiencia la letra H deberán presentar la declaración de veracidad de datos bancarios.
*Aquellas personas que tengan como deficiencia la letra E deberán presentar el Anexo 3 - Declaración Responsable
*Aquellas personas que tengan como deficiencia la letra F deberán presentar el Anexo 2 - Autorización para la consulta telemática de datos
Anexo Requerimiento deficiencias | Solicita cita previa |