Según el artículo 12 de la Ley 10/2014 , de 1 de octubre, de Ordenación M inera de las Islas Baleares, se crea el Registro Minero de las Islas Baleares , en el que se inscriben todos los derechos mineros autorizados o concedidos en el territorio de las Islas Baleares, así como sus modificaciones.
La inscripción incluye , con el desglose suficiente, el tipo de derecho minero , el titular , la extensión, la delimitación , los establecimientos de beneficio e instalaciones auxiliares, la maquinaria y cualquier otro elemento esencial para la actividad minera.
Igualmente , se incluye la pertinente representación gráfica, tanto de la explotación propiamente dicha, como en su caso , del cumplimiento de las fases del Plan de restauración.
La proyección adoptada es la UTM, sistema referencia ETRS89.
La maquinaria incluye establecimientos de beneficio y instalaciones auxiliares.
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