Proyectos de investigación científica y tecnológica para el periodo 2020-2024
La finalidad de esta convocatoria es apoyar a proyectos de investigación científica y tecnológica, que se tienen que desarrollar en centros públicos y privados sin ánimo de lucro de las Islas Baleares. El objetivo principal es promover la generación de conocimiento científico y tecnológico, y la investigación de calidad, evidenciada, tanto por la internacionalización de las actividades y la publicación de los resultados, como por su contribución a la solución de los problemas sociales, económicos y tecnológicos de la sociedad de las Islas Baleares
Código SIA
2402057
Personas destinatarias
a) Centro público de R+D: universidades públicas, organismos públicos de investigación (reconocidos en la Ley 14/2011), entidades sanitarias públicas o de titularidad pública de naturaleza institucional con personificación privada, sin ánimo de lucro, y, en general, cualquier centro de R+D dependiente de las diferentes administraciones públicas.
b) Otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la R+D como actividad principal.
Plazo máximo para la resolución y notificación
El plazo máximo para resolver los procedimientos y notificar la resolución es de seis meses, contadores desde la fecha de presentación de la solicitud. La persona o la entidad interesada puede entender desestimada la solicitud si, una vez transcurrido el plazo máximo de seis meses desde que la presentó, no se le ha notificado ninguna resolución
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Política Universitaria e Investigación
Documentos relacionados con el procedimiento
Trámites
Aceptación de la ayuda
Requisitos
Presentar el impreso de aceptación de la ayuda (impreso 5)
Documentación a presentar
Ver el punto 15 de la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 10 de diciembre de 2020 por la cual se aprueba la convocatoria para apoyar a proyectos de investigación científica y tecnológica para el periodo 2020-2024 (BOIB n.º 213 de 24 de diciembre de 2020)
Modelos:
Plazo máximo
10 días desde la notificación de la propuesta de Resolución
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para las personas físicas). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (solo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Política Universitaria e Investigación
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Investigación y Desarrollo
Ctra. de Valldemossa, km 7,4. ParcBit. Edifici Naorte, bloc A, 2a planta. Tel.: 971176009
(recerca@dgrdi.caib.es)