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Convocatoria de subvenciones del Programa SOIB Jove- Cualificados Sector Público/ Ayuntamientos 2019

El objeto de esta convocatoria es subvencionar parte de los costes salariales y de Seguridad Social de los jóvenes que se contraten, con el objetivo de que mejoren su empleabilidad en el ejercicio práctico de los conocimientos adquiridos en su formación y en las áreas de su conocimiento y, de esta manera, mejorar las posibilidades de inserción posterior en el mercado laboral.

Código SIA

1988245

Personas destinatarias

Pueden solicitar las ayudas establecidas en esta convocatoria las entidades siguientes:

Línea 1:

a) Los entes de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears siguientes:

Entidades públicas empresariales

Sociedades mercantiles públicas

Fundaciones del sector público de la CAIB

b) La Universidad de las Illes Balears y sus entidades dependientes o vinculadas.

Línea 2:

Los Ayuntamientos que no se hayan beneficiado de una subvención de la línea 1 en la convocatoria SOIB JOVE- Cualificados Entidades Locales 2018 aprobada por Resolución del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 9 de julio de 2018 (BOIB nº 86 de 12 de julio de 2018).

Plazo máximo para la resolución y notificación

Cuatro meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Presentació de sol·licituds 15 dies hàbils des de l'endemà de la publicació de la correcció d'errors de la convocatòria. Finalitza el 16 de gener de 2019

Requisitos

Poden sol·licitar els ajuts establerts en aquesta convocatòria les entitats següents:

Línia 1:

a) Els ens de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears següents :

Entitats públiques empresarials

Societats mercantils públiques

Fundacions del sector públic de la CAIB

b) La Universitat de les Illes Balears i les entitats dependents o vinculades.

Línia 2:

- Ajuntaments que no s'hagin beneficiat d'una subvenció a la línia 1 a la convocatòria SOIB Jove- Qualificats Entitats Locals 2018 aprovada per Resolució del conseller de Treball, Comerç i Indústria de 9 de juliol de 2018 (BOIB núm. 86 de 12 de juliol de 2018).

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

El termini per presentar les sol·licituds és de 15 dies hàbils comptadors des de l'endemà de la publicació d'aquesta Resolució i del seu extracte en el Butlletí Oficial de les Illes Balears

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol. Tel.: 971177900 - Fax: 971176342

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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