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Descarga de modelo de garantías de restauración de explotaciones mineras. Opción depósito metálico

Descargar el modelo para su cumplimentación y firma electrónica. Tramitación 100% no presencial

Código SIA

2299278

Personas destinatarias

Personas jurídicas obligadas a la presentación de garantías en base a lo previsto en la normativa de canteras y explotaciones mineras.

Requisitos

El Servicio de Depositaría permite la constitución de garantías en metálico. El trámite se realiza totalmente en línea, sin necesidad de personarse en las dependencias de la Depositaría.

En el caso de una garantía por motivo de normativa de restauración de explotaciones mineras, el procedimiento es el siguiente:

1. En la empresa interesada (en adelante, la interesada), conocerá el importe de la garantía a aportar, de acuerdo con el Servicio de Minas.

2. La interesada se pone en contacto con el Servicio de la Depositaría para solicitar el formulario modelo de presentación (o la puede descargar de los enlaces de esta página) de garantías en metálico.

Consejo: No guarde el modelo en su ordenador mucho tiempo; los modelos cambian de vez en cuando.

3. La interesada rellena y firma el modelo y lo entrega escaneado, preferentemente con firma electrónica, a la dirección de correo electrónico: dipositaria@tresorer.caib.es. Se recomienda contactar por teléfono (971 17 71 08) para confirmar la recepción del correo y obtener información sobre el plazo de tramitación aproximado. Este trámite no se puede hacer por fax.

4. El Servicio de Depositaría efectuará internamente el trámite de registro de la garantía y aportará por carpeta ciudadana a la interesada dos copias del modelo 801 (una para la administración y una para la interesada) así como una lista de cuentas corrientes habilitadas para realizar la transferencia bancaria.

5. La interesada realizará el pago de la garantía en alguna de las cuentas corrientes del listado o en persona en una entidad bancaria.

6. La interesada hará llegar al Servicio de Minas el modelo 801 «para la administración» y un resguardo de la transferencia o ingreso. No es necesario rellenar ni modificar el 801 «por la administración»; se entrega tal cual se recibió.

7. El Servicio de Depositaría verificará de oficio el ingreso en las cuentas bancarias y notificará sólo si hay incidencias.

8. La interesada asumirá cualquier consecuencia derivada de mala praxis en este procedimiento, incluso penal.

Observaciones

Esta forma de presentación, por correo electrónico, se establece como método auxiliar provisional durante el período de vigencia del estado de alarma y las condiciones de confinamiento.

Órgano instructor

Servicio de Depositaría

Documentos relacionados con el servicio

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Depositaría

C/ del Palau Reial, 17. Tel.: 971177108 - Fax: 971176331

(dipositaria@tresorer.caib.es)