Procedimiento de elaboración normativa de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes
Este procedimiento tiene por objeto el trámite de audiencia a las entidades que agrupen o representen a las personas que se puedan considerar afectadas o interesadas en el procedimiento de elaboración normativa.
Código SIA
2322370
Personas destinatarias
Entidades que agrupan o representan a las personas que se puedan considerar afectadas o interesadas en el procedimiento de elaboración normativa.
Plazo máximo para la resolución y notificación
No resulta de aplicación
Silencio administrativo
No es de aplicación
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
No
Observaciones
Con carácter general y de acuerdo con lo que dispone el artículo 58 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, el plazo del trámite de audiencia no tiene que ser inferior a diez días.
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Secretaría General
Trámites
Informació pública en el procediment d'elaboració de normativa
Requisitos
Presentar els suggeriments o les al·legacions al projecte normatiu en els termes indicats en la informació pública
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
Amb caràcter general, 15 dies
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Secretaría General
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio Jurídico
Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200
(juridic@sgsersoc.caib.es)