Requisitos
Requisitos generales:
- Tener nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea (UE-27).
- Tener domicilio familiar en las Illes Balears.
- Haber finalizado los estudios universitarios oficiales de grado en alguna universidad española durante el curso académico 2020-2021.
Requisitos académicos:
Los solicitantes tienen que acreditar, según la rama de conocimiento a la cual pertenecen los estudios, las notas medias que se indican a continuación, expresadas en una escalera del 1 al 10, con dos cifras decimales:
- Artes y humanidades: una nota media igual a 9,00 puntos o superior.
- Ciencias: una nota media igual a 8,50 punts o superior.
- Ciencias sociales y jurídicas: una nota media igual a 9,00 puntos o superior.
- Ciencias de la salud: una nota media igual a 8,75 puntos o superior.
- Ingeniería o Arquitectura: una nota media igual a 8,25 puntos o superior.
Documentación a presentar
a) El impreso de solicitud rellenado en el trámite telemático.
b) En el caso de alumnos extranjeros, fotocopias del pasaporte y del número de identidad de extranjero (NIE).
c) En el caso de alumnos extranjeros no comunitarios, fotocopias del pasaporte y de la tarjeta de residencia.
d) En el supuesto de que no se autorice a la Administración a comprobar los datos de empadronamiento, un certificado de empadronamiento que acredite la vecindad administrativa de la persona solicitante en un municipio de las Illes Balears.
e) Certificado académico completo en que conste todas las asignaturas cursadas durante la titulación, con el número de créditos, las calificaciones obtenidas, la nota media del expediente académico y la tasa de eficiencia del solicitante definida en el Real decreto 861/2010, de 2 de julio, por el cual se modifica el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (cociente entre el número total de créditos matriculados por el solicitante y el número total de créditos de la titulación).
La nota media se tiene que calcular de acuerdo con el sistema de calificaciones establecido en el Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el cual se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez a todo el territorio nacional (BOE núm. 224, de 18 de septiembre, y suplemento en catalán núm. 20, de 16 de octubre), y se tiene que expresar con dos cifras decimales.
Los ejemplares imprimidos de documentos electrónicos únicamente son válidos si tienen el correspondiente Código Seguro de Verificación (CSV ), que permite comprobar la integridad y la veracidad del documento.
f) Una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios de la cuenta del cual el alumno es titular o cotitular debidamente rellenada y firmada por el solicitante.
g) Cualquiera otro documento que la Administración solicite porque lo considera necesario para verificar el cumplimiento y la efectividad de las condiciones de concesión de la ayuda.
Plazo máximo
Desde el 6 de mayo hasta el 30 de julio de 2022.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Política Universitaria e Investigación
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Política Universitaria e Investigación
Ctra. de Valldemossa, km 7,4. ParcBit. Edifici Naorte, bloc A, 2a planta.
Tel.: 971176009
(dguniversitat@dguni.caib.es)