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Autorización para la actividad de transporte privado complementario de mercancías (MPC).

Nueva autorización de empresa, alta de copias, visado, rehabilitación, sustitución, transmisiones, renuncia, otros trámites.

Código SIA

208343

Personas destinatarias

Empresas

Plazo máximo para la resolución y notificación

Cinco meses contados desde la fecha en que la solicitud ha tenido entrada en el registro de la dirección general de Transportes (art. 2 del Real decreto 1772/ 1994, de 5 de agosto, por el cual se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Regim Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Movilidad

Trámites

X

NUEVA AUTORIZACIÓN DE EMPRESA

Requisitos

1. No estar en posesión de ninguna autorización de transporte público.

2. La actividad principal de la empresa no puede ser la de transporte.

3. Les mercancías deberán pertenecer a la empresa o estar relacionadas directamente con su actividad económica principal.

4. El origen o el destino del transporte tendrá que ser uno de los lugares en que la empresa desarrolle trabajos relacionados con su actividad principal.

5. Los vehículos han de estar matriculados en España y disponer de ellos en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.

6. Los conductores de los vehículos deberán de encontrarse integrados en la organización de la empresa i contar con las habilitaciones pertinentes.

7. El transporte no podrá ser contratado ni facturado de forma independiente.

8. Cumplir las obligaciones de carácter fiscal, laboral i social exigidas por la legislación vigente.

NOTA IMPORTANTE:

Durante la realización del transporte se deberá de llevar a bordo del vehículo la documentación justificativa de los puntos 3, 5 i 6.

Documentación a presentar

a) Justificante de alta en la Declaración Censal en el epígrafe correspondiente según la actividad principal realizada (mod. 036).

b) Memoria explicativa que justifique la necesidad de realizar transportes privados complementarios, así como la presentación de documentación justificativa del volumen de mercancías adquiridas, producidas y vendidas por la empresa (últimos modelos 190 IRPF y 390 IVA presentados) y del número de clientes y proveedores, para justificar la concordancia con el volumen de flota que se pretende.

c) En el caso de que se disponga el vehículo/s mediante arrendamiento ordinario, deberá aportarse el contrato correspondiente con una empresa arrendadora.

d) Comunicar, el titular de la autorización, la dirección de correo electrónica.

e) Documento de ingreso de la tasa.

Plazo máximo

Cinco meses contados desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Movilidad

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Transporte Terrestre

C/ d'Eusebi Estada, 28. Tel.: 971177181 - Fax: 97176365

(fbouazza@dgmobil.caib.es)

Observaciones

La realización de transporte privado complementario de mercancías, como complemento necesario o adecuado para el desarrollo de su actividad principal, estará supeditada a la posesión de una autorización expedida por el órgano competente si el vehículo supera los 3.500 kg de M.M.A. (Artículo 103.1 de la LOTT)

En el supuesto de tramitación por parte de una gestoría/representante, se tendrá que presentar el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

X

VISADO DE AUTORIZACIÓN DE EMPRESA

Requisitos

Los mismos que se han de tener para solicitar una NUEVA AUTORIZACIÓN DE EMPRESA DE TRANSPORTE PRIVADO COMPLEMENTARIO DE MERCANCÍAS.

Documentación a presentar

a) Documento de ingreso de la tasa.

En todo caso, se ha de comunicar cualquier cambio relacionado con los requisitos que se haya producido desde la autorización inicial.

Las autorizaciones de transporte privado complementario perderán automáticamente su validez por falta de visado.

Plazo máximo

Cinco meses contados desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Movilidad

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Transporte Terrestre

C/ d'Eusebi Estada, 28. Tel.: 971177181 - Fax: 97176365

(fbouazza@dgmobil.caib.es)

Observaciones

Destinado a personas físicas o jurídicas, titulares de autorizaciones, a las cuales corresponda realizar el visado bianual. La fecha para hacer el visado viene determinada por el último número del CIF/NIF y va en consonancia con el mismo número de mes del calendario. El mes de agosto es inhábil a la hora de visar, por lo que los CIF/NIF acabados en 8, en 9 y en 0 se visarán en septiembre, octubre y noviembre, respectivamente.

En el supuesto de tramitación por parte de una gestoría/representante, se tendrá que presentar el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

X

REHABILITACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE EMPRESA

Requisitos

Los mismos que se han de tener para solicitar el VISADO DE AUTORIZACIÓN DE EMPRESA DE TRANSPORTE PRIVADO COMPLEMENTARIO DE MERCANCÍAS.

Documentación a presentar

a) Documento de ingreso de la tasa.

Plazo máximo

Cinco meses contados desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Movilidad

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Transporte Terrestre

C/ d'Eusebi Estada, 28. Tel.: 971177181 - Fax: 97176365

(fbouazza@dgmobil.caib.es)

Observaciones

Destinado a aquellos titulares de autorizaciones, que no hayan realizado el visado en el plazo establecido reglamentariamente.

Las autorizaciones de transporte público perderán automáticamente su validez por falta de visado, pero se podrán rehabilitar en el período de un año desde el vencimiento del plazo en que correspondía haber realizado el visado.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Movilidad

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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