Requisitos
- Estar matriculado en 2º, 3º o 4º de ESPA o 750 horas de un ciclo de grado medio o superior de FP presencial curso 20-21
- Tener más de 18 años y menos de 30 el día anterior al de inicio de las actividades lectivas.
- Estar inscrito como demandante de empleo desocupado al SOIB, el día natural anterior al de inicio de las actividades lectivas.
- Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, el día natural anterior al de inicio de las actividades lectivas
- Haber finalizado con aprovechamiento al menos uno de los ámbitos de conocimiento (ESPA) o promocionar de 1º a 2º en el mes de junio o titular al finalizar el ciclo (FP)
- No haberse matriculado en ningún estudio reglado en el curso académico 2019-2020 (FP).
Documentación a presentar
- Solicitud
- Ficha de microdatos
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Primer cuatrimestre ESPA (septiembre 2020 a febrero 2021), del día siguiente publicación BOIB hasta el 15 de enero de 2021.
Segundo cuatrimestre ESPA (febrero a junio de 2021), del día de inicio del periodo de matriculación hasta el 31 de mayo de 2021.
Formación profesional de grado medio o superior (FP), del día siguiente publicación BOIB hasta el 31 de mayo de 2021
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Camí Vell de Bunyola, 43, 1º - Edifici Rotonda Asima, despatx 21 - Polígon de Son Castelló.
Tel.: 971177900
- Fax: 971784942