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Convocatoria de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al curso 2018-2019

Convocar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior correspondientes al curso 2018-2019 para los alumnos matriculados en centros docentes dependientes de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación de las Illes Balears.

Código SIA

2249905

Personas destinatarias

Esta convocatoria es de aplicación para los alumnos que hayan cursado y superado, tanto en centros públicos como en centros privados o concertados de esta comunidad autónoma, un ciclo de formación profesional de grado superior, tanto en la modalidad de enseñanza presencial como en la modalidad de educación a distancia.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa

Trámites

X

Solicitud para optar a los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior 2018-2019

Requisitos

a.Haber cursado en centros docentes de esta comunidad autónoma los estudios de formación profesional de grado superior, en cualquier de las modalidades de enseñanza presencial y de educación a distancia.

b.Haber finalizado estos estudios, incluido el módulo profesional de Formación en centros de trabajo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.

c.Haber obtenido como calificación final del ciclo formativo una puntuación igual o superior a 8,5. A tal efecto, la calificación final del ciclo formativo se debe determinar calculando la media aritmética de las calificaciones de los módulos profesionales que tengan expresión numérica, y el resultado se debe consignar con dos cifras decimales. Por lo tanto, no se tienen que tener en cuenta para el cálculo de la calificación final las calificaciones de apto, exento o convalidado.

Documentación a presentar

a.Solicitud, de acuerdo con el anexo 2, cumplimentada y firmada.

b.Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad, en vigor.

c.Certificado de calificaciones, según el modelo que se encuentra en el anexo 3, cumplimentado por la secretaría del centro en que se encuentre el expediente académico. El certificado debe incluir la denominación del ciclo formativo, la relación de los módulos cursados con la correspondiente duración en horas y la calificación de cada uno, el curso académico (especificando el número de convocatorias), así como también la calificación final.

d.Currículum (anexo 4), con indicación, si es el caso, de los premios o becas que haya obtenido el alumno participante y otros méritos profesionales o académicos que se quieran hacer constar, acompañados de las fotocopias compulsadas de la documentación acreditativa correspondiente; todo relacionado con la familia profesional de la titulación del candidato.

Modelos:

Plazo máximo

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación adjunta, en la secretaría del centro docente donde el alumno ha cursado los estudios, es desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el día 17 de enero de 2020.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Planificación y Participación

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177773

(macarbonell@dgfpieas.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa

Finalidad

Tramitación del procedimento

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional