Requisitos
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Documentación a presentar
a) Una fotocopia compulsada del NIF de la entidad solicitante.
b) Una copia compulsada del acuerdo constitutivo de la entidad con los estatutos adjuntos.
c) La acreditación de la representación de la persona que firma la solicitud (acuerdo de la asamblea general, apoderamiento, certificado de habilitación, etc.).
d) La acreditación de la inscripción de la entidad en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares.
e) Una declaración responsable de que la entidad solicitante no está incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o incompatibilidad para percibir la subvención (impreso 2).
f) Una declaración responsable de no haber solicitado ni recibido ninguna otra ayuda o financiación para la misma finalidad de cualquier administración pública o ente privado o público, tanto nacional como extranjero, o bien, de lo contrario, una relación de las entidades a las que se ha solicitado una subvención para la misma finalidad o de las que se ha obtenido alguna, con indicación de la cuantía solicitada o concedida (impreso 3).
g) Una declaración responsable sobre el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 10 del Texto g) refundido de la Ley de Subvenciones, el artículo 20 de la Orden de la consejera de Salud, Familia y Bienestar Social de 24 de mayo de 2012 , esta convocatoria y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (impreso 4).
h) Certificados de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que indiquen que la entidad solicitante está al corriente en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias ante la Administración estatal.
i) Una autorización expresa de la persona representante de la entidad solicitante para que el órgano instructor del procedimiento pueda expedir el certificado telemático justificativo que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (impreso 5).
j) Una declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados, excepto que ya conste, tramitada válidamente, en los archivos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (en este caso, es suficiente indicar los datos). La titularidad de la cuenta bancaria debe ser de la entidad beneficiaria de la subvención (impreso 6).
k) Un certificado firmado por el representante de la entidad en el que se haga constar la dirección de la sede o delegación permanente y activa de la entidad en las Islas Baleares, así como de los otros locales de los que dispone la entidad, con una indicación clara de los servicios que se llevan a cabo en cada local.
l) Una declaración responsable firmada por el representante de la entidad en la que se hagan constar los años de experiencia previa de la entidad en programas o servicios de servicios sociales y en gestión de programas de IRPF (impreso 7).
m) Una declaración responsable de la persona representante de la entidad en la que acredite que tiene en su poder los certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales de todo el personal contratado y voluntario que deba tener contacto habitual con menores (impreso 8).
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días contadores desde el día siguiente que se haya publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Planificación, Equipamientos y Formación
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Planificación, Equipamientos y Formación
Pl. de la Drassana, 4.
Tel.: 971177200
(planificacio@dgplanificacio.caib.es)