Requisitos
Que gestionen sin ánimo de lucro las marcas de calidad mencionadas y que sus productores sean PIMES
Documentación a presentar
a) Fotocopia del NIF de la entidad.
b) Documentación que acredite la representación de la persona que firma la solicitud.
c) Fotocopia de los estatutos sociales, correctamente inscritos en el registro correspondiente o del reglamento interno de funcionamiento.
d) Certificación de la situación censal que recoja las obligaciones tributarias del solicitante.
e) Certificado detallado de los productores que participan en el programa a realizar, que tiene que incluir: titular (con apellidos, nombre y NIF) y municipio de la explotación, de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo III, que figura a la web del FOGAIBA. Este certificado tiene que ir firmado por el secretario de la entidad.
f) Plan de actuaciones a desarrollar, con especificación del número de actos de control previstas en el periodo de justificación de la ayuda y también del de trabajadores que tienen que llevar a cabo las tareas de control y la indicación de su categoría profesional.
g) Los tres presupuestos, en el caso de aquello que establece el punto 4 del apartado cuarto de esta Resolución y, si pega, memoria de la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Primera convocatoria empieza el día siguiente en la publicación de esta Resolución y acaba el día 10 de septiembre de 2018. para las próximas convocatorias de acuerdo a la Resolución
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Ayudas Al Desarrollo Rural
C/ de la Reina Constança, 4.
Tel.: 971176555
- Fax: 971176871
(gcanos@fogaiba.caib.es)
Observaciones
Únicamente estan disponibles las versiones en catalán de los anexos