Procedimiento de naturaleza sancionadora
Conductas o hechos que pudieran constituir infracción administrativa
Código SIA
264078
Personas destinatarias
Persona o personas responsables de forma presunta
Plazo máximo para la resolución y notificación
Un año
Silencio administrativo
Caducidad
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Observaciones
De acuerdo con el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se informa de que cuando la sanción tenga únicamente carácter pecuniario, en el supuesto de que el infractor reconozca su responsabilidad o en el supuesto de que realice el pago voluntario en cualquier momento anterior a la resolución, el órgano competente para resolver aplicará reducciones de un 20 %; sobre la sanción propuesta en cada caso, siendo éstas acumulables entre sí, condicionadas estas reducciones a la efectiva comunicación y acreditación del desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. Se adjunta documento para solicitar la/las reducción/reducciones correspondientes.
Órgano competente para resolver
Servicio de Control de Empresas y Actividades Turísticas
Documentos relacionados con el procedimiento
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Solicitud de aplicación de la/las reducción/es prevista/as en el artículo 85.3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Sol·licitud d'aplicació de la/les reducció/reduccions prevista/es a l'article 85.3 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del Procediment Administratiu Comú de les Administracions Públiques
- Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora.
- Ley 3/2003 de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Llei 8/2012, de 19 de juliol del turisme de les Illes Balears.
- Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Illes Balears, y de regulación y
- Llei 39/2015, d'1 d' octubre, del Procediment Administratiu Comú de les Administracions Públiques.
- Llei 40/2015, d' 1 d'octubre, de Règim Jurídic del Sector Públic.
- Solicitud de aplicación de la/las reducción/reducciones prevista/as en el artículo 85.3 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Trámites
Acord d'inici
Requisitos
Haver-se aixecat una acta
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
Des de l'inici fins a la finalització de l'expedient: 1 any
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Control de Empresas y Actividades Turísticas
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Control de Empresas y Actividades Turísticas
C/ de Montenegro, 5. Tel.: 971177725
(japayeras@dgoturis.caib.es)