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Convocatoria para contratar Agentes de Ocupación y Desarrollo Local (AODL)

1. Esta Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para el año 2017 para que las entidades locales presenten las solicitudes para obtener subvenciones públicas destinadas a contratar agentes de ocupación y desarrollo local (AODL).

2. Los agentes de ocupación y desarrollo local son trabajadores que contratan las corporaciones locales o las entidades que dependen o que están vinculadas, y que tienen como misión principal colaborar en la promoción y la implantación de las políticas activas de ocupación, el fomento de la ocupación y la orientación para generar actividad empresarial, dentro de un marco de sostenibilidad, equidad y visión de género. Esta colaboración se desarrolla en el marco de la actuación conjunta y acordada de la entidad contratante y el SOIB.

Código SIA

216053

Personas destinatarias

1. Se pueden beneficiar de la subvención objeto de esta convocatoria los entes locales (ayuntamientos, mancomunidades o consejos insulares) y también las entidades que dependen o que están vinculadas, siempre que el ente local no disponga del número máximo de AODL subvencionados por el SOIB en el momento de la publicación de esta Resolución que, de acuerdo con su población, se indica en el punto 5 de esta convocatoria.

2. No se pueden beneficiar de las ayudas previstas en esta convocatoria las entidades a las cuales contribuyan alguna de las prohibiciones que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre de 2003), el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOIB nº. 99, de 4 de agosto) y las que se determinan a la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Plazo máximo para la resolución y notificación

En el plazo máximo de tres meses contadores desde el día siguiente de la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para tramitarla, la cual tiene que estar debidamente motivada

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

No

Observaciones

Contacto:

Equipo técnico Edificio Rotonda Asima Camino Viejo de Bunyola, 43 -despacho 8- PALMA Teléfono: 971 784991

Órgano competente para resolver

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Trámites

X

Solicitud AODL 2017

Requisitos

Los establecidos a la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del SOIB, de 14 de marzo de 2017 por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2017 SOIB Agentes de Ocupación y Desarrollo Local.

Documentación a presentar

La establecida en el apartado 7 de la Convocatoria

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días naturales contadores desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución y de su extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol. Tel.: 971177900 - Fax: 971176342

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Finalidad

Tramitación del procedimento

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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