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Bono alquiler joven

Ayuda para el alquiler de vivienda a favor de personas menores de 35 años.

Código SIA

2895414

Personas destinatarias

Personas de hasta 35 años (incluidos) titulares de un contrato de alquiler de vivienda en Baleares, que cumplan los requisitos del arte. 11 de la Orden reguladora.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud de ayuda para el Bono Alquiler Joven

Requisitos

- Ser persona física de hasta 35 años (incluidos).

- Tener la nacionalidad Española, de un país de la UE, del EEE, Suiza, o si se trata de un extranjero no comunitario que se encuentre en situación de estancia o residencia regular en España.

- Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda en el territorio de la CAIB , como arrendatario, y la renta del cual sea como máximo de 900 euros mensuales.

- Esta vivienda tiene que constituir su domicilio habitual y permanente (empadronamiento).

- Disponer de una fuente de ingresos regulares, que no supere 3 veces el IPREM (incluyendo todos los miembros de la unidad de convivencia).

- Estar al corriente de pagos de la renta.

- No incurrir en alguna de las prohibiciones para ser beneficiario de la ayuda. .

Documentación a presentar

- Copia del DNI.

- Copia de las facultades de representación, en su caso.

- Copia completa del contrato de alquiler.

- Contrato de trabajo y/o alta en la actividad empresarial.

- Vida laboral que comprenda los 6 meses anteriores a la solicitud o -

Certificado de índices del registro de la propiedad de los arrendatarios (titularidad de inmuebles).

- Certificado de empadronamiento histórico de convivencia.

- Justificantes acreditativos del pago de las rentas.

- Autorización para la consulta telemática de datos de todos los habitantes de la vivienda (Anexo 1).

- Declaración responsable (Anexo 2)

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

15 de septiembre de 2022

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Vivienda y Arquitectura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Vivienda

Tel.: 971177300

X

Aportación de justificantes de pagos de las rentas mensuales de la ayuda Bono Alquiler Joven

Requisitos

- Disponer del suyo numero de expediente

- Disponer de su DNI o NIE

- Su expediente tiene que estar como favorable o haber enmendado las deficiencies en el periodo establecido

Documentación a presentar

Todos los justificantes de pago de las rentas mensuales vencidas con posterioridad a la solicitud de la ayuda se tienen que aportar

telemáticamente cada cuatro meses, en los periodos siguientes:

— En el període comprès entre les 8.00 h de l'1 d'abril de 2023 i les 23.59 h del 30 d'abril de 2023, els justificants de

pago desde enero hasta abril de 2023 (enero, febrero, marzo y abril de 2023).

— En el periodo comprendido entre las 8.00 h del 1 de agosto de 2023 y las 23.59 h del 31 de agosto de 2023, los justificantes

correspondientes a los meses de mayo a agosto de 2023 (mayo, junio, julio y agosto de 2023).

— En el periodo comprendido entre las 8.00 h del 1 de diciembre de 2023 y las 23.59 h del 31 de diciembre de 2023, los

justificantes correspondientes a los meses de septiembre a diciembre de 2023 (septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023).

— En el periodo comprendido entre las 8.00 h del 1 de abril de 2024 y las 23.59 h del 30 de abril de 2024, los justificantes

de pago desde enero hasta abril de 2024 (enero, febrero, marzo y abril de 2024).

— En el periodo comprendido entre las 8.00 h del 1 de agosto de 2024 y las 23.59 h del 15 de septiembre de 2024, los justificantes

correspondientes a los meses de mayo a septiembre de 2024 (mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2024).

Plazo máximo

15 de septiembre de 2024

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Vivienda y Arquitectura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Vivienda

Tel.: 971177300

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Vivienda y Arquitectura

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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