Comunicación previa de Agente de residuos
«Agente»: toda persona física o jurídica que organiza la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros, incluidos los agentes que no tomen posesión física de los residuos.
Código SIA
2860482
Personas destinatarias
Personas físicas o empresas
Plazo máximo para la resolución y notificación
No hay resolución expresa
Silencio administrativo
No es de aplicación
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Observaciones
La inscripción como agente de residuos se tiene que realizar en la Comunidad Autónoma donde la empresa tenga su sede social.
- LA ENTIDAD YA SE ENCUENTRA DADA DE ALTA COMO AGENTE A OTRA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Si la entidad ya se encuentra dado de alta como agente a otra comunidad, tendrá que presentar a la Dirección General de Residuos y Educación Ambiental de las Islas Baleares la inscripción que dispone de cualquier otra comunidad.
Forma de presentación
De acuerdo con el que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, podéis presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los canales siguientes (entre otros):
a) De manera telemática por medio del Registro electrónico Común (REC ) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físicas). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC hay que disponer de un certificado electrónico o eDNI .
- LA ENTIDAD NO SE ENCUENTRA DADA DE ALTA COMO AGENTE
Si la entidad no se encuentra dada de alta como agente, el alta de esta inscripción lo tendrá que tramitar y presentar a la CCAA donde tenga su sede social.
Se admitirá la presentación de este trámite por una persona física o entidad jurídica distinta del interesado siempre que esté debidamente autorizado, el apoderamiento o autorización de representación debe estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) @podera.
Para entidad con sede social a la comunidad autónoma de las Islas Baleares, el alta como agente de residuos se formalizará mediante el enlace al trámite telemático facilitado a continuación, en el cual se adjuntará la documentación siguiente:
Comunicación previa de agente (incluyendo breve resumen de la actividad desarrollada)
DNI representando empresa.
Escritura de empresa.
Declaración censal simplificada mediante el Modelo 037 de la agencia tributaria (sólo en el caso de personas físicas).
CIF emprensa.
Tasa de agente (Dentro del trámite se remitirá a la Agencia Tributaria para realizar el pago de la tasa asociada)
Justificante de inscripción en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) @podera (En caso de presentar la solicitud en representación de otra persona física o jurídica).
Forma de presentación
La formalización de la comunicación previa al inicio de la actividad debe realizarse a través del enlace de acceso al trámite telemático.
También puede presentarlo como documento adjunto al trámite telemático habilitado para este procedimiento en esta sede electrónica.
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Servicio de Residuos y suelos contaminados