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Subvenciones para el fomento y apoyo a la igualdad de oportunidades, prevención y erradicación de la violencia machista.

El objeto del procedimiento es subvencionar proyectos que tengan como finalidad fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, además de los dirigidos a erradicar la violencia contra las mujeres.

Código SIA

2309214

Personas destinatarias

— Asociaciones y federaciones de asociaciones sin ánimo de lucro, radicadas en las Islas Baleares, con personalidad jurídica propia.

— Fundaciones privadas sin ánimo de lucro el ámbito de actuación de las cuales sea, totalmente o parcialmente, las Islas Baleares y con personalidad jurídica propia.

— Las universidades el ámbito de actuación de las cuales sea, totalmente o parcialmente, las Islas Baleares.

— La Cruz Roja Española.

— Las asociaciones y federaciones sindicales radicadas en las Islas Baleares con personalidad jurídica propia.

— Los grupos de personas físicas que trabajen de forma habitual en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres, el feminismo y/o la lucha en la violencia machista.

— Les entidades religiosas radicadas en las Islas Baleares y con personalidad jurídica propia que lleven a cabo programas de inserción, lucha contra la exclusión de las mujeres y contra las violencias machistas.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses a partir del día siguiente al que finalice el plazo de presentación de solicitudes

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud de la subvención

Requisitos

REQUISITOS GENERALES:

1. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

2. Haber justificado suficientmente, si procede, las subvenciones y las ayudas recibidas anteriormente del Gobierno de las Iles Balears.

3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden ser beneficiario de subvenciones, del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Iles Balears.

4. No haber sido condenados en firme, ni sancionados administrativamente, a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas por cualquier causa, especialmente:

a) Por haber cometido alguno de los siguientes delitos: prevaricación, soborno, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraude, exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

b) Por haber incurrido en faltas muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en los últimos tres años.

c) Por haber cometido infracciones tributarias.

d) Por haber consentido o ejercido prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o de género en los últimos tres años.

e) Por haber llevado a cabo conductas discriminatorias contra los derechos de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales.

f) Por haber perpetrado acciones contra la memoria y el reconocimiento democrático.

5. No haber solicitado la declaración del concurso, no haber sido declarada insolvente, no encontrarse en concurso o bajo intervención judicial o no tener en vigor una declaración de inhabilitación concursal.

6. No haber provocado la resolución dolosa en firme de ningún contrato con la administración.

7. No tener, entre los representantes legales, personas en los supuestos de incompatibilidad regulados en las leyes sobre incompatibilidades de los miembros de los gobiernos del Estado o autonómico, y del personal al servicio de las administraciones públicas. Los representantes legales tampoco deben ser cargos electos según las leyes electorales estatal y autonómica.

8. No tener residencia fiscal ni entes filiales en los territorios declarados paraísos fiscales.

9. No incurrir en las causas de prohibición del artículo 4 de la Ley orgánica reguladora del derecho de asociación (discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra, y promoción del odio o la violencia contra las personas, y justificación de los delitos de terrorismo o de los autores).

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA GRUPOS DE PERSONAS FÍSICAS:

1. Trabajar de manera habitual en el ámbito de la igualdad, el feminismo o la lucha contra la violencia machista.

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA PERSONAS JURÍDICAS:

1. Estar válidamente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

2. Disponer de un sistema de gestión preventivo en alguna de las modalidades previstas y de un plan de prevención de riesgos laborales en los términos previstos en la Ley de prevención de riesgos laborales.

Documentación a presentar

1. Memoria explicativa de la entidad.

2. Original o copia compulsada del NIF de la entidad solicitante con código seguro de verificación (CSV), en caso de oposición a obtener telemáticamente los datos o que no se encuentren en poder de la Administración.

3. Original o copia compulsada del DNI de los solicitantes en caso de ser un grupo de personas físicas, si hay oposición a obtener telemáticamente los datos o no se encuentran en poder de la Administración.

4. El original o una copia compulsada del DNI de la persona que firma la solicitud como representante legal de la entidad solicitante, en caso de oposición a obtener telemáticamente los datos o que no se encuentren en poder de la Administración.

5. El original o una copia compulsada del documento de constitución de la entidad y de sus estatutos sociales debidamente registrados en el registro correspondiente, o bien un certificado de inscripción registral de estos documentos, en caso de oposición a obtener telemáticamente los datos o que no se encuentren en poder de la Administración.

6. El original o una copia compulsada de la acreditación de la representación de la persona que firma la solicitud, en caso de que no se encuentre en poder de la Administración.

7. Una declaración responsable de no haber solicitado ni recibido ninguna otra ayuda o financiación para la misma finalidad de cualquier administración pública o ente público o privado, o bien, de lo contrario, una relación de las entidades a las que se ha solicitado una subvención para la misma finalidad o de las que se ha obtenido alguna, con indicación de la cuantía solicitada o concedida.

8. Una declaración responsable de que la entidad no está afectada por ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria de subvenciones como se establece en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

9. Una declaración responsable de la entidad solicitante en que manifieste que cumple las obligaciones previstas en el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones y las obligaciones establecidas en el punto 6 de esta convocatoria.

10. Un certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda autonómica, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en caso de oposición a obtener telemáticamente los datos.

11. Guión de proyecto de la modalidad solicitada, consistente en una memoria explicativa del proyecto y del presupuesto previsto para su ejecución, donde también se especifique de manera detallada y temporizada la actividad objeto de la subvención.

12. Una declaración responsable de no haber sido objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias firmes condenatorias en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género y de no haber sido sancionada o condenada por una resolución administrativa firme con una pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas.

13. Una declaración responsable o la acreditación con un documento bancario que la entidad beneficiaria es titular de la cuenta bancaria facilitada, en el que consten el nombre de la entidad beneficiaria, el número de identificación fiscal y la cuenta bancaria completa.

14. Documentación complementaria que se considere necesaria para mejorar la información sobre la viabilidad técnica y económica del proyecto presentado, si procede.

15. Comunicación identificativa de la documentación en poder de la Administración, si procede.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Del 14 de junio al 3 de julio del 2020

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Administración y Gestión Presupuestaria

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración y Gestión Presupuestaria

Tel.: 971178989

(registre.subv@ibdona.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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