Vuelve

Sede Electrónica

Si buscas un procedimento dirigido a persones físicas y a la ciudadanía en general

Si buscas un procedimento dirigido a persones jurídicas, autónomos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, ONG?S...

Si buscas un procedimento dirigido a otras administraciones públicas o entes, organismos y entidades que integran el sector público (consorcios, organismos autónomos, etc...)

Procesos electorales federaciones deportivas que opten por el sistema de representación para clubes para el periodo 2016-2020

Este procedimiento tiene por objeto la convocatoria de la asamblea de las federaciones deportivas que opten por el sistema de representación para clubes, con el fin de configurar su composición y posteriormente elegir a los presidentes correspondientes, y si pega, las juntas directivas para el periodo 2016-2020.

Estas federaciones tendrán que seguir los trámites que se detallan a continuación:

1. Aprobación en Asamblea General Extraordinària de las actuaciones previas y preparatorias y de la documentación electoral (anexas A-1 en A-5).

2. Presentación de la relación de asambleístas natos a la Dirección General de Deportes y Juventud.

3. Elección de presidente y de junta directiva, si pega.

Código SIA

208264

Personas destinatarias

Federaciones Deportivas de las Islas Baleares reconocidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares que opten por el sistema de representación para clubes

Plazo máximo para la resolución y notificación

En función de las fechas específicas que figuren en los respectivos calendarios electorales federativos ratificados por la Dirección General de Deportes y Juventud (ver en particular cada uno de los trámites A-1, A-2 y A-3)

Silencio administrativo

Según normativa aplicable

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

No

Órgano competente para resolver

Dirección General de Deportes

Trámites

X

A-2 Presentación relación asambleístas natos a la Dirección General de Deportes y Juventud

Requisitos

- Ser una federación deportiva reconocida e inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares y que la asamblea federativa haya reconocido previamente que el sistema de representación será para clubes.

- Que se haya dictado por el órgano competente una resolución por la cual se ratifican las actuaciones previas y preparatorias del proceso electoral y la documentación electoral.

Documentación a presentar

La junta electoral enviará la relación de asambleístas y el certificado del secretario o la secretaria de la junta electoral con el visto bueno del presidente o de la presidenta que acredite la proclamación de los asambleístas natos (artículo 20.3 del Decreto 86/2008)

Plazo máximo

En función de las fechas específicas que figuren en los respectivos calendarios electorales federativos ratificados por la Dirección General de Deportes y Juventud.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para las personas físicas). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (solo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Deportes

Observaciones

Tener constancia, por parte de la Dirección General de Deportes y Juventud, de la composición del órgano de gobierno, entre cuyos miembros tiene que resultar elegido el presidente o la presidenta de la federación, y si nés el caso, la junta directiva.

X

A-2 Presentación relación asambleístas natos a la Dirección General de Deportes y Juventud

Requisitos

- Ser una federación deportiva reconocida e inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares y que la asamblea federativa haya reconocido previamente que el sistema de representación será para clubes.

- Que se haya dictado por el órgano competente una resolución por la cual se ratifican las actuaciones previas y preparatorias del proceso electoral y la documentación electoral.

Documentación a presentar

La junta electoral enviará la relación de asambleístas y el certificado del secretario o la secretaria de la junta electoral con el visto bueno del presidente o de la presidenta que acredite la proclamación de los asambleístas natos (artículo 20.3 del Decreto 86/2008)

Plazo máximo

En función de las fechas específicas que figuren en los respectivos calendarios electorales federativos ratificados por la Dirección General de Deportes y Juventud.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para las personas físicas). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (solo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Deportes

Observaciones

Tener constancia, por parte de la Dirección General de Deportes y Juventud, de la composición del órgano de gobierno, entre cuyos miembros tiene que resultar elegido el presidente o la presidenta de la federación, y si nés el caso, la junta directiva.

X

A-1 Aprovació en Assemblea General Extraordinària de les actuacions prèvies i preparatòries del procés electoral i de la documentació electoral

Requisitos

Presentació davant la DGEiJ de l'original i una còpia acarada de l'acta de l'assemblea general en la qual s'han aprovat les actuacions prèvies i la documentació electoral, amb 2 exemplars originals d'aquesta.

Documentación a presentar

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Deportes

Observaciones

El procediment té per objecte la ratificació de les actuacions prèvies i preparatòries dels processos electorals i de la documentació electoral. En relació als processos electorals federatius que s'han de convocar cada quatre anys i han de coincidir amb l'any olímpic (Jocs Olímpics d'Estiu)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Finalidad

Tramitación del procedimento

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional