23 agosto 2021 Consejería de Salud y Consumo

COVID-19: CONSELL DE GOVERN: EL GOVERN LEVANTA LAS RESTRICCIONES NOCTURNAS EN El ÁMBITO SOCIAL EN LA ISLA DE MENORCA TENIENDO EN CUENTA LA BUENA EVOLUCIÓN EPIDEMIOLÓGICA CConsell de Govern

COVID-19: CONSELL DE GOVERN: EL GOVERN LEVANTA LAS RESTRICCIONES NOCTURNAS EN El ÁMBITO SOCIAL EN LA ISLA DE MENORCA TENIENDO EN CUENTA LA BUENA EVOLUCIÓN EPIDEMIOLÓGICA

\ En Formentera las limitaciones sociales se retrasan a las 2 h (y hasta las 6 h), mientras que en Mallorca e Ibiza seguirán tal como están ahora: entre la 1 h y las 6 h de la madrugada

\ El Consell de Govern pedirá autorización judicial para exigir la pauta completa de vacunación, pruebas o haber pasado la enfermedad para acceder a residencias y grandes acontecimientos deportivos y culturales


El Consell de Govern ha aprobado hoy levantar las restricciones nocturnas en el ámbito social que hasta ahora estan vigentes en la isla de Menorca, teniendo en cuenta su buena evolución epidemiológica y sanitaria. Así mismo, en Formentera la prohibición de encuentros sociales entre no convivientes se retrasa a las 2 h de la madrugada (y hasta las 6 h), mientras que en Ibiza y Mallorca se mantiene como hasta ahora, entre la 1 h y las 6 h. Así se ha acordado después de la resolución de la consejera de Salud y Consumo, en la cual se analiza la situación de cada una de las islas y se fijan las medidas en función de la situación sanitaria y epidemiológica.

Así, según el informe de día 19, Menorca presentaba una incidencia a 14 días de 346 casos por cada 100.000 habitantes, así como una ocupación a planta y a UCI por casos COVID del 6,06% y 11,11% respectivamente. La incidencia, a la baja y por debajo de los 350 casos por cada 100.000 habitantes a 14 días, permite eliminar las restricciones que hasta ahora se aplican.

En el caso de Formentera, la IA14 sigue también una tendencia descendente y se sitúa en los 428,4 casos por cada 100.000 habitantes, el que también permite retrasar las limitaciones sociales entre no convivientes a las 2 h (y hasta las 6 h), una hora menos que hasta ahora.

En el caso de Ibiza y Mallorca, las restricciones nocturnas se mantienen tal como ahora, atendida su situación epidemiológica y hospitalaria.

En el caso de Ibiza, la IA14 se fija en los 836,5 casos por cada 100.000 habitantes (con ocupación en planta por casos COVID de un 15,31% y a UCI de un 16,39%), mientras que en Mallorca la IA14 se encuentra en los 501,1 casos por cada 100.000 habitantes (con ocupación en planta por casos COVID de un 9,28% y de un 25,3% a UCI). Dado que en Mallorca se observa una evolución favorable de la situación epidemiológica y hospitalaria, se espera también poder relajar las medidas durante la semana que viene.


Recordamos que, según la normativa que entró en vigor el 24 de julio, las reuniones y encuentros familiares y sociales en horario nocturno se tienen que fijar según estas limitaciones:


a) Cuando la incidencia acumulada a catorce días en la isla sea superior a 350 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 5% en relación con las camas de cuidados intensivos por COVID-19 o del 2% en relación con las camas de hospitalización por COVID-19, no se permitirán reuniones sociales o familiares de personas, en el horario comprendido entre las 2 h y las 6 h, excepto si se trata de personas convivientes.

b) Cuando la incidencia acumulada a catorce días en la isla sea superior a 450 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 10% en relación con las camas de cuidados intensivos por COVID-19 o del 5% en relación con las camas de hospitalización por COVID-19, no se permitirán reuniones sociales o familiares de personas, en el horario comprendido entre la 1 h y las 6 h, excepto si se trata de personas convivientes.

Estos cambios del ámbito sanitario también afectarán a los horarios permitidos a las actividades colectivas de tipo social, cultural, deportivo, de ocio, de restauración y hotelería, que tendrán que concluir a la 1 h en las islas de Mallorca e Ibiza, y a las 2 h a las de Menorca y Formentera.

Autorización judicial por medidas de seguridad adicionales
Así mismo, el Consell de Govern de hoy también ha aprobado un Acuerdo para pedir al Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares la autorización para poder exigir, para el acceso a determinadas actividades y establecimientos, la pauta de vacunación completa o el certificado de haber pasado la COVID en los seis meses anteriores o bien una PDIA negativa, hecho 48 horas antes si es un antígeno o 72 horas antes si es una prueba PCR.

El Govern quiere tener la posibilidad de exigir estas opciones para aumentar la seguridad en grandes acontecimientos deportivos y culturales que reúnan a más de 2.500 personas en el exterior (y hasta 5.000) o más de 500 en el interior (y hasta un máximo de 1.000). Hasta que no lo autorice lo TSJB, las capacidades en todos los actos culturales y deportivos tienen que ser de un máximo de 2.500 personas en el exterior y de 500 en los espacios interiores.

También se ha solicitado la autorización judicial para poder exigir a los visitantes de los centros residenciales la acreditación de vacunación completa, haber pasado la enfermedad o PDIA negativa, para garantizar así una mayor seguridad a los usuarios. Aun así, mientras se espera el permiso del TSJB, se recomienda que todo contacto con residentes de estos centros se haga siguiendo estas precauciones, atendida la extrema vulnerabilidad de estas personas.

Prórroga del resto de medidas

En cuanto a medidas concretas, más allá de las mencionadas antes, se hace necesario prorrogar las restricciones relativas a otros ámbitos:

Por todo esto, continúan vigentes los parámetros siguientes:

Uso de la mascarilla

En cuanto al uso de la mascarilla (una de las herramientas más eficaces en la hora de evitar contagios), siempre que no se pueda garantizar una distancia social de un metro y medio y cuando se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas no convivientes, los mayores de seis años tienen que llevar mascarilla, tanto en la vía pública o en espacios al aire libre como espacios cerrados de uso público o en las zonas de atención al público de edificios, tanto de titularidad pública como privada, con las excepciones indicadas por la ley.

Celebraciones y ceremonias

La participación en ceremonias y celebraciones nupciales, bautizos, comuniones y otras celebraciones asimilables se puede llevar a cabo en espacios públicos y privados, tanto al aire libre como en espacios cerrados, siempre que no se supere el número de 120 personas al exterior y 50 en el interior, y siempre que no se supere el 50% de cabida máxima.

Playas y parques

Los parques y las playas de todas las Islas Baleares tendrán que estar cerrados al público entre las 22 h y las 6 h.

Fiestas populares y ferias

Se permite la realización de ferias y muestras, de acuerdo con la normativa COVID-19 específica para mercadillos. Las actividades tienen que ser preferentemente al aire libre. Las paradetes de comer tienen las mismas limitaciones que las terrazas de bares y restaurantes.


Se permiten actos culturales, deportivos e institucionales ligados a la celebración de fiestas populares, siempre que se sigan las medidas para la COVID-19 sectoriales correspondientes al tipo de actividad. En cualquier caso, se recomienda que la asistencia se organice por el sistema de reserva previa. Los organizadores tienen que garantizar que no se generen riesgos de aglomeraciones ni se produzcan.

Se permiten los bailes populares hechos al aire libre. Los participantes tienen que llevar mascarilla incluso en el momento del baile.

No se permiten acontecimientos del tipo cenar a la fresca, verbenas ni correfocs. El material promocional de las actividades (programas de fiestas, carteles, imágenes digitales...) tiene que especificar las medidas de prevención y de control que se aplican.

Con el fin de evitar los desplazamientos de un municipio a otro, no se pueden organizar actividades que los promuevan o en las cuales, por la experiencia de años anteriores, se tenga mención de estos desplazamientos y de la afluencia de personas.

Las representaciones culturales tradicionales (cossiers, caballetes, etc.) se tienen que desarrollar en un entorno en que se pueda garantizar el control de acceso del público, la capacidad máxima del espacio y el mantenimiento de la distancia social.

Establecimientos de restauración, ocio nocturno y locales de juegos y apuestas

Se continúa permitiendo el servicio de restauración de bares, cafeterías y restaurantes en los espacios interiores y en terrazas hasta la 1 h en Mallorca e Ibiza y hasta las 2 h en Menorca y Formentera, salvo que las ordenanzas municipales establezcan una hora de cierre anterior.

En cuanto a la capacidad máxima por mesa, en Mallorca e Ibiza será de 4 personas en el interior y de 8 en el exterior, y en Menorca y Formentera será de 8 en el interior y 12 en el exterior.

Estas medidas que afectan los sectores mencionados y la resolución de la consejera de Salud y Consumo que especifica la situación de las islas entrarán en vigor hoy, después de que se publiquen en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de las Islas Baleares. La publicación y la entrada en vigor del resto de medidas específicas tienen que esperar la ratificación de la sala.