20 mayo 2021 Consejería de Salud y Consumo

COVID-19: El Govern amplía aforos y permite la restauración en interior en Eivissa y Mallorca gracias a la buena situación epidemiológica NNota Informativa

Foto de noticia
Descarga de imágenes en alta calidad

COVID-19: El Govern amplía aforos y permite la restauración en interior en Eivissa y Mallorca gracias a la buena situación epidemiológica

\ La bajada de los contagios registrada en las dos últimas semana permite flexibilizar medidas de cara a recuperar normalidad
\ La incidencia en la comunidad se sitúa ya por debajo de los 50 casos por cada 100.000 habitantes, con riesgo de contagio bajo

El Consell de Govern extraordinario que se celebrará mañana viernes aprobará nuevas medidas para evitar la propagación de la COVID-19 en las Illes Balears para las próximas dos semanas. Concretamente, gracias a la buena situación epidemiológica de nuestra comunidad, se relajarán restricciones, y se permitirá de nuevo abrir los interiores de la restauración en Mallorca y Eivissa, se aumentará el aforo en servicios y celebraciones y también se ampliarán los horarios en algunos establecimientos.

Así, según el último análisis epidemiológico y dadas las circunstancias de cada isla, el Govern ha decidido rebajar el nivel de alerta en Mallorca (que de 2 pasa a 1) y mantener Formentera, Eivissa y Menorca en nivel 1. Así, por lo tanto, todas las islas se mantienen en el mismo nivel de alerta sanitaria, el nivel 1, de riesgo bajo de transmisión.

Las medidas que se aprobarán en Consell de Govern extraordinario complementan las ya acordadas el pasado lunes (y que han sido ratificadas por el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears). Concretamente, a partir del domingo se permitirán hasta 8 personas en reuniones sociales y familiares en exteriores (exceptuando la restauración, aforo regulado por el Acuerdo de mañana) y 6 en espacios interiores. También se retrasa el toque de queda hasta la medianoche y se mantiene el límite máximo de aforo en espacios de culto interiores en el 50 %.

Asimismo, la Conselleria de Salud y Consumo dictará una resolución que introduce cambios en los controles sanitarios de acceso a las Illes Balears desde otras comunidades españolas. Concretamente, el Govern dejará de exigir como requisito una prueba diagnóstica negativa de COVID-19 para todos aquellos pasajeros que hayan superado la enfermedad o para quien haya recibido al menos 15 días antes del viaje la vacuna (ya sea la primera o segunda dosis).

Además, las personas que provengan de una comunidad autónoma con incidencia acumulada inferior a 60 tampoco necesitarán una prueba diagnóstica. Para el resto de viajeros se permitirá que, además de PCR, puedan presentar el resultado negativo de un test de antígenos realizado 48 horas antes.

Situación epidemiológica

Según los datos del Servicio de Salud, así como los del Servicio de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública y Participación, la incidencia en el conjunto de las Illes Balears ha bajado de los cerca de 60 casos a 14 días por cada 100.000 habitantes que se registraban hace dos semanas a poco más de 45, con una tasa de positividad alrededor del 0,8 %, la mitad que 15 días atrás, y una trazabilidad de casos que supera el 50 %. Formentera es la isla con mejor situación hoy por hoy, con una IA14 de 16 casos por 100.000 habitantes, seguida de Eivissa, con una IA14 de 38 y Mallorca con IA14 de 46. En Menorca la situación está estabilizada entorno a una IA14 de 75 casos por cada 100.000 habitantes.

Por todo ello, el Comité de Gestión de Enfermedades Infecciosas concluye que la situación es positiva, pero continúa requiriendo prudencia, teniendo en cuenta especialmente la situación en otras CA y el continente europeo, así como la aparición de ciertas variantes que pueden ser más transmisibles y presentar una cierta resistencia a la inmunización vacunal.. 

Así, por lo tanto, dada la estabilización que se registra durante las últimas semanas, proponen flexibilizar algunas de las medidas excepcionales y temporales de prevención del contagio de la COVID-19, como por ejemplo las relacionadas con la actividad en cafeterías, bares y restaurantes en todas las islas, permitiendo un incremento horario pero gradual y proporcional de cafeterías, bares y restaurantes y una apertura gradual al público de los espacios interiores

Todo ello en el marco de una desescalada lenta y cauta cuyo fin es evitar aumentos repentinos de contagios que puedan poner en riesgo la salud de los ciudadanos, así como comprometer el proceso de vacunación.

Principales cambios:

Actividad al aire libre sin contacto (incluidas excursiones)

Se amplía de 15 personas a 30 el máximo permitido de participantes.

Velatorios, entierros y otras ceremonias

Aumenta hasta 50 personas en exteriores y 20 en interiores (siempre y cuando no se supere el 50 % de aforo del establecimiento) la participación en comitivas para el entierro o despedida para la cremación del cuerpo del difunto, así como los velatorios y ceremonias y celebraciones nupciales, bautizos o comuniones, que pueden realizarse en todo tipo de instalaciones o espacios, públicos o privados.

Academias de baile

Se permiten grupos de hasta 20 personas (hasta ahora eran 15) simultáneamente en la misma sala para las actividades que se desarrollen en las academias de baile, siempre y cuando se respete el 50 % del aforo máximo.  

Instalaciones deportivas al aire libre, cubiertas y centros deportivos, y piscinas de uso recreativo y deportivo

En las salas de actividades dirigidas se permite la presencia simultánea en la misma sala de un grupo de máximo 20 personas en el caso de actividades de baja intensidad o de un grupo de máximo 15 personas en el caso de actividades de alta intensidad (hasta ahora eran de 15 y 10, respectivamente). En todo caso, es obligatorio el uso de mascarilla, tanto para el personal monitor como para quien realice la actividad deportiva. Los vestuarios podrán ocuparse al 50 % en todas las islas. En el caso de la práctica de actividades estáticas en sala, entre las que se incluyen las actividades dirigidas y las salas de musculación, está permitida siempre y cuando no se supere el 50 % del aforo máximo.

Eventos deportivos

En las competiciones deportivas de ámbito autonómico o insular se permite la asistencia de público, con las siguientes condiciones:

  • En instalaciones deportivas cubiertas, un 30 % del aforo máximo hasta un máximo de 200 personas.
  • En instalaciones deportivas descubiertas, un 50 % del aforo máximo hasta un máximo de 500 personas.

En las competiciones deportivas de ámbito estatal o internacional se permite la asistencia de público, con las siguientes condiciones:

  • En instalaciones deportivas cubiertas, un 30 % del aforo máximo hasta un máximo de 500 personas.
  • En instalaciones deportivas descubiertas, un 50 % del aforo máximo hasta un máximo de 1.000 personas.

Práctica deportiva federada y organizada 

Como novedad, en el caso del deporte no federado organizado se permiten los entrenamientos con contacto físico.

En cuanto al deporte federado se mantienen los entrenamientos deportivos de deportes de equipo y de contacto con contacto físico, así como las competiciones autonómicas de ámbito insular e interinsular correspondientes, para deportistas federados a partir de 6 años.

Cines y circos de carpa

Autorizado el consumo de alimentos y bebidas con un aforo que se amplía hasta el 50 %.

Teatros, auditorios, salas de conciertos y espacios similares

Los teatros, auditorios y salas de conciertos podrán desarrollar su actividad, con los asientos preasignados, siempre y cuando no superen 2/3 del aforo máximo autorizado. En otros espacios donde se realicen eventos similares, aumenta el aforo permitida de 500 a 1.000 personas en exteriores y de 200 a 400 en el caso los espacios interiores.

Bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales

El aforo máximo se establece en el 75 % del aforo máximo autorizado; actividades grupales, máximo 30 personas en actividades interiores y 50 personas en actividades exteriores.

Establecimientos de juego y apuestas

Podrán seguir abriendo hasta las 22.00 h, con un 50 % de aforo. Podrán tener actividad de restauración hasta las 18.00 h. En todo caso, será obligatorio garantizar la buena ventilación del establecimiento.

Condiciones para los locales de ocio infantil

La actividad de los locales de ocio infantil se desarrollará respetando el 50 % del aforo máximo autorizado del espacio y grupos de máximo 20 personas en espacios interiores y 50 personas en espacios exteriores.

Comercio, grandes superficies y centros comerciales

Los comercios concluirán su actividad a las 22.00 horas y se amplía el aforo permitido al 100 % en todas las islas. Los centros comerciales y las grandes superficies concluirán también su actividad a las 22.00 horas y podrán abrir con el aforo al 100 %, pero tendrán que garantizar que no se superen los niveles de CO₂ manteniéndolos por debajo de 800 ppm en todo el establecimiento. A tal efecto instalarán aparatos de medición que sean visibles al público.

Congresos, seminarios, reuniones de negocio y similares

Se permite la realización de congresos, seminarios, jornadas, asambleas, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos con 150 personas como máximo en espacios exteriores en todas las islas y 100 personas máximo y 75 % del aforo máximo autorizado del espacio, en el caso de los interiores. Se recomienda realizar estos eventos de forma telemática. En espacios tipo auditorio podrán tener una asistencia máxima de 500 personas y un 50 % del aforo máximo autorizado.

En el caso de los congresos dirigidos exclusivamente a profesionales sanitarios, se permite la realización de este tipo de eventos con una asistencia máxima de 1.000 personas y un 75 % del aforo máximo autorizado d del espacio.

Centros recreativos para personas mayores

Estos centros continuarán limitando su aforo al 50 % del aforo autorizado pero aumenta el número de personas por grupos que podrán realizar su actividad habitual: hasta 50 personas en exterior y 20 en interior (hasta el momento era de 30/15). En el caso de los ubicados en Eivissa y Mallorca, podrán reabrir de nuevo el servicio de restauración en interior hasta las 18.00 h siguiendo la misma normativa que el resto de establecimientos de restauración.

Hoteles, refugios y otros establecimientos turísticos

Los espacios comunes podrán ocuparse al 50 %. Está permitido el uso de habitaciones compartidas, siempre y cuando no se supere ni el 50 % del aforo ni las 6 personas por estancia. Las viviendas turísticas estarán ocupadas por un máximo de 6 personas.  

Mercadillos

Los mercadillos podrán recuperar el 100 % de los puestos habituales o autorizados, independientemente del número de puestos con los que cuenten.

Restauración

Se permite la apertura de espacios interiores en todas las islas, reduciendo al 50 % el aforo máximo en Menorca y Formentera, y en el caso de Eivissa y Mallorca si tienen habilitada terraza exterior se fijará en el 30 %. En todo caso, el máximo permitido será de 150 personas. Las mesas serán de 4 personas como máximo. El cierre será a las 18 h como máximo.

En cuanto a los exteriores, podrá usarse el 100 % del aforo siempre y cuando no se superen los 250 clientes; las mesas podrán ser, como máximo, de 8 personas en Formentera, de 6 personas en el caso de Menorca y de 4 en Eivissa y Mallorca. La hora límite de cierre serán las 23.00 h (a las 23.30 en el caso de Formentera).

El Acuerdo del Consell de Govern está previsto que se publique el sábado en el Boletín Oficial de las Illes Balears y que entre en vigor a las 00.00 h del domingo, salvo las relativas al ámbito deportivo que estarán vigentes desde su publicación.