21 febrero 2023 Consejería de Medio Ambiente y Territorio

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El Parlament valida por unanimidad el Decreto ley que protege la sargantana y establece medidas de bioseguridad para evitar la entrada de ofidios

El conseller Miquel Mir ha defendido que la normativa supondrá una herramienta imprescindible para garantizar el futuro de la biodiversidad autóctona

El Parlament de las Illes Balears ha validado, este martes, lo Decreto ley 1/2023 de medidas extraordinarias y urgentes para la protección de la sargantana pitiusa (Podarcis pityusensis) y la sargantana balear (Podarcis lilfordi) y para la prevención y lucha contra las especies de la familia Colubridae sensu lato.

Esta normativa establece varias medidas de bioseguridad para evitar la entrada accidental de ofidios a través de árboles ornamentales cómo son los olivos, los algarrobos o las encinas. Así, durante los meses en los cuales se produce la puesta de huevos hasta su eclosión, junto con el periodo de hibernación, los árboles de más de 40 centímetros de perímetro de tronco necesitarán de autorización para entrar. Esta autorización servirá para ratificar que se han adoptado las medidas adecuadas de control y bioseguridad, y se tendrá que acreditar la identificación, el origen, la fecha de extracción y la trazabilidad del ejemplar.

La entrada de estos árboles sin restricciones, pues, será entre los periodos del 1 de abril y el 15 de junio y entre el 15 de septiembre y el 15 de octubre. Igualmente, los ejemplares introducidos fuera de este periodo tendrán que hacer cuarentena dentro de un recinto impermeable al paso de ofidios.

Mir ha asegurado que «nos encontramos ante un gran día para la biodiversidad de estas islas». «Llevamos muchos años trabajando para controlar la entrada de ofidios a estas islas, para poner freno, y esta herramienta que tenemos es una pasa imprescindible para hacerlo efectivo», ha añadido.

Hay que recordar que lo Decreto ley también incluye las especies de sargantana pitiusa (Podarcis pityusensi) y la sargantana balear (Podarcis lilfordi) en el Catálogo balear de especies amenazadas y de especial protección, en la clasificación de «vulnerable» para su protección.