PITEIB: Convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo en pérgolas y marquesinas en aparcamientos públicos o privados y puntos de recarga de vehículo eléctrico
Los programas de incentivos subvencionables son los siguientes:
· Programa de incentivos 1: realización de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo eléctrico (con o sin almacenamiento) en pérgolas y marquesinas en aparcamientos públicos o privados, que además incorporen al menos un punto de recarga para vehículo eléctrico.
· Programa de incentivos 2: realización de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo eléctrico (con o sin almacenamiento) en pérgolas y marquesinas en aparcamientos públicos o privados que no incorporen puntos de recarga para vehículo eléctrico.
· Programa 3: instalación de al menos cinco puntos de recarga de vehículo eléctrico en aparcamientos de uso público con una potencia mínima de cada punto de 7,3 kW.
Presentación de solicitudes: El plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del quinto día de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza el 30 de junio de 2023 o hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través del enlace que se adjunta.
Financiación: La actuación dispone de ayudas procedentes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo "NextGenerationEU".
Así mismo, en caso de dudas sobre la tramitación de subvenciones se puede acceder en el enlace siguiente: (ventanilla tramitación subvenciones)
NOTA IMPORTANTE: Las solicitudes sólo se pueden presentar a través del trámite telemático específico que se puede encontrar en el apartado enlaces que figura en esta página. No serán válidas las solicitudes que se presenten a través del Registro Electrónico Común ni a las oficinas de registro.
Para la realización del trámite telemático es necesario disponer de un certificado con firma digital. No son válidos los certificados Cl@ve PIN, ni Cl@ve Permanente. Pueden encontrar las instrucciones para obtener el certificado digital en el apartado documentos de esta página.