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Registro de instalaciones de recàrrega para vehículo eléctrico situados en zonas de acceso público

El objeto de este trámite es registrar las instalaciones de recàrrega para vehículo eléctrico situados en zonas de acceso público.

Se considera que un punto de recàrrega está situado en zonas de acceso público cuando puede acceder de manera no discriminatoria cualquier ciudadano libremente y sin restricciones. Para acceder en su punto de recàrrega puede requerirse, según el caso, un registro, la autenticación o el pago de una tarifa, entre otras medidas.