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Imatge 3935837

Decreto 48/2021 regulador del Registro balear de huella de carbono

 

 

Este decreto tiene por objeto la regulación de las funciones, organización y funcionamiento del Registro balear de huella de carbono creado en la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética, y adscrito a la Consejería competente en materia de cambio Climático del Gobierno de las Islas Baleares.

 

El Registro de Huella de carbono se conforma con el fin de elaborar eficazmente el reparto de los objetivos de reducción de emisiones de CO2 a establecer en los presupuestos de carbono para los sectores, subsectores y ramas de actividad económica afectados y definidos en el anexo I del Decreto.

 

  • Para la inscripción de la huella de carbono se ha habilitado un trámite telemático específico disponible en este enlace. No se admitirá otro tipo de envío de la documentación adecuada para el registro a través de otros medios telemáticos o presenciales.

 

 

  • Dado el retraso en la habilitación del trámite telemático, a pesar de la fecha que aparece en la instrucción (30 de setembre de 2022) se amplia el plazo para la presentación de las inscripciones de huella de carbono en el registro hasta el 30 de noviembre de 2022.

 

  • Se recomienda consultar el apartado de preguntas frecuentes del decreto (FAQs).

 

 

 

 

 

Tenéis a vuestra disposición la 

  • Factores de emisión necesarios para cuantificar las emisiones de gases con efecto de invernadero producidos al territorio de las Islas Baleares en 2020 a efectos de aplicar el Decreto 48/2021, de 13 de diciembre, regulador del Registro balear de huella de carbono