DOCUMENTACIÓN GENERAL A APORTAR

 

a) SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN. (Una única solicitud para todos los proyectos). SOL·LICITUD SUBVENCIÓ INDUSTRIA 2010.pdfSOL·LICITUD SUBVENCIÓ INDUSTRIA 2010.pdf

b) MEMÓRIA EXPLICATIVA DE LAS ACTUACIONES que se llevarán a cabo.(presupuestos, facturas proforma)

- 3 ofertas como mínimo para los proyectos de cuantia superior a 30.000 euros en el caso de ejecución de obras o a 12.000 en el caso de subministro de bienes de equipo o prestación de servicios para una empresa de consultoria o asistencia técnica. RELACIÓ DELS PRESSUPOSTS SOL·LICITATS 2010.pdfRELACIÓ DELS PRESSUPOSTS SOL·LICITATS 2010.pdf

c) TG-002 Impreso de solicitud de transferencia bancária, o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. Sólo en caso que el beneficiario no sea perceptor de la Comunidad Autónoma.TG-002.pdfTG-002.pdf


d) NIF o tarjeta de identificación fiscal del solicitante y NIF de su representante legal, para personas jurídicas.

    NIF para personas físicas.  

 

 

e) DECLARACIÓN DE SUBVENCIONES SUJETAS AL RÉGIMEN DE MÍNIMIS. DECLARACIÓ MÍNIMIS 2010.pdfDECLARACIÓ MÍNIMIS 2010.pdf

 

ADEMÁS LAS AGRUPACIONES DE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS, PUBLICAS O PRIVADAS, SIN PERSONALIDAD han de:

- Han de hacer constar de manera explícita los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación o comunidad de bienes.
- Hacer constar el importe de la subvención que se ha de aplicar a cada uno, ya que tienen la consideració de beneficiaris.
- Nombrar un representante o apoderado único con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que como beneficiaria corresponden a la agrupación o comunidad de bienes.
- Adjuntar una copia de la constitución de la comunidad o agrupación, con la indicación de la participación de cada uno de los participantes. Si no se indica expresamente, se considera que esta es a partes iguales.

  

DOCUMENTACIÓN GENERAL QUE LA ADMINISTRACIÓN OBTENDRÁ DE OFICIO si no se deniega la autorización de forma expresa.

a) Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributária y de la Tesoreria General de la Seguridad Social de encontrarse al corriente de pago.
b) Certificado o nota simple del Registro Mercantil, en el caso de empresas societarias.