DOCUMENTACIÓN GENERAL A APORTAR
a) SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN. (Una única solicitud para todos los proyectos). SOL·LICITUD SUBVENCIÓ INDUSTRIA 2010.pdf
b) MEMÓRIA EXPLICATIVA DE LAS ACTUACIONES que se llevarán a cabo.(presupuestos, facturas proforma)
- 3 ofertas como mínimo para los proyectos de cuantia superior a 30.000 euros en el caso de ejecución de obras o a 12.000 en el caso de subministro de bienes de equipo o prestación de servicios para una empresa de consultoria o asistencia técnica. RELACIÓ DELS PRESSUPOSTS SOL·LICITATS 2010.pdf
c) TG-002 Impreso de solicitud de transferencia bancária, o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. Sólo en caso que el beneficiario no sea perceptor de la Comunidad Autónoma.TG-002.pdf
NIF para personas físicas.
d) NIF o tarjeta de identificación fiscal del solicitante y NIF de su representante legal, para personas jurídicas.
e) DECLARACIÓN DE SUBVENCIONES SUJETAS AL RÉGIMEN DE MÍNIMIS. DECLARACIÓ MÍNIMIS 2010.pdf
ADEMÁS LAS AGRUPACIONES DE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS, PUBLICAS O PRIVADAS, SIN PERSONALIDAD han de:
- Han de hacer constar de manera explícita los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación o comunidad de bienes.
- Hacer constar el importe de la subvención que se ha de aplicar a cada uno, ya que tienen la consideració de beneficiaris.
- Nombrar un representante o apoderado único con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que como beneficiaria corresponden a la agrupación o comunidad de bienes.
- Adjuntar una copia de la constitución de la comunidad o agrupación, con la indicación de la participación de cada uno de los participantes. Si no se indica expresamente, se considera que esta es a partes iguales.
DOCUMENTACIÓN GENERAL QUE LA ADMINISTRACIÓN OBTENDRÁ DE OFICIO si no se deniega la autorización de forma expresa.
a) Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributária y de la Tesoreria General de la Seguridad Social de encontrarse al corriente de pago.
b) Certificado o nota simple del Registro Mercantil, en el caso de empresas societarias.