Introducción

El próximo 1 de enero de 2014 será de aplicación la gestión integrada de plagas , una parte más de las disposiciones que desarrolla el Real Decreto 1311/2012 por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios Real Decreto 1311/2012 por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios BOE-A-2012-11605.pdf

 

En sentido amplio, los profesionales agrarios quedan obligados a controlar las plagas de los vegetales teniendo en cuenta los principios generales de la gestión integrada de plagas ( GIP ). Es decir, para tratar una plaga, se aplicarán prácticas con bajo consumo de productos fitosanitarios, priorizando cuando sea posible los métodos no químicos, con el objetivo reducir riesgos para la salud humana y el medio ambiente .

 

Esto se concreta en que las explotaciones agrarias deben contratar el asesoramiento en GIP menos que:

  •  ya estén reconocidas por algún sistema de producción de calidad certificada (agricultura ecológica , producción integrada o de otros sistemas de producción de calidad certificada ) , o
  • que estén agrupadas en ATRIA o en ADV reconocidas oficialmente , o
  • que estén exentas porque por las propias características de la explotación conlleve una baja utilización de productos fitosanitarios . Seguidamente se muestran algunos ejemplos , pero se puede consultar la relación completa por internet en la web del MAGRAMA o en la siguiente dirección: (haga click aquí)