NOVEDAD: Desde el 2 de enero de 2023, las pequeñas y las microexplotaciones agrarias están exentas de pedir la autorización de quemas de residuos agrícolas por motivos fitosanitarios según la disposición final undécima de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regula el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.

Si habéis hecho una solicitud de quema por razones fitosanitarias y no habéis recibido respuesta por parte de la administración, a partir del 2 de enero de 2023 podéis considerar como autorizada la quema, y podéis quemar restos agrícolas, siempre que la parcela esté a más de 500 metros de terreno forestal, en el caso contrario tendréis que contactar con vuestro Agente del Medio Ambiente, como se hacía usualmente.

Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.