(Artículo 3 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados)
Se define como «Recogida», la operación consistente al reunir residuos, incluida la clasificación y el almacenamiento iniciales, para transportarlos en una instalación de tratamiento.
Se define como «Recogida separada» la recogida en la que el flujo de residuos se mantiene por separado, según su tipo y naturaleza, para facilitar un tratamiento específico.
La recogida es una de las operaciones que forman parte de la gestión de residuos.
(Artículo 48 de la Ley 8/2019, de 21 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears)
La actividad de recojedor de residuos prevista por la Ley 22/2011 y sometida a régimen de comunicación previa se podrá considerar de manera conjunta a la de transportista de residuos con carácter profesional, y se tiene que someter al mismo régimen administrativo.
La actividad de transporte de residuos con instalaciones de almacenamiento asociadas comporta la necesidad de una autorización administrativa como gestor de residuos.
La tramitación de una alta como transportista de residuos con carácter profesional se hace mediante un trámite telemático. Requiere identificarse mediante el sistema Cl@ve.
La comunicación de transportista de residuos con carácter profesional, para ser inscrita en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Islas Baleares, tiene que ir acompañada de la documentación especificada en el anexo 4 de la Ley 8/2019, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears.
La formalización de la comunicación previa al inicio de la actividad se tiene que hacer a través de este enlace:
https://www.caib.es/seucaib/es/200/persones/tramites/tramite/977932/
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA TRANSPORTISTA DE RESIDUOS PELIGROSOS Y NO PELIGROSOS:
Una vez estéis dados de alta como transportistas, estaréis inscritos en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Islas Baleares.
Las modificaciones o bajas de las comunicaciones previas ya presentadas, se tiene que hacer a través del formulario que encontraréis aquí:
https://www.caib.es/seucaib/es/tramites/tramite/3930602/
Enlace directo tases modificaciones. (Las bajas están excluidas del pago de tasas)
El formulario correctamente rellenado y la documentación que lo tiene que acompañar se tiene que dirigir a la Dirección general de Residuos y Educación Ambiental. De forma electrónica se puede presentar al registro electrónico habilitado por la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o a cualquiera otro registro electrónico habilitado por las entidades públicas mencionadas al artículo 2.1 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas físicas lo pueden presentar de forma presencial al registro de la Consejería de Medio ambiente y Territorio o a cualquier otra oficina de asistencia en materia de registros, así como al resto de lugares previstos al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los gestores de residuos, incluyendo a los transportistas, están obligados a constituir una fianza en el caso de residuos peligrosos y cuando así lo exijan las normas que regulan la gestión de residuos específicos o las que regulan operaciones de gestión. Esta fianza tendrá por objeto responder frente a la Administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la comunicación (Artículo 20 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados).
En caso de que su actividad como transportista esté sujete a la constitución de una garantía financiera se le comunicará por carta indicándole el importe de lamisma . En el cálculo de las garantías financieras que corresponda establecer se tiene que tener en cuenta y se tiene que bonificar el hecho de disponer de un sistema comunitario de gestión y auditoría ambiental (EM AS) o de un sistema de gestión medioambiental UNE-EN ISO 14001 vigente, implantado y certificado por parte de la emprendida operadora. Esta previsión también es aplicable a los transportistas de residuos peligrosos. (Artículo 49 de la Ley 8/2019, de 21 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares).
El procedimiento para constituir esta garantía y la documentación necesaria lo encontraréis al en el sitio web del Servicio de Depositaría de la CAIB .
https://www.caib.es/govern/sac/fitxa.do?codi=4690674&coduo=2287&lang=es
En caso de que la actividad esté sometida al depósito de una garantía financiera no se llevará a cabo la inscripción al registro - y, por lo tanto, la comunicación no resultará válida- hasta que no se haya acreditado su depósito ante el órgano de la Tesorería del Gobierno de las Islas Baleares (Artículo 48 de la Ley 8/2019, de 21 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares).
Instrucciones baja transportista