Excedencia voluntaria especial

 

Nombre del procedimiento

Excedencia voluntaria especial.

Objeto

Declarar al personal funcionario de carrera en la situación adminsitrativa de excedencia voluntaria especial cuando corresponda.

Normativa reguladora
  • Artículo 15 del Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas.

  • Artículo 29 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.
Plazo máximo para resolver y notificar

6 meses.

Efectos del silencio

Estimatorio.

Órgano competente para resolver

Director general de Función Pública, por delegación (Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la cual se delegan competencias en materia de gestión de personal. Boib n.º 109 de 5 de agosto de 2023).

Forma de iniciación

A instancia de parte.

Fin de la vía administrativa

Sí.

Requisitos

— Tener la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo en el que se quiere ser declarado en la situación de excedencia voluntaria especial.

— La concesión de la excedencia se encuentra subordinada a las necesidades del servicio debidamente motivadas. Por lo tanto, es necesario contar con el informe favorable de la secretaría general o del órgano equivalente del sector público instrumental.

— No encontrarse sometido a expediente disciplinario o pendiente de cumplimiento de una sanción disciplinaria.

— El plazo mínimo son seis meses y el plazo máximo, tres años.

— Solo se puede disfrutar de una única excedencia de este tipo o de varias que acumulativamente no superen los tres años.

Observaciones

Durante la vigencia de esta excedencia, la persona beneficiaria tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo, al cómputo del tiempo de excedencia a los efectos de trienios y grado personal.

El personal declarado en esta situación no puede prestar servicios en el sector público, ni tampoco en el ámbito de la enseñanza concertada.

La excedencia voluntaria especial se debe disfrutar por el periodo en que haya sido concedida y la persona interesada no puede reingresar al servicio activo antes de que no haya transcurrido el periodo correspondiente.

Tramitación

PDF Solicitud

Lugar para la presentación de la solicitud: en el registro de la consejería a la que pertenece la persona interesada o también en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015.

Departamento competente para la tramitación: Departamento de Personal. Servicio de Gestión de Personal Funcionario.