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4_punt.png Ejercicio previo (exclusivamente para los aspirantes a plazas del Ayuntamiento de Artà)

Calendario: 4 de mayo de 2018. 
Ejercicio: Prueba acreditativa de los conocimientos de lengua catalana del nivel C1 para aquellas personas aspirantes a las plazas convocadas del Ayuntamiento de Artà, que no hayan declarado estar en posesión del certificado o título acreditativo del conocimiento de lengua catalana de este nivel dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Calificación: apto/a o no apto/a.
Carácter:

obligatorio y eliminatorio.

La no superación de esta prueba o la no presentación de la persona aspirante supondrá la exclusión del proceso selectivo para las plazas convocadas del Ayuntamiento de Artà..
Observaciones: Los resultados obtenidos únicamente son válidos dentro del ámbito de esta convocatoria para las plazas convocadas del Ayuntamiento de Artà y no generan ningún derecho con respecto a otros procedimientos selectivos de cualquier tipo ni para la participación en este proceso unificado a cualquier otro ayuntamiento.

4_punt.png Primer Ejercicio. Prueba de conocimientos

Calendario: Mayo de 2018

Primera fase (temario general)
26 de mayo de 2018

Ejercicio:  Responder 1 cuestionario tipo test de 50 preguntas con 4 respuestas alternativas (1 correcta),  designado por sorteo público entre 3 alternativas diferentes, sobre el programa de temas que se señala en el apartado primero, letra A del anexo 3 (consulta aquí los temarios).
Temps: 120 minutos.
Calificación: de 0 a 20 puntos.

Segunda fase (término municipal y ordenanzas municipales)
días 26 (Artà y Capdepera) y 27 (Palma, Calvià y Bunyola) de mayo de 2018

Ejercicio: Ejercicio: Responder 1 cuestionario tipo test de 50 preguntas con 4 respuestas alternativas (1 correcta),  designado por sorteo público entre 3 alternativas diferentes, sobre el programa de temas que se señala en el apartado primero, letra B del anexo 3 (consulta aquí los temarios).
Temps: 120 minutos.
Calificación: de 0 a 20 puntos.
Observaciones: La prueba se realizará de forma independiente para cada Ayuntamiento.
Las personas aspirantes pueden presentarse a uno, a dos, a tres, a cuatro o a todos los ayuntamientos que forman parte del proceso conjunto según la opción de participación expresada en la solicitud.
Calificación final: La valoración de esta prueba tiene que ser el resultado de la suma de ambas fases. La puntuación de cada fase supondrá el 50 % de la puntuación total de la prueba. No se sumarán las dos fases si en una de las dos se obtiene una puntuación inferior a 8 puntos. Para aprobar este ejercicio será necesario obtener 20 puntos como mínimo.
Carácter: obligatorio y eliminatorio.

4_punt.pngSegundo ejercicio. Prueba de aptitud física

Calendario: Día 15 de junio de 2018, en el Polideportivo Municipal Mateu Cañellas de Inca (Carretera Alcúdia, s/n).
Ejercicio:  Superación de las pruebas físicas señaladas en el Anexo 3 del Decreto 28/2015, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales les Illes Balears, de acuerdo con los baremos y los criterios que se señalen. Consulta aquí el Decreto 28/2015 PDF
Calificación:  Las pruebas físicas se tienen que superar globalmente. El resultado global prueba se debe otorgar siempre que la persona aspirante haya superado un mínimo de 4 de las pruebas parciales con una nota mínima de 5 o superior y que, en la otra prueba parcial, la nota sea 3 o superior. La nota media de apto se tiene que otorgar siempre que el resultado sea 5 o superior; si es inferior a 5, tiene que ser de no apto.
Carácter:  obligatorio y eliminatorio.
Observaciones:  1. Para hacer esta prueba, la persona aspirante debe entregar al Tribunal un certificado médico en el que se haga constar que reúne las condiciones físicas necesarias para realizarla. El hecho de no presentar este certificado comporta la exclusión automática de la persona aspirante tanto de la realización de la prueba como del proceso selectivo.
2. Si alguna de las personas aspirantes en la fecha de realización de las pruebas físicas está en situación de incapacidad temporal por enfermedad profesional o accidente laboral, o bien en estado de embarazo, parto o puerperio, riesgo para el embarazo, se tendrá que seguir la regulación específica de las bases de la convocatoria.
3. Las personas que acrediten el certificado en vigor de aptitud física de la EBAP quedan exentas de hacer las pruebas físicas en esta convocatoria. La validez de los certificados es de dos años a contar desde el día de la superación de las pruebas. La superación del curso básico de policía local tiene el mismo efecto que la obtención de este certificado, con una validez de dos años a contar desde la fecha de finalización de este curso básico.
4. En el modelo de solicitud, la persona aspirante indicará si quiere hacer o no la prueba de aptitud física. La EBAP incorporará de oficio el certificado de aptitud física.

4_punt.png Tercer ejercicio. Prueba de aptitud psicológica y de personalidad

Calendario: Día 29 de junio de 2018 en horario de tarde, en la sede de la EBAP de Palma (C/ Gremi de Corredors, 10, 3º, Polígono de Son Rossinyol).
Ejercicio:  Responder una prueba o pruebas de aptitud, personalidad y actitud propuestas por profesionales de la psicología que harán de asesores del Tribunal Calificador
Calificación:  El resultado de esta prueba es en términos de apto o no apto.
Carácter:  obligatorio y eliminatorio.
Observaciones:  1. Esta prueba consiste en la exploración psicotécnica para acreditar niveles de aptitud y también en la exploración de la personalidad y actitudes de los aspirantes con la finalidad de determinar los perfiles generales y específicos que exige el ejercicio del puesto de trabajo policíaco.
2. Están exentas de hacer esta prueba las personas que acrediten que en los últimos tres años han superado una prueba igual en la exigida en este apartado.
3. Las personas aspirantes que quieran quedar exentas tendrán que presentar un certificado de la prueba realizada. El Tribunal Calificador valorará la aceptación del certificado y publicará el listado de las persona exentas. Las personas aspirantes no aceptadas dispondrán de un plazo de tres días hábiles para hacer alegaciones, que serán resueltas por el Tribunal.

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