Paso 11. Inscripción al Registro administrativo de instalaciones de producción eléctrica

Las instalaciones asociadas a la modalidad de suministro con autoconsumo con excedentes no acogidas a compensación, deberán inscribirse en el Registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica.

Para la inscripción al Registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica, se tiene que proceder de la forma siguiente:

  1. Solicitud de los certificados o informes, según el artículo 39 del Real decreto 413/2014, en la empresa distribuidora:
  2. Solicitud a la Dirección General de Energía y Cambio Climático de la puesta en servicio y la inscripción a la sección segunda del Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía eléctrica, ir al trámite.

    Junto con la solicitud se tiene que presentar la documentación siguiente:
    • Copia del contrato técnico de acceso, solo en el caso que sea necessario disponer del permiso de acceso y conexión.
    • Certificado emitido por el encargado de la lectura
    • Informe del gestor de la red, solo en el caso que sea necessario disponer del permiso de acceso y conexión.

Nota: Acceso a la consulta del registro público de autoconsumo del Ministerio pera la Transición Ecológica y  el Reto Democrático en el siguiente enlace: RADNE